El 9 de abril de 2015, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), invitó a Costa Rica a participar en el proceso de incorporación a la organización, gestión el país había iniciado en junio 2012.
Después de un gran esfuerzo interdisciplinario, durante casi ocho años y de rigurosas evaluaciones y análisis de las políticas públicas y económicas del país, por parte de los comités técnicos de la OCDE, el pasado 15 de mayo, se confirmó la admisión de Costa Rica, a este notable foro, de ahora 38 países.
Este proceso conllevó la aprobación de una gran cantidad de leyes, que pretenden mejorar la actividad de entidades públicas, fortalecer las finanzas del Estado e impulsar al país en materia económica y temas de competencia, zonas francas, sostenibilidad, ciberseguridad, de prevención de la corrupción, transparencia, etcétera.
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Justamente, en el tema de transparencia, quisiera detenerme y comentar un problema de trazabilidad de la información, en el cumplimiento de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, mejor conocida como “Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales” (RTBF), que rige como parte del proceso de incorporación a la OCDE, desde setiembre del 2016, y que podría eventualmente generar recomendaciones por parte de la Organización o incluso una llamada de atención al país. El objetivo del RTBF es obtener la información que le permita a la autoridad tributaria identificar quiénes son, en todo momento, los beneficiarios finales de las participaciones sociales de las empresas locales, como un recurso para detectar posibles estructuras para evadir el pago de impuestos y eventuales casos de legitimación de dinero provenientes de actividades ilícitas como el narcotráfico.
La obligación del RTBF empezó, en su fase ordinaria, en septiembre de 2019 y debía originalmente completarse a finales de enero de 2020. Sin embargo, dicho plazo debió extenderse, en varias ocasiones, por medio de prórrogas y amnistías, hasta finales del mes de marzo de 2020, dados los múltiples problemas que presentó, desde un inicio, la plataforma del Banco Central, para procesar la información presentada por los usuarios de manera automática.
Para algunas empresas, conseguir la información necesaria para el cumplimiento del RTBF, no fue una tarea sencilla. Sobre todo, para aquellas compañías con estructuras corporativas complejas o con beneficiarios finales extranjeros. Por lo anterior, se decidió, no sólo ampliar el plazo de cumplimiento del RTBF, sino también simplificar algunos trámites, para que las empresas pudieran cumplir con esta obligación, a tiempo, y evitar así múltiples sanciones y multas de hasta cien salarios base. Aún así, aproximadamente 40.000 empresas no lograron cumplir con la declaración ordinaria de 2019 y, el pasado 2 de junio, la autoridad tributaria notificó el inicio del procedimiento sancionador a más de 1.000 de ellas.
Aunque muchos de los problemas que presentaba la plataforma del Banco Central, se fueron solucionando, poco a poco, dadas las quejas y consultas de los usuarios, aún éstos reportan la imposibilidad de registrar toda la cadena de cambios que pudieran haber ocurrido desde el inicio del RTBF, en setiembre de 2019, hasta la fecha.
Corregir a tiempo
Así, por ejemplo, supongamos un escenario en el que, en setiembre de 2019, una empresa presentó su declaración de RTBF y posteriormente hizo un aumento o modificación en su capital social en enero de 2020. Luego, en marzo de este mismo año, se produjo un traspaso significativo de participaciones sociales a un tercero.
¿Cómo lidiar con estos cambios? Parte de las quejas de los usuarios es que, a la fecha, la plataforma no es capaz de registrar todas estas situaciones o momentos de la empresa, sino solamente la última “fotografía” de su status, que el usuario presenta en su declaración rectificativa. En otras palabras, aunque se haya hecho la declaración de 2019, en el plazo otorgado originalmente o en los meses siguientes de amnistía, se pierde la trazabilidad de la situación real de la empresa y de sus beneficiarios finales, al “pasarle por encima” a la declaración anterior.
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Adicionalmente, a finales de marzo de este año, se publicó una resolución, que modificó la fecha límite para presentar la declaración ordinaria correspondiente a aquellas personas jurídicas recientes, constituidas entre los meses de enero y agosto de 2020, y se les permitió presentar su declaración en septiembre de este año y no dentro de los veinte días hábiles siguientes a su constitución, según indica la ley.
Además, dicha resolución indica que las empresas que requieran presentar una declaración extraordinaria, por un cambio en la distribución de su capital, o para reportar cambios a la declaración ordinaria de 2019, les corresponderá informar de dichos cambios, no de manera casi inmediata, mediante una declaración extraordinaria, como lo prevé la ley, sino hasta la presentación de la declaración anual ordinaria de septiembre de 2020.
Con su incorporación a la OCDE, Costa Rica asumió el compromiso de cumplir con todas sus obligaciones y protocolos de manera diligente. También, acordó establecer mejores controles, mayor eficiencia y transparencia, que la acerque a las mejores prácticas de los países más desarrollados y económicamente estables del orbe. Este es, sin duda, un gran paso para Costa Rica, que debemos celebrar ya que, al formar parte de este prestigioso grupo, el país gozará de un mayor reconocimiento internacional, una más eficiente estructura estatal y la confianza de sus inversionistas.
Dicho lo anterior, hay que aceptar que este esfuerzo podría verse comprometido dados los problemas de trazabilidad que presenta el RTBF, que no permiten llevar un control adecuado, en tiempo real, de todos los movimientos de las empresas, como originalmente lo previó la ley.
Cualquier incumplimiento que, ante los ojos de la OCDE, provoque que alguna de las leyes aprobadas sea considerada como una normativa “no efectiva”, podría perjudicar al país en futuras evaluaciones, si la Organización considera que no se cumple con las buenas prácticas o estándares mínimos que ésta promueve, lo cual podría generar sanciones o penalidades, acordes a la gravedad del incumplimiento.
La OCDE irá, poco a poco, midiendo el cumplimiento de cada uno de los compromisos asumidos por el país. No esperemos a que se nos cuestione, para corregirlos.