Luego de la renuncia de Rocío Aguilar a finales del año pasado y tras un concurso fallido, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) ha decidido posponer el nombramiento del superintendente de pensiones.
Este nombramiento tiene especial interés público porque coincide con la entrada en vigor del nuevo reglamento de inversión basado en fondos generacionales.
La normativa permite diferenciar los portafolios de inversión en cuatro grandes grupos según la edad de los afiliados. La premisa es que los ahorrantes más jóvenes pueden asumir mayores riesgos de volatilidad en los instrumentos de ahorro para así obtener mayores rentabilidades de largo plazo y mejores pensiones en el momento del retiro.
A pesar de ello, el Banco Central de Costa Rica (BCCR) ha mostrado sus reservas en relación con esta normativa. Le incomoda el efecto que pueda tener sobre la depreciación del tipo de cambio, lo cual iría en contra de una política cambiaria que favorece la apreciación como resultado del denominado modelo de metas de inflación (cuyo valor objetivo no ha logrado atinar en más de cinco años).
Esta no es la primera intromisión política del BCCR sobre las superintendencias y el Conassif. Recordemos que Hazel Valverde, la entonces gerente del BCCR, demandó a la superintendenta de Entidades Financieras ante la negativa de esta última de entregarle información confidencial de los clientes de los bancos.
El asunto quedó para ser resuelto en los tribunales de justicia pero llama la atención que la ahora exgerente del Banco Central es la nueva superintendente de Entidades Financieras.
Es trascendental que prevalezca la independencia de las superintendencias y se actúe con transparencia. Recordemos que el BCCR participó anteriormente en los nombramientos del Conassif, los cuales a su vez nombraron a Valverde como superintendenta posteriormente.
Además, en el caso de los fondos generacionales, las preocupaciones del Banco Central pueden ser cuestionables porque los fondos de pensiones están cerca de alcanzar actualmente el límite de 50% en inversiones internacionales establecido en la Ley de Protección al Trabajador. Es decir, no pueden tener mayor exposición cambiaria en comparación con la situación actual. Es cierto que un modelo de fondos generacionales bien estructurado debería permitir un mayor porcentaje de inversiones en mercados internacionales, pero ello requeriría de un cambio legal en el caso costarricense.
Ahora, ante las dificultades para nombrar un superintendente, y al no existir un recargo de esas funciones, algunos miembros del Conassif están tratando de echar para atrás la aprobación de la normativa de fondos generacionales que los anteriores miembros de este órgano colegiado habían realizado. Sin embargo, el Conassif no tiene capacidad legal para proponer normativa, sino solo para aprobarla, pues el ordenamiento jurídico delega en el o la superintendente del sector esta función. Al no existir una jerarquía en Pensiones, ni un recargo de sus funciones, una derogatoria de un reglamento por parte del Consejo estaría viciada de nulidad.
Por otro lado, el accionar del Conassif resultaría lamentable pues las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) se han venido preparando para iniciar los fondos generacionales desde hace más de un año a un costo no despreciable de varios millones de dólares, no sin mencionar el hecho de que estamos a menos de un mes de que entre en vigor la normativa aprobada.

Sobra decir que estos movimientos políticos alrededor de un reglamento que debería ser estrictamente técnico son prueba de la importancia de contar en estos puestos con personas con experiencia en regulación financiera y amplia experiencia en la materia.