El Registro Nacional suspendió la emisión de certificaciones de personería jurídica pues es imposible hacer validaciones en línea con los sistemas del Ministerio de Hacienda
La entidad explicó, ante una consulta de EF, que desde el punto de vista informático, a partir de los requerimientos de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas (N° 9428), se debe hacer una validación en línea. En este momento, tal validación no es posible porque Hacienda no tiene la información disponible.
“Al respecto la ley no considera mecanismos alternos; es decir, se debe consultar la fuente oficial. El Registro Nacional no puede contar con backups o respaldos de información para estos efectos porque no le corresponde, la información la debe suministrar el Ministerio de Hacienda según la Ley 9428″, respondió el Registro Nacional a través de su Departamento de Proyección Institutional.
La entidad reiteró que no es posible activar ninguna medida. “Dependemos de que Hacienda restablezca los sistemas para efectuar la validación contemplada en la ley”, reiteró la entidad. “Estamos al pendiente de que el Ministerio de Hacienda habilite nuevamente las consultas en línea, como corresponde según la Ley”.
La ley 9.428 establece que Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir ningún documento a favor de los contribuyentes de este impuesto que no se encuentren al día en su pago.
Lo mismo pasa con los notarios públicos que emitan certificaciones de personería jurídica y certificaciones literales de sociedad a los contribuyentes que no se encuentren al día con el pago de este impuesto deberán consignar su condición en el documento respectivo.
La misma ley establece que los funcionarios encargados de la inscripción de documentos estarán en la obligación de consultar la base de datos que levantará al efecto la Dirección General de Tributación, debiendo cancelar la presentación a los documentos de los morosos.
La Ley también indica que los contribuyentes de este impuesto que se encuentren morosos no podrán contratar con el Estado o cualquier institución pública.
De hecho, la citada ley, obliga a la Dirección General de Tributación a crear la base de datos para que pueda ser consultada por medios electrónicos para que el público pueda verificar si los contribuyentes se encuentran al día o en estado moroso con el pago de este impuesto.
El Ministerio de Hacienda reportó la mañana de este 18 de abril la caída de las plataformas Administración Tributaria Virtual (ATV) y TICA (Tecnología de Información para el Control Aduanero) se encuentran fuera de servicio.
Pero desde un día antes el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) habia informado a Hacienda de una publicación sobre un ransomware en el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) identificada es la de Conti, que utiliza la modalidad de extorsión con sus víctimas. Hacienda respondió a Micitt que no encuentra evidencias de que se haya extraído información sensible de las personas o de la institución.