Para la próxima declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuya fecha límite de presentación es el 15 de julio próximo, deberá tomar en cuenta varios cambios, derivados tanto de las medidas de emergencia ante el COVID-19 como de la legislación tributaria.
“Los contribuyentes debemos aplicar cambios en las tarifas del IVA que pueden complicarnos las declaraciones, por lo que recomendamos muchísimo cuidado”, comentó Raymundo Volio, director de Actualidad Tributaria.
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Cambios
Marzo, abril y mayo se establecieron como los meses incluidos en la Ley de Alivio Fiscal, en los cuales la responsabilidad de declarar el IVA se mantenía pero el pago se podría diferir para diciembre 2020.
La medida tenía como fin garantizar algo de liquidez en las empresas o profesionales afectados por el COVID-19.
Volio advirtió que para la declaración de junio, que es la que se debe presentar ahora, ya no se puede diferir el pago a diciembre, pues no se extendió el plazo otorgado por la ley de Alivio Fiscal.
Los arrendamientos comerciales, también incluidos en el paquete de alivio fiscal, mantienen una exención en el IVA para el mes de junio, por lo que aún no se debe incluir este monto en la factura.
Para el mes de julio regresaría la facturación normal, ya que termina la exención declarada por la emergencia.
IVA en julio
Según la Reforma Fiscal, varias son las tarifas que aumentarán: canasta básica tributaria, servicios turísticos y servicios relacionados con ingenieros, arquitectos y topógrafos.
Cada rubro tiene tarifas diferenciadas del 1% o 4% según la categoría.
A partir del primer día de julio, los comerciantes deberán hacer ajustes en sus programas de facturación para reflejar los aumentos en las tarifas de IVA correspondientes.
“Cobros incorrectos llevan a sanciones por parte de la administración y esto no es un detalle menor”, recordó Volio.
El experto recomendó buscar la asesoría correcta, particularmente si no tienen claro cuáles son los cambios que deben aplicar a su quehacer empresarial o profesional.