El Ministerio de Hacienda informó a todos los usuarios de su servicio gratuido de facturas electrónicas adoptar medidas de contingencia para este 29 y 30 de junio.
El Ministerio indicó que ambos días el sistema ATV no estará disponible, con el fin de poner a disposición los nuevos formularios que deberán utilizarse a partir del 1° de julio, con la entrada en vigencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de las modificaciones al impuesto sobre la renta.
Los contribuyentes deberán aplicar el método de contingencia emitiendo las facturas preimpresas, indicando en la parte superior: “Comprobante Provisional”.
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En la parte inferior también deberá indicarse: “Este comprobante no puede ser utilizado para fines tributarios, por cuanto no se permitirá su uso para respaldo de créditos o gastos”.
Lo anterior por cuanto este tipo de comprobante no constituye un respaldo contable para créditos fiscales ni para gastos deducibles debido a que no sustituyen los comprobantes electrónicos.
Hacienda indicó que una vez que el servicio del sistema ATV haya sido reestablecido, las facturas emitidas durante la contingencia deberán incluirse en la herramienta de facturación.
El Ministerio también informó que debido a que las modificaciones dentro del sistema aduanero TICA, requeridas por la Ley 9635, ya fueron incorporadas, la operación del sistema se mantendrá con normalidad durante este fin de semana
Versión 4.2
Hacienda reiteró a los contribuyentes la obligación de realizar las facturas electrónicas en la versión 4.3 a partir de este 01 de julio.
Asimismo, que durante tres meses mantendrá habilitada la versión 4.2, solo para las empresas autorizadas por la Administración Tributaria.
Esta prórroga responde a una solicitud planteada por algunos contribuyentes, quienes por razones debidamente justificadas, requieren de un mayor plazo para realizar los ajustes necesarios, para el uso de nueva versión en sus sistemas de facturación.
La puesta en marcha de esta nueva versión se realizará el 28 de junio, entre 10 p.m. y 12:00 pm., con una interrupción del servicio de 45 minutos.
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La versión 4.3 incorpora, dentro de las principales modificaciones, dos nuevos tipos de comprobantes.
Uno para exportación, que debe ser utilizado tanto para la exportación de mercancías como de servicios.
Y una factura de compra para aquellos contribuyentes que realizan compras de bienes o servicios tanto a contribuyentes excluidos del uso de comprobantes electrónicos, como a los incluidos en el Régimen de Tributación Simplificada.
Estos comprobantes deben ser emitidos por el receptor electrónico (comprador).
Además, se incluyen otros requisitos establecidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas vinculados con el IVA como las obligaciones para el régimen de bienes usados, tarifas diferenciadas y devolución del IVA para servicios médicos, cuando el pago se realice por medio de tarjeta.
Hacienda también informó que dispuso una sección en su página web con información técnica de interés para la atención de desarrolladores de software de factura electrónica, como estructuras XML y anexos.
También se incluyen tarifas escalonadas de renta, cálculo con impuestos y exoneraciones y flujo de integración a la plataforma de validador de comprobantes electrónicos.
Esta sección se encuentra disponible en www.hacienda.go.cr, apartado “Factura Electrónica”, sobre el banner de avisos.