La Superintendencia de Telecomunicacones (Sutel) reiteró que está en la obligación de fijar tarifas mientras no se haya determinado la existencia de condiciones para la competencia efectiva en los mercados.
Mientras los operadores creen que ya es hora de que se la Sutel declare 'competencia efectiva', la Sutel quiere seguir el proceso para establecer una tarifa de cobro por transferencia de datos o cobro por descarga.
Ese fue el argumento que la entidad reguladora expuso ante los cuestionamientos sobre la pertinencia de la audiencia que estaba convocada para el pasado 28 de octubre y que fue suspendido por la Sala Constitucional ante un recurso de la firma Claro, que alegaba no se le entregó la información requerida.
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Sutel dijo que el pasado viernes 30 de octubre del año en curso presentó a la Sala Constitucional el informe que da respuesta al recurso de amparo de Claro.
"Se le indicó a la Sala Constitucional, que la información contenida en el expediente cuenta con los factores necesarios y suficientes para la definición de la propuesta", indicó la Superintendencia en una respuesta a EF. "A criterio de la Sutel, las alegaciones presentadas por la empresa Claro, en la vía del amparo, son opiniones técnicas que bien pueden ser expuestas en la audiencia pública".
El regulador insistió que su motivación en la fijación de cobro por transferencia de datos (tanto en prepago como en postpago) responde a la continuación del proceso de fijación tarifaria que fue suspendido por la Sala en el año 2014.
Agregó, que también tiene como propósito solventar la "necesidad del mercado de tener las herramientas suficientes para ofrecer mejores ofertas y paquetes" y de suministrar a los usuarios una mayor gama de opciones de acuerdo a sus necesidades de consumo.
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Fijación de tarifas
Los operadores, por su parte, han insistido que la Sutel ya no puede actualizar ni definir nuevas tarifas, pues ya lo hizo en 2009, lo volvió a hacer en el 2012 (cuando estableció el cobro por descarga de datos en prepago) y que lo que debe hacer ahora (según el artículo 50 de la Ley General de Telecomunicaciones) es realizar la declaración de competencia en los mercados.
Al respecto Sutel considera que "esa es una interpretación que los operadores hacen del texto del artículo 50, pero no es lo que su literalidad señala".
"Más bien, la Ley obliga a la Sutel a fijar tarifas hasta tanto no se determine la existencia de condiciones para la competencia efectiva en los mercados, temas en los cuales estamos trabajando", reiteró la Superintendencia.
La entidad también recalcó que están en el proceso de determinar la existencia de esas condiciones.
La semana anterior también se reveló que el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda acogió un recurso presentado por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para que la Sutel determine los operadores y proveedores "importantes" en su estudio sobre si hay condiciones de competencia en el mercado.
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Al respecto la Sutel afirmó que no ha sido notificada aún por ese Tribunal y que no podría referirse "al alcance de lo ordenado y, por ende, a posibles acciones a tomar".