Usted probablemente no piensa en ella y es la menor de sus preocupaciones. Lo que le interesa en este momento es hacer crecer a su empresa, así como consolidarse o fortalecerse como emprendedor.
Pero, la muerte, de una u otra manera, nos llegará a todos. ¿Ha analizado cómo se distribuirían sus bienes personales y aquellos asociados a su negocio?
Si pudiera escoger: ¿a quiénes les dejaría sus posesiones?
"La distribución testamentaria no es algo que solo los adultos mayores deban considerar, es un tema que debe considerarse por todas las personas que tengan un patrimonio que proteger", subrayó la abogada Melania Dittel, de la firma Arias & Muñoz.
Su voluntad en un documento
Usted tiene la posibilidad de elaborar un testamento en el que plasme cómo y a quién desea que se le asignen sus activos tangibles e intangibles.
Esa es su principal ventaja: usted es quien decide cómo se repartirá su carro, su casa, su tractor, sus instrumentos de trabajo, sus fincas, sus joyas, sus colecciones de monedas, su propiedad intelectual (si la tiene) y sus otros bienes.
De lo contrario, la legislación establece un orden de preferencia que se va a conocer en un proceso sucesorio legítimo (así se le llama cuando no hay testamento) tras su fallecimiento, el cual tiende a ser oneroso y lento.
Por alguna razón o circunstancia, quizás usted no considere suficientemente 'justa' esa jerarquía.
Por ejemplo, según el artículo 572 del Código Civil en el primer orden para heredar se encuentran los hijos, los padres y el consorte (cónyuge) o el conviviente en unión de hecho.
¿Qué tal si hay una persona que no es su familiar, pero es digna de su confianza, le ha acompañado toda su vida en sus negocios y a usted le gustaría dejarle una de sus propiedades?
Sin un testamento eso no sería posible y no siempre se puede confiar en la buena voluntad de sus familiares de que le entregarán la propiedad a su amigo.
Es importante hacer un pequeño paréntesis y aclarar que el cónyuge del fallecido tiene ciertos derechos adquiridos, como son los bienes gananciales y hay algunas estipulaciones cuando existen hijos menores de edad. El notario de su confianza le asesorará en el asunto.
Pero, en principio, con el testamento usted ejercitará su libre voluntad.
Otro punto relevante es que usted tiene la posibilidad de hacerle cambios al testamento una vez realizado y manifestar claramente esas variaciones.
Planificación y organización
Por otro lado, un testamento le ayuda a planificar su sucesión y a dejar organizada la distribución de bienes entre todos sus herederos, detalla Ricardo Vargas, abogado especialista en planificación familiar de Oller Abogados.
"Lo que se tiende a hacer es que (en el testamento) la distribución sea lo más equitativa posible y que se distribuya entre aquellas personas que tienen más acceso al trabajo y que tienen más acceso a seguir a futuro con la empresa que ya el fallecido ha creado", dijo el abogado.
A nivel empresarial, la ventaja es que si las disposiciones testamentarias han sido cuidadosamente diseñadas se facilita la continuidad de las empresa y se separan las discusiones de herencias de la operación de los negocios.
En el artículo Los Testamentos en Costa Rica, la abogada Andrea Hulbert explica que los activos se pueden distribuir de manera abstracta, al nombrarse herederos universales de todas las pertenencias que se tengan.
"Esto quiere decir que a quienes nombro herederos reciben por igual entre sí", explica el documento.
La otra opción es repartirlos a través de legados, o sea, se especifica muy bien qué cosa le queda a quién. Por ejemplo, el automóvil Mercedes Benz le queda a "x" persona, la casa de playa en Guanacaste a "y",...
También puede realizarse una combinación de ambas alternativas.
Para mitigar el riesgo de que los bienes futuros sean excluidos de un legado, es importante que el testador indique de manera general en el testamento cómo será la distribución de los bienes que se adquieran en un futuro.
Procedimiento
En Costa Rica el testamento puede otorgarse ante un notario público con la presencia de tres testigos. Si el mismo testador lo escribe en la matriz, pueden estar presentes solo dos testigos.
La otra opción es no recurrir a un notario, para lo cual se requerirán cuatro testigos si el testador lo escribe o seis testigos si el testador no lo escribe, sino que lo hace alguien más.
"Por un tema de fe pública nuestra recomendación es siempre otorgarlo ante un notario público, ya que dicho otorgamiento siempre debe ser reportado ante el Archivo Notarial, lo cual evita pérdidas del texto y eventuales problemas para los herederos", aconsejó Dittel, de Arias & Múñoz.
Un testamento puede ser abierto cuando el interesado acude al notario público, con testigos y le detalla a quiénes les dejará sus bienes y el profesional lo registra en una escritura pública.
Según la legislación nacional el documento debe contener e l día, hora, mes, año y lugar en que se otorga, debe ser leído ante los testigos, debe tener las firmas tanto del testador como de los testigos y la del notario.
Hay otro testamento, el cerrado, en el que no se conoce el contenido (usualmente solo el testador) hasta que este muera. Es poco común en la actualidad, pero a veces algunas personas lo escogen.
En este caso de testamento cerrado, la normativa exige que tenga la firma del testador y debe ser entregado en un sobre cerrado a un notario público.
El notario debe hacer una escritura pública en la que consignará ciertos datos del documento (como la cantidad de páginas, indicar si tiene algún borrón, entre otros), pero no podrá conocer el contenido.
Luego, el notario lo devuelve al testador para que lo guarde. La escritura debe ser firmada por los testigos, por el testador y el notario.
En ambos casos existen una serie de formalidades que deben cumplirse (presencia de testigos, firmas, como se citó), pues de lo contrario el testamento podría ser declarado inválido por un juez y se debería seguir un proceso sucesorio legítimo.
Vargas, de Oller Abogados, indicó que las sucesiones testamentarias se pueden llevar a cabo ante un notario (en el tanto no haya menores de edad y no haya conflicto entre los involucrados), lo cual es más expedito y ahorra dinero.
Cuando acuda al notario a detallar su voluntad tenga muy claro cuáles son todos sus bienes, para no dejar nada por fuera y hacer más sencillo el procedimiento.
Es relevante tomar en cuenta los bienes localizados en distintas jurisdicciones o países.