Veintitrés diputados de prácticamente todas las fracciones legislativas presentaron un proyecto de ley (expediente No. 21.309) que permitiría a las personas retirar la totalidad de los recursos de su pensión complementaria al cumplir los requisitos para su jubilación del régimen básico al que hayan pertenecido (IVM, Magisterio, Poder Judicial, etc.). Esto sería un grave error.
A primera vista, los argumentos utilizados por los proponentes parecen razonables. Pero un análisis detallado del proyecto y de las declaraciones públicas de los diputados y otros defensores de la reforma revela lo contrario.
Argumentan que el Estado nunca podrá tomar mejores decisiones que los propietarios de los ahorros acerca de su dinero. En efecto, algunas personas con altos niveles de educación y cultura financiera —llamados inversionistas sofisticados en el argot de la industria—, podrían administrar sus ingresos y sus ahorros mejor que el Estado o las operadoras de pensiones.
LEA MÁS: Editorial: Una idea popular, pero inconveniente
Sin embargo, la experiencia y una vasta literatura empírica demuestran lo que Luis Mesalles resumió magistralmente en su columna del sábado 30 de marzo en La Nación: que los seres humanos “tendemos a preferir lo inmediato a lo futuro”.
Dada la oportunidad, un porcentaje nada despreciable de los trabajadores decidirá retirar la totalidad de sus ahorros de la pensión complementaria en su solo tracto, y apenas una pequeña fracción sabría o podría invertirlo de manera productiva y provechosa. La mayoría de las personas privilegiará la satisfacción de alguna necesidad o deseo inmediato, en detrimento de su bienestar futuro. Se rompería el carácter previsional de las pensiones.
Serias dificultades
Las pensiones contributivas se crean para evitar que las personas queden desamparadas en su vejez o se conviertan en una carga para el Estado; es decir, para el pagador de impuestos.
En Costa Rica, como lo he venido advirtiendo desde hace varios años (ver, por ejemplo, La estafa de las pensiones, https://bit.ly/2I3E9We), los regímenes de pensiones básicas están en serias dificultades financieras y la combinación de estructura piramidal, desproporción entre aportes y beneficios, dependencia excesiva de los aportes estatales, la existencia de pensiones juveniles y otros vicios los tornan insostenibles.
El régimen obligatorio de pensiones complementarias (ROP) fue creado por la Ley de Protección al Trabajador (LPT) del año 2000 con la intención de que los trabajadores pudieran —valga la redundancia— complementar los ingresos de las pensiones básicas, que desde entonces se sabía irían en descenso, como en efecto ha sucedido.
A diferencia de las pensiones de capitalización colectiva, donde los aportes obrero, patronal y estatal entran a un fondo común que se maneja como moro sin señor, el ROP es un régimen de capitalización individual. Esto quiere decir que los aportes ingresan a una cuenta a nombre del trabajador, y el dinero allí acumulado se considera de su propiedad, con todas las protecciones y garantías que la Constitución Política otorga a la propiedad privada.
Esto me lleva al segundo de los argumentos utilizado por los defensores del proyecto: que al ser el dinero propiedad de los trabajadores, el Estado no puede disponer de él. El problema con este argumento es que el Estado no dispone de los recursos acumulados en el ROP de cada trabajador; simplemente establece reglas para devolvérselos en su etapa post laboral.
Los diputados proponentes del proyecto recurren a un ardid particularmente malicioso para justificar su defensa del supuesto derecho del trabajador a retirar los recursos de la pensión complementaria al jubilarse.
En la exposición de motivos del proyecto dan a entender que el razonamiento de su propuesta proviene de una resolución de la Sala Constitucional, cuando en realidad lo que reproducen es el criterio disidente de un magistrado en un voto que, por mayoría, estableció con total claridad que no rozan con la Constitución las limitaciones impuestas por la LPT a la forma de retirar los ahorros del ROP (renta vitalicia, renta permanente o en un solo tracto cuando la pensión complementaria es menos del 10% de la pensión básica).
Tratándose de un esquema de capitalización individual, el Estado no puede echar mano de los recursos acumulados por el trabajador en el ROP. En los regímenes básicos, como decía anteriormente, los aportes ingresan a una buchaca común donde no hay derechos de propiedad claramente definidos.
El diputado Eduardo Cruickshank (PRN) afirma, en un artículo reciente en el Foro de La Nación, basado en la opinión de algunos pensionados, que las pensiones complementarias no han mejorado la calidad de vida de los jubilados. Argumenta que, tras 20 años de existencia, esto es evidencia del fracaso del ROP.
Para la mayoría de las leyes y programas gubernamentales, 20 años son más que suficientes para determinar su efectividad. Pero no es el caso de los regímenes de pensiones, cuya maduración no se alcanza antes de 35 o 40 años, que es el período que un trabajador debe cotizar antes de obtener su pensión completa.
Educación financiera
A los 20 años de creado un sistema de pensiones, ninguno de sus jubilados estará recibiendo la pensión total que el régimen podrá ofrecer a quienes se retiren después de haber cotizado durante toda su vida laboral. Hoy en día, el beneficiario promedio del ROP ha cotizado apenas 13 años para su pensión complementaria; sin embargo, el régimen fue diseñado para otorgar al jubilado un ingreso adicional de entre 15 % y 20 % después de haber cotizado durante 35 años.
Lamentablemente, en nuestro país la educación financiera básica no está disponible para el grueso de la población, y el tema de pensiones es particularmente complejo. Un mayor esfuerzo de comunicación por parte de las autoridades a lo largo de los años hubiera permitido a la población comprender algunos de los conceptos fundamentales, para no caer presa del populismo legislativo.
LEA MÁS: Cuatro claves para entender el FCL y cuál es el mejor momento para retirarlo
Modificar las reglas de juego como lo pretenden los 23 diputados, cuando el ROP está apenas a la mitad del camino para alcanzar su madurez, es decretar la sentencia de muerte de las pensiones complementarias. Dadas las dificultades financieras y actuariales de los regímenes de pensiones básicas, el ROP es el único pilar del sistema de pensiones costarricense que garantiza a los trabajadores la devolución de la totalidad de sus aportes más el rendimiento de las inversiones que con ellos haga la operadora de su elección.
En el movimiento sindical y fuerzas políticas de izquierda existe el deseo de matar al ROP antes de que pueda demostrar su efectividad a plenitud, porque nada haría más daño a la causa estatista que los costarricenses puedan constatar que la capitalización individual es una mucho mejor forma de organizar las pensiones que los sistemas de reparto tradicionales. Sorprende que los diputados de las otras fracciones se hayan prestado para su juego.
En vez de debilitar al ROP y mantener el moribundo esquema de reparto del IVM, deberíamos convertir al segundo en un régimen de capitalización individual como el primero.