La Dirección General de Tributación inició en julio anterior un plan para controlar si los contribuyentes que ya deben entregar factura electrónica lo están haciendo.
La entidad recordó que la sanción por incumplimiento equivale a un monto mínimo de ¢1.293.000 y un máximo de ¢ 43.100.000
El plan contempla el envío de 60.000 mensajes al buzón electrónico de contribuyentes que deben emitir y entregar factura electrónica como comprobante de pago al momento de brindar un servicio.
Paralelamente, funcionarios de las administraciones tributarias, debidamente identificados, visitarán el lugar donde se ejerce la actividad económica, con el fin de corroborar si están al día.
Tributación advirtió que de incumplir con el suministro de información, generación y entrega de los archivos XML, los contribuyentes serán sancionadas según el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, donde se establecen los montos indicados.
Carlos Vargas, director general de Tributación, dijo que iniciaron con 3.145 profesionales que registraron impuesto cero, aun cuando declararon ingresos brutos mayores o iguales a ¢5 millones durante el periodo fiscal del 2017.
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Luego se continuará con 20.000 contribuyentes que declararon impuesto en el año 2017, pero a inicios de junio no registraban el envío de algún archivo XML o registro de comprobantes electrónicos.
La obligatoriedad en el uso del sistema de emisión de comprobantes electrónicos fue implementada a partir del 15 de enero del año en curso para los sectores de salud, financiero, contable, administrativo, legal, ingenierías, arquitectura, informática y meteorólogos.
También deben estar emitiendo facturas electrónicas los químicos, geólogos, geógrafos, biólogos, profesores por cuenta propia, profesionales en tecnología de alimentos, servicios de publicidad, servicios de bibliotecología y profesionales de salud ocupacional.
Los contribuyentes de educación especial, servicios en consultoría de mantenimiento industrial y mecánico, asesoramiento técnico en construcciones y obras de ingeniería civil también deben estar emitiendo facturas electrónicas.
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Las actividades restantes se incorporarán próximamente.
En setiembre le corresponderá a los contribuyentes cuya cédula física o jurídica termine en 1, 2 o 3.
En octubre le corresponderá a los contribuyentes cuya cédula física o jurídica termine en 4, 5 y 6.
Y en noviembre le corresponderá a los contribuyentes cuya cédula física o jurídica termine en 7, 8, 9 y 0.