En la edición 996 del 3 de noviembre de 2014, EF publicó el artículo “Sugese pide más apertura en pólizas”, en el que se presentan afirmaciones del Sr. Tomás Soley, superintendente de Seguros, que no son del todo correctas, por lo que para mejor entendimiento de la ciudadanía, respecto al tema de los seguros del Estado, aclaramos:
Bajo el principio de unicidad del Estado, la ley manda al Gobierno y sus instituciones, a reconocer al INS como la única empresa de seguros del Estado (artículo 7 de la Ley N°8653 Reguladora del Mercado de Seguros y artículo 1 de la Ley N°12 del INS), y la Procuraduría General de la República ya dictaminó sobre la obligación de las instituciones del Estado de suscribir sus seguros solamente con el INS. Además, vale mencionar especialmente lo siguiente:
1) Incentivar procesos licitatorios más transparentes. Podemos afirmar que las contrataciones de seguros en las entidades públicas son absolutamente transparentes, no hay motivación alguna para que no sea así y, además, al no existir intermediación nadie gana en forma privada. Precisamente, la Ley se reformó con el fin de impedir que los seguros en las instituciones públicas se conviertan en botín, en perjuicio de los fondos públicos.
2) La entidad no sabe si la oferta que le dieron es la mejor. Se trata de una especulación sin sustento en la actuación real que ha mantenido el INS a lo largo de la historia con el Estado y con nuestros clientes privados. Nuestros clientes pueden estar seguros de que los precios cobrados son los que técnicamente corresponden según las notas técnicas o las cotizaciones internacionales de reaseguro y que nuestros productos son los mejores que pueden encontrar en el mercado. Es inaceptable la duda infundada que don Tomás deja caer sobre el Instituto.
3) Licitación Pública. La licitación pública no es la mejor recomendación para la contratación de los seguros del Estado, menos cuando la Ley establece que lo deben hacer con el INS. Lo que deben hacer las entidades públicas es verificar que la oferta del INS sea la mejor tomando en cuenta todos los seis factores que indica la Ley y no solo el precio. No parece lógico que una Entidad pública esté transfiriendo recursos y enriqueciendo a particulares, cuando la Ley le establece la obligación de dirigir sus recursos destinados a seguros a la aseguradora estatal, la cual redistribuye sus utilidades al mismo Estado y a la ciudadanía. Pretender entregar la riqueza que puede quedar para beneficio del propio pueblo a manos privadas, no es propio de una buena administración pública.
4) “...se podrían estar adquiriendo pólizas que no necesariamente representan el precio”. Nuestros clientes estatales y no estatales pueden estar seguros de que el INS les vende los seguros por el precio correcto según nuestros cálculos actuariales. Les asesoramos para que su seguro sea una inversión que le cubra sus necesidades y se cobra lo justo por un producto de excelente calidad. Por otra parte, la decisión de asegurar con el INS cuenta con el mejor respaldo financiero en el país, por tratarse de la primera entidad aseguradora de Centroamérica, con una alta calificación nacional e internacional. Por lo que si se analizan todas las variables establecidas en la ley y no solo el precio, podrán confirmar sin ninguna duda que somos la mejor opción.
Como parte del Estado, el INS ha apoyado a todas y cada una de las instituciones públicas, cobrando los seguros al costo, con facilidades de pago, apoyando en la gestión de riesgos, adelantando los pagos de siniestros para una rápida atención de las emergencias en infraestructuras, etc., cosa que difícilmente pueda ofrecer cualquier otra aseguradora en el país.
Esos enormes beneficios económicos y de estabilidad que el INS ha dado al Estado, son ignorados por el Superintendente en sus improcedentes y tendenciosas recomendaciones en favor de las empresas privadas aseguradoras.
Finalmente, agradeceremos a la Superintendencia mantener la imparcialidad y objetividad que la Ley, su misión y su visión le exigen.