Desde hace año y medio las empresas que utilizan drones con fines comerciales tienen que contar con la autorización de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), no obstante, a la fecha solo siete tienen luz verde para hacerlo.
Otras 11 compañías están en medio de los trámites y esperan que en los próximos meses también estén debidamente inscritas.
La cifra eventualmente ascendería a 18, pero ¿son muchas o pocas para el mercado costarricense?
La respuesta es que no se sabe a ciencia cierta, pues ni en la DGAC ni el Ministerio de Hacienda saben cuántas empresas utilizan drones con fines comerciales en el país, pues esta actividad económica aún no está tipificada como tal en los registros de las autoridades.
Lo cierto es que existen compañías que hoy usan estos vehículos aéreos para hacer negocios y no cuentan con la autorización de la ley.
“No contamos con el recurso humano para poder estar vigilando en todo el país las operaciones no certificadas que se puedan dar, sin embargo la ley es muy clara y establece multas que van conforme a la gravedad de la infracción”, dijo Guillermo Hoppe, director general de Aviación Civil.
Los infractores se exponen a sanciones que van desde los ¢426.200 hasta los ¢8,5 millones (de uno a 20 salarios base), según lo dispone la Ley General de Aviación Civil.
En la DGAC consideran que las principales trabas para que las empresas se acerquen a hacer su registro es el costo de $1.874 que tienen que cancelar, así como el proceso de capacitación de pilotos y los manuales que tienen que presentar de su operación aérea.
LEA MÁS: ‘Startup’ se aventura a ensamblar y diseñar drones en Costa Rica
Lento despegue
El reglamento de la DGAC que delimita las restricciones para volar drones dentro de Costa Rica entró en vigencia el 13 de agosto del 2017.
Las principales críticas de esta regulación es su elevado precio y el tiempo que tarda el proceso.
El trámite de solicitud del permiso cuesta $1.874, además del monto que cobre la escuela de capacitación por el curso de operación de drones. Todo el proceso puede tardar seis meses.
“En Costa Rica es más fácil sacar un permiso de armas que uno de drones”, afirmó Roberto Gallardo, presidente de la Asociación Costarricense de Operadores de Drones (Acodron), a EF en 2016, cuando se anunció las disposiciones de la DGAC en esta materia.
De hecho el costo de obtener el permiso de armas (sumando la firma digital, el examen sicológico, las pruebas teórico-prácticas, timbres y correo) ronda los ¢110.000.
Acodron ha manifestado en reiteradas ocasiones que están a favor de una regulación pero con costos y medidas razonables, de caso contrario, las personas no cumplirán con los requisitos y harán caso omiso de la regulación.
Incluso la misma DGAC reconoce que no cuenta con los recursos para supervisar todos los vuelos con drones que se efectúan en el país.
Las acciones de vigilancia que están en las manos de esta dirección son asistir a eventos masivos en donde se utilizan drones para grabar y tomar fotografías y solicitarle a la empresa que bajen los vehículos porque no cuentan con el registro necesario.
Así sucedió en la pasada edición del Festival de la Luz que se llevó a cabo en San José, en donde tuvieron que suspender las tomas aéreas que se hacían con drones por la falta de permisos.
“Queremos motivar a las empresas que están operando para que se pongan en regla, hay que estimular la competencia leal. (...) Nosotros les ofrecemos las herramientas”, acotó Hoppe.
Los autorizados
La normativa establece pautas para la operación de ese tipo de aeronaves con fines recreativos, institucionales y comerciales, así como sanciones para quienes incumplan con ellas.
Todas las personas o empresas que quieran utilizar los drones con fin comercial tienen que registrarse ante la DGAC.
Las aeronaves que pesen más de 25 kilogramos deben contar con aeronavegabilidad (certificado para operar) y se les asignará una matrícula TI (Tango India, identificador de Costa Rica).
El hecho de contar con licencia de piloto de dron, no le faculta para utilizar la aeronave con fines comerciales; para eso debe contar, además, con el Certificado de Operación y Explotación.
Actualmente, las siete empresas registradas son Aensa, Sistmap, Aerocalidad Drones, PBX Virtual, Lanamme, Intopo y CPEA flight school.
De estas compañías, cinco están habilitadas para efectuar fotografía aérea, el levantamiento de planos y observación y las otras dos para brindar el curso teórico y práctico para pilotos de drones.
Además, existe tan solo una persona física registrada, que es Carlos Mateus y quien está autorizado para efectuar fotografía aérea.
Mientras que quienes vayan a usar el equipo con fines recreativos no deben registrarse, pero sí es obligatorio que acaten las reglas básica para volar.
“El mayor reto lo tenemos con las empresas que se dedican a la fotografía”, afirmó Hoppe.
En la DGCA tienen como meta tener mayor control sobre la regulación de los vuelos con drones en el 2020-2021, pues afirman que invertirán en mayor capacitación y tecnología.
Mientras esto sucede, el potencial de hacer negocios con drones crece.
En el 2019, la inversión total en drones a nivel mundial será de unos $12.300 millones, según datos de la consultora IDC.
Esto representa un aumento del 30,6% con respecto al 2018, e incluso esta inversión supera a la que habrá en otras industrias tecnológicas como la robótica.
El equipo principal que trabaja en el área de drones está compuesto solamente por cuatro personas.
“En Costa Rica siete empresas ya certificadas en un periodo de dos años no signifique mucho, más las otras 11 que vienen en camino, pero el esfuerzo se ha dado con un equipo reducido y en medio de un desarrollo mundial de esta tecnología nueva, vemos que estamos siendo pioneros en la regulación y certificación”, añadió el director.
El punto de conflicto entre la DGCA y las compañías es el de la tarifa, puesto que el costo del registro incluso supera el de algunas aeronaves no tripuladas.
Como parte de las iniciativas para que se acerquen más compañías está el que las personas físicas o jurídicas que estén inscritas como pymes o emprendedores ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) pueden solicitar que se les den tres años para pagar el costo de la certificación.
Lo que se pretende garantizar con el registro es que la actividad mantenga una seguridad operacional parecida a la aviación civil convencional en la realización de los trabajos aéreos comerciales o recreativos.
Requisitos para pilotos de drones |
---|
Para operar un dron para fines privados o comerciales, se requiere de una licencia expedida por la DGAC. |
Edad mínima de 18 años y bachillerato en secundaria. |
Certificado médico extendido por alguno de los médicos designados por la DGAC. Renovarlo cada 60 meses, que se reduce a 24 meses una vez que el solicitante cumpla 40 años. |
Contar con el curso teórico y práctico para operación de dron, impartido por el fabricante, un operador autorizado o un centro de instrucción aeronáutica. |
Tener al menos 10 horas de experiencia en la operación de drones. |
Se podrán convalidar los cursos y la licencia de otros países, siendo requisito obligatorio el examen teórico. |
Cancelar el costo y aprobar los exámenes teórico-prácticos. |
Para iniciar el proceso técnico para optar por el certificado de explotación y el operativo, se debe efectuar el pago correspondiente de $1.874. |
Los instructores prácticos deben contar con el certificado de idoneidad o licencia de piloto para dron y realizar el examen de fundamentos de instrucción (FOI) en la DGAC. |
Fuente: Dirección General de Aviación Civil. |
Requisitos para operaciones comerciales |
---|
Para las operaciones comerciales es requisito ineludible el certificado de explotación y el certificado operativo. Contar con un gerente responsable de la empresa o jefe técnico que cuente con su respectiva licencia para dron. |
Datos del operador o propietario y de los pilotos. |
Características técnicas de las aeronaves. |
Tipo de trabajos a desarrollar y características de la operación. |
Condiciones o limitaciones que aplicará para garantizar la seguridad. |
Declaración jurada. |
Fuente: Dirección General de Aviación Civil. |
Para uso recreacional | Lo que no se puede hacer |
---|---|
Para volar recreacionalmente un dron, no requiere aprobación de la DGAC, pero sí debe seguir la guía de seguridad. | No puede volar el dron cerca de aeronaves tripuladas. |
Puede volar el dron en un club o asociación de aeromodelismo. | No puede volar el dron fuera del alcance visual del operador. |
Puede tomar lecciones o cursos de seguridad operacional de vuelo. | No puede volar el dron si su peso es mayor a 25 kilogramos ni a más de 120 metros de altura. |
Puede usar el dron de aeromodelismo para disfrute personal y solo se permiten vuelos de día, en condiciones meteorológicas visuales y en zonas fuera de aglomeraciones. | No puede volar el dron donde afecte la privacidad de las personas ni dentro de un radio de ocho kilómetros alrededor de un aeródromo, centros penitenciarios y Casa Presidencial, entre otros. |