El Ministerio de Hacienda recordó que el próximo lunes 02 de diciembre es el último día para presentar, sin sanciones, la declaración anual informativa D-151, denominada Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos.
En esta declaración las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas deben incluir información de carácter tributario que resulte de sus actividades de carácter económico, financiero y profesional con otras personas.
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La obligación aún persiste para quienes tributen en rentas de capital, debido a que la resolución que así lo establece no ha sido modificada, recordó el Ministerio.
Para confeccionar esta declaración el contribuyente debe descargar la última versión de la herramienta electrónica DECLAR@7, disponible en la página www.hacienda.go.cr, apartado Servicios más utilizados.
Para presentarla debe hacerse mediante la herramienta Declar@ Web, que se encuentra en este mismo sitio.
La persona que así lo requiera, puede utilizar los quioscos de auto-servicio que se encuentran ubicados en las administraciones tributarias territoriales de todo el país o bien hacer uso de los Centros Comunitarios Inteligentes (CECI) o los Núcleos de Asistencia Fiscal (NAF).
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En la D-151 se deben reportar las compras o ventas de bienes y servicios efectuados a una misma persona (física o jurídica) durante el período fiscal 2019 (1 de octubre 2018 al 30 de setiembre de 2019) por un monto superior a ¢2,5 millones.
La venta o compra de los servicios específicos como alquileres, comisiones, servicios profesionales e intereses deberán declararlas tanto quien brinde como quien recibe el servicio, cuando los montos recibidos o pagados por una misma persona sean iguales o superiores a los ¢50.000.
Quien incumpla con lo establecido en la normativa, se hará acreedor de una sanción mínima de ¢1.338.600 y máxima de ¢44.620.000