Los 15 de cada mes son la fecha límite para la presentación de las declaraciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, por lo que es imprescindible que la incluya en su agenda.
También es necesario que tenga presente cuáles son las declaraciones que debe entregar a través del sistema de la Administración Tributaria Virtual (ATV).
La firma Gestión en Tecnología e Información (GTI) recordó que los pequeños productores inscritos en el registro del Ministerio de Agricultura y ante la Dirección General de Tributación presentan por primera vez sus declaraciones tributarias.
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En este caso lo hacen de acuerdo al Régimen Especial Agropecuario (REA), correspondiente a los primeros cuatro meses del 2020.
Aunque la Ley de Alivio fiscal ante el coronavirus incluye la posibilidad de la moratoria del pago, se debe recordar que en julio vence el plazo de la amnistía tributaria.
Además, en diciembre a más tardar deben cancelar lo correspondiente al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los meses de abril, mayo y junio del presente año, de acuerdo a esa misma amnistía tributaria.
Declaraciones
Las declaraciones que debe presentar son:
Declaración del IVA D-104-2
Esta declaración tiene como objetivo presentar al Ministerio de Hacienda el monto recaudado del IVA en un periodo de un mes completo.
Para la presentación de esta declaración los contribuyentes tienen hasta el día 15 (natural) de cada mes.
Esto incluye a todos los sectores tales como grandes, micro, pequeños y medianos empresarios, así como trabajadores independientes.
D-104 Declaración Régimen Especial para el sector Agropecuario (REA)
Esta declaración tiene como objetivo presentar al Ministerio de Hacienda el monto recaudado del IVA en un periodo de cuatro meses completos.
Para la presentación de esta declaración solo la deben realizar los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Régimen Especial Agropecuario.
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D-125 Impuesto de Renta de Capital Inmobiliario
Esta declaración las debe presentar los contribuyentes que reciban ingresos por las siguientes actividades: casas, terrenos y edificios.
D-149 Impuesto de Capital Mobiliario
Los contribuyentes que deben presentar esta declaración, son aquellos que alquilan: carro, moto, maquinaria pesada, etc.
Multas
Estas declaraciones deben ser presentadas por unos 400.000 contribuyentes y que debe presentarse aunque no se hayan obtenido ventas ni ganancias.
GTI recordó que la no presentación de las declaraciones y la no emisión de la factura electrónica acarrean multas para los contribuyentes que incumplan.
También se debe recordar que el 31 de marzo se debió cumplir el pago adelantado de renta, que fue incluido en la Ley de Alivio Fiscal.
En este caso, si no lo canceló, no paga multa pero sí debe cancelar intereses sobre el monto. En diciembre se presenta la segunda declaración y se realiza el pgo respectivo de este impuesto.