En mayo terminó el primer cronograma del Ministerio de Hacienda de obligatoriedad para usar la factura electrónica, pero no todos están cumpliendo y se exponen a sanciones.
Según Hacienda en estos primeros cinco meses del 2018 unos 75.000 contribuyentes debían empezar a usar los comprobantes electrónicos de ventas de bienes y servicios.
De ellos 62.000 contribuyentes están emitiendo facturas y 13.000 (un 17%) no lo hicieron.
De los 428 grandes contribuyentes 41 ya usan la factura electrónica. En diciembre pasado eran apenas 32. La totalidad se incorporará entre setiembre y noviembre del presente año.
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Inicia proceso a "incumplidores"
Hacienda insistió que los 13.000 contribuyentes indicados deberían estar cumpliendo la gestión de registro en la Administración Tributaria Virtual (ATV), en el sitio web del Ministerior, para empezar a usar la factura electrónica.
Si no tienen actividad económica alguna deberían proceder a realizar la respectiva gestión ante la Dirección General de Tributación para desactivarse.
No les quedará otra, pues en este mes de junio Tributación empezará a realizar procesos de control sobre los “incumplidores”.
El no cumplir con la obligación de utilizar factura electrónica y remitir los archivos XML a la Administración Tributaria, implica una posible sanción, la cual regulada en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
En ese Código, en el artículo 85, se establece que la sanción es de dos salarios base.
En una eventual reincidencia se aplicaría, de acuerdo al artículo 86, una sanción que conlleva el cierre del negocio.
Además, la persona se podrá hacer acreedora de la sanción del 2% de los ingresos brutos no declarados, hasta un máximo de 100 salarios base (¢43,1 millones) por el incumplimiento en el suministro de la información, según lo establece el artículo 83.
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Segundo cronograma
Desde enero a mayo el Ministerio y la Dirección General de Tributación aplicaron un primer calendario de obligatoriedad para contribuyentes de los sectores de salud, contable y administrativo, de ingeniería y de comunicación, entre otros.
En el segundo semestre, en los meses de setiembre, octubre y noviembre, deberán incorporarse todos los demás contribuyentes, excepto los que están en el Régimen de Tributación Simplificada.
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Aquí se incluyen bares, comerciantes minoristas, estudios fotográficos, floristerías, panaderías, restaurantes, sodas, cafés, pescadores artesanales y transporte terrestre remunerado de personas.
Recuerde que Usted puede incorporarse antes de la fecha exigida por Hacienda o utilizar facturas electrónicas aunque no esté obligado, para efectos de generar ahorros en costos operativos, simplificar su contabilidad y evitar el desperdicio de papel.