Las explicaciones del Banco Central de Costa Rica (BCCR) en torno a la exigencia de información individualizada por número de cédula de ahorrantes y deudores, lejos de tranquilizar, dejan más dudas e interrogantes. En las últimas semanas nos hemos enterado de que la petición de información involucró tanto a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), como a entidades financieras públicas y privadas, incluidos los cuatro bancos más grandes del país.
Es alarmante que algunas de esas entidades —el Banco de Costa Rica (BCR), el Banco Popular y BAC Credomatic— hayan accedido a entregar información personalísima de sus clientes, lo cual abre una posibilidad de que, eventualmente, los tribunales de justicia cataloguen el hecho como una violación al secreto bancario.
Como punto de partida, utilizar la judicialización ante la negativa de entregar información confidencial de los usuarios del sector financiero refleja la debilidad del BCCR para tener acceso a esta información, y también denota una cierta falta de liderazgo que podría menoscabar la credibilidad y la confianza en el ente emisor, las cuales son el principal activo de un banco central y del funcionamiento del sistema financiero.
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Por otro lado, el detalle de la información solicitada —por ejemplo la identidad de codeudores, origen de los ingresos, tipos de garantía, días de morosidad, restructuraciones de pago, entre otras centenas de variables— no parece tener relación obvia con la función de generación de estadísticas para el manejo de la política monetaria, sino más bien una confusión con las labores que le corresponden a la Sugef. En este sentido, el BCCR debió trabajar en conjunto y no en conflicto con la Sugef para esa generación de estadísticas, pues el Central también tiene entre sus intereses el adecuado funcionamiento y la buena salud del sistema financiero.
El documento sin autor circulado el 30 de agosto titulado “Solicitud de información a la SUGEF y su uso en el BCCR” no solo llega tarde para efectos de generar tranquilidad, sino que abre una interrogante: ¿se está excediendo el BCCR en sus funciones encomendadas en su ley orgánica?
El Central habla de protocolos de seguridad de resguardo de la información, dando una falsa impresión de que sus sistemas de seguridad son infalibles cuando es claro que instituciones de carácter mundial con más recursos y capacidades técnicas que el BCCR han sido víctimas de hackeos informáticos. Ingenuamente, el BCCR aclara que la confidencialidad de la información está garantizada por un Código de Ética que guía el comportamiento de sus funcionarios y cuyo acatamiento es obligatorio. La realidad es que existe un riesgo muy relevante de concentrar tanta información sensible en una sola entidad como el BCCR.
Por último, el documento cita algunas investigaciones que ha realizado el BCCR en los últimos años con la información suministrada. Queda en evidencia que algunas de estas investigaciones no tienen relación directa con la política monetaria. Es necesario verificar si otras fueron realizadas por profesionales externos al BCCR quienes no debieron haber tenido acceso a datos que permitan identificar a las personas y, si no lo tuvieron, entonces no era necesario contar con la información identificable por individuo para el desarrollo de esos estudios.
En un segundo comunicado de prensa del 8 de setiembre, que también llega tarde para aclarar la necesidad de contar con los datos exigidos, el BCCR hace un recuento de los indicadores que genera con la información, como lo son la tasa básica pasiva, detectar interconexiones entre el sistema financiero, exposiciones de los fondos al mercado de dinero, entre otros. Para ninguno de estos indicadores debería ser necesario contar con la identidad de las personas ahorrantes y deudoras, pues con las cifras individuales anónimas debería ser suficiente.
En síntesis, y por ahora, el BCCR no ha sido capaz de explicar de manera coherente la necesidad de contar con la información confidencial de personas y empresas. Si bien la procedencia legal del BCCR será determinada en los tribunales, pues así lo dispuso la institución, una resolución en contra de la voracidad informativa mostrada por el ente emisor puede dejar a la institución en una situación menos ventajosa a la que tiene en la actualidad. En la misma dirección, otro posible escenario puede ser la aparición de iniciativas legislativas para reforzar el derecho a la confidencialidad resguardado en la Constitución Política.