L as convenciones colectivas son contempladas por el ordenamiento jurídico costarricense como un instrumento idóneo para regular las relaciones entre los sindicatos y los patronos. La misma Constitución Política, en su numeral 62, les otorga el rango de ley, y en su articulado no se hace distinción alguna entre trabajadores de los sectores público y privado, a pesar de que son reconocidas las condiciones especiales de la relación estatutaria aplicable a los primeros y los efectos que tales condiciones tienen sobre su naturaleza y alcances, todo lo cual quedó regulado en la reciente reforma procesal laboral.
No obstante lo anterior, lo cierto es que las convenciones colectivas en el sector público, incluyendo las empresas del Estado, han sido utilizadas sistemáticamente para otorgar granjerías y privilegios desde hace muchos años y las prebendas han venido incrementándose con cada renegociación.
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En medio de la discusión de una reforma fiscal, tal circunstancia no podía pasar inadvertida y la opinión pública, así como los partidos de oposición, han rechazado la posibilidad de un aumento en los impuestos a menos que se corrijan primero los disparadores del gasto público, entre ellos, los producidos por las onerosas convenciones colectivas.
Asimismo, cuando se trata de servicios prestados por el Estado, como es el caso del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Acueductos y Alcantarillados (AyA) o la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), el costo de esas convenciones es trasladado directamente a los usuarios y consumidores a través de los precios y tarifas que todos pagamos. En el caso de la “refinería”, ese costo lo asumimos con el alto precio de los combustibles que, junto a los impuestos que recaen sobre estos, asestan un duro golpe al bolsillo de la población y a la competitividad de las empresas.
Ante esta realidad, el repudio ciudadano ha obligado al Gobierno a negociar con el sindicato de Recope algunas reducciones de esos privilegios, a pesar de que bien pudo, a finales del año pasado, optar por denunciar la convención como un todo y dejarla sin aplicación, al haber vencido el plazo de treinta días sin que el sindicato se sentara en la mesa de negociación, tal y como prevé la ley.
Esfuerzos de contención similares se hicieron en el pasado cuando la Defensoría de los Habitantes y la Contraloría General de la República impugnaron exitosamente la constitucionalidad de algunas de las cláusulas más irracionales y desproporcionadas de esa convención, que dieron como resultado los fallos judiciales 2000-7730 y 2014-1227, que anularon varias de sus disposiciones más chocantes.
Estos pequeños pasos son por supuesto bienvenidos, pero están muy lejos de satisfacer las expectativas actuales de los costarricenses y de los distintos actores políticos y empresariales.
Los abusos son demasiado extensos y la situación muy crítica como para conformarnos con actos simbólicos o meramente cosméticos.
La convención colectiva de Recope tiene un costo de ¢25.000 millones anuales y es indispensable que se corrijan también las cláusulas relativas a anualidades, sobresueldos por antigüedad, cesantía e incapacidades, rubros que representan el grueso de ese costo, así como otras impugnadas por el diputado Otto Guevara en la acción de inconstitucionalidad que interpuso recientemente. Es hora de ponerle el cascabel al gato.