El Ministerio de Hacienda reportó la mañana de este 18 de abril la caída de las plataformas Administración Tributaria Virtual (ATV) y TICA (Tecnología de Información para el Control Aduanero) se encuentran fuera de servicio.
“Nuestros equipos técnicos trabajan para su restablecimiento en el menor tiempo posible”, indicó el Ministerio. “Inmediatamente se solvente la situación, se comunicará por este mismo medio”.
Hacienda indicó que en este momento se están revisando todas las líneas técnicas para resolver la situación, pero no confirmó si se trata de una hackeo con un sistema de ransomware, que usualmente inhabilita los programas y puede ser usado para secuestro de datos y extorsión, como se ha divulgado en redes sociales.
El Ministerio indicó que el último día para presentar y pagar los impuestos —programado precisamente para este 18 de abril— se prorrogará al día hábil siguiente, contado a partir del restablecimiento de los servicios.
Asimismo, el Servicio Nacional de Aduanas aplicará el plan de contingencia para esta actividad, según los procedimientos establecidos. Las demás operaciones en el sistema se restablecerán una vez resuelta la situación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), que incluye una división de gobierno digital y de seguridad informática en el Estado, tampoco se han referido a la situación.
“Lo que entendemos es que algunas plataformas de Hacienda no está operando producto de un acceso ilegitimo”, respondió Mario Hidalgo, socio de impuestos y legal de Grant Thornton.
Afectación
Con el sistema ATV sin operación los contribuyentes tienen dos inconvenientes en la actualidad:
—Los que utilizan el facturador gratuito del Ministerio de Hacienda no pueden hacer facturas electrónicas, ya que al sistema de facturación se ingresa por el ATV.
—No se pueden presentar declaraciones del IVA o las declaraciones de Renta sobre bienes de capital, ni ninguna otra, por lo cual el Ministerio de Hacienda cambió la fecha para el día siguiente a partir del restablecimiento de los servicios.
“En nuestro caso, los clientes sí pueden hacer facturas”, afirmó Alvaro Retana, gerente general de GTI, que ofrece servicio de factura electrónica. “El sistema del Ministerio de Hacienda para recibir facturas electrónicas por medio de empresas de facturación si está operando con normalidad, por lo cual todos nuestros clientes están facturando sin problemas y Hacienda recibe sin ningún problema todas las facturas emitidas en el sistema de GTI”.
Retana afirmó que tras varias pruebas comprobaron que en el caso de aquellos contribuyentes que presentaron sus declaraciones hace algunos días, y tenían la esperanza de realizar el pago de impuestos este 18 de abril por medio de los sistemas y plataformas de algunos bancos, enfrentaron problemas debido a que la conectividad entre Hacienda y las entidades bancarias, no funciona.
Agregó que la única información que se tiene de Hacienda son las publicaciones que el mismo Ministerio realizó por medio de las redes sociales. Además, recomendó a los clientes tener tranquilidad, en especial en este momento donde se desconoce la magnitud del problema. “Puede ser algo que se logre resolver en pocas horas o algo grave que tome varios días. Debemos esperar el reporte de parte del Ministerio”, dijo Retana.
La firma Cyberfuel respondió por aparte que a nivel de los servicios de facturación electrónica no se ha visto afectación directa en los servicios de Factura Profesional o Comprobantes Electronicos, pues desde las primeras afectaciones con Hacienda se tomaron algunas medidas.
“Sin embargo, sí notamos que existe una intermitencia en la presentación de documentos, generando que algunos documentos se presenten y otros que nuestro sistema tenga que realizar de forma automática el reintento”, afirmó Carlos Moreno, gerente de Cyberfuel.
Hidalgo, de Grant Thornton, indicó que los contribuyentes que no puedan actuar oportunamente tendrán plazos adicionales para cumplir y que por la incuria de la Administración no se les podrá sancionar, ni cobrar multas o intereses.
El Registro Naional, por su parte, informó en redes sociales la suspensión de la emisión de certificaciones de pesonería jurídica —necesarias para diferente trámites, solicitudes de crédito, negociaciones de empresas y participación en licitaciones o contratos públicos, entre otros— debido a la interrupción del servicio en línea de Hacienda referente a la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas (N° 9428).
Declaraciones pendientes |
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Declaraciones de impuestos que se debía presentar este 18 de abril: |
VENCIMIENTO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DECLARACIONES INFORMATIVAS |
Vencimiento Mensual dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente |
D-169 Declaración informativa de percepciones del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) en compras de servicios internacionales por medio de internet o cualquier otra plataforma digital. |
VENCIMIENTO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y PAGO DE TRIBUTOS DECLARACIONES AUTOLIQUIDATIVAS |
Vencimiento mensual pagadero dentro de los primeros 15 DÍAS NATURALES de cada mes. |
D-103 (versiones 1 y 2) Declaración Jurada de Retención en la Fuente. |
D-104-2 Impuesto al Valor Agregado-Sistema Tradicional. |
D-106 Impuesto Selectivo de Consumo. |
D-107 Impuesto a los Casinos y Salas de juego. |
D-114 Impuesto Único a los Combustibles. |
D-117 Impuesto Específico a las Bebidas Alcohólicas. |
D-125 Impuesto de Rentas de Capital Inmobiliario. |
D-149 Impuesto Rentas de Capital Mobiliario. |
D-162 Impuesto Ganancias y Pérdidas de Capital. |
D-171 Impuesto Específico a las Bebidas Envasadas sin Contenido Alcohólico y Jabones de Tocador. |
D-186 Impuesto sobre los Productos del Tabaco. |
D-187 Declaración Contribución Parafiscal Cruz Roja Costarricense. |
D-188 Declaración jurada de cobro de IVA de Proveedores e Intermediarios de servicios transfronterizos mediante internet y otras plataformas digitales. |
D-189 Declaración de Impuesto del cinco por ciento (5%) sobre la venta y el autoconsumo de cemento. |
D-710-1 Impuesto a los vapeadores y accesorios. |
VENCIMIENTO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y PAGO DE TRIBUTOS DECLARACIONES AUTOLIQUIDATIVAS |
Vencimiento Trimestral pagadero dentro de los primeros 15 días naturales después de concluido el trimestre |
D-105 Régimen de Tributación Simplificada. |
Fuente: Ministerio de Hacienda |
NOTA DE REDACTOR: Información actualizada a las 3:45 p.m.