Está comprobado que varios animales marinos confunden el estereofón con alimento, y su consumo puede ser fatal. Esta realidad y las dificultades para reciclarlo a gran escala fueron factores claves para la promulgación de la Ley 9703, que prohíbe la importación, comercialización y entrega de envases y recipientes de poliestireno expandido.
Con estos argumentos la medida es incontestable. Sin embargo, su implementación presentará desafíos tanto a las autoridades como a las empresas y los consumidores, pues se trata de un producto con alto volumen de utilización en el mercado nacional.
La Asociación Cámara Costarricense de la Industria del Plástico (Aciplast) afirmó que la oferta actual de sustitutos aumentaría hasta cinco veces los costos operativos relacionados con la gestión de envases y recipientes descartables.
“Por dar un ejemplo, una bandeja de 8”x 8” de poliestireno se vende en unos ¢40, en cambio algunas que se llaman biodegradables o compostables, pueden costar entre ¢150 y ¢200. En algunas aplicaciones donde prima la asepsia, estas opciones no son viables, ya que suelen tener márgenes de tolerancia térmica menores y no son igual de impermeables”, enfatizó Marco Luconi, presidente de Aciplast.
La situación se concentra en negocios que utilicen envases y recipientes desechables, pues la ley plantea tres excepciones en las que sí se permite el uso de poliestireno expandible: los casos en los que, por cuestiones de conservación o protección de los productos, no sea ambientalmente viable el uso de materiales alternativos; los embalajes de electrodomésticos y afines, y los usos industriales.
El Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), ente rector de la iniciativa, explicó que la ley 9703 se da en el marco de la Estrategia de Sustitución de Plástico de un solo uso y que esta plataforma ya tiene aportes para sostener la implementación de la nueva regla. (Ver recuadro: ¿Cuáles son las opciones?)
Además, los voceros del MINAE señalaron que la legislación estipula que será el reglamento el encargado de definir temas específicos, como los casos en los que aplican excepciones, con base en criterios técnicos. Ese documento aún no existe.
También el transitorio XIV ordena que el Ministerio de Salud desarrolle un plan nacional para incentivar la sustitución paulatina de los recipientes, envases o empaques de poliestireno expandido por otros de materiales distintos. Esto tendrá que suceder en los seis meses siguientes a la publicación de la Ley.
Luconi aseguró que está quedando por fuera la gestión de los residuos y que eliminar un material está lejos de ser una solución para el problema de fondo: la contaminación.
“Es importante aclarar que los plásticos que son compostables requieren estar en ciertas condiciones de compostabilidad para que puedan degradarse (microorganismos, oxígeno, etc). Actualmente carecemos de normas técnicas nacionales que garanticen la degradabilidad y compostaje de estos plásticos, entonces: ¿cómo nos aseguramos de que no haya green washing (maquillaje)?. Lo otro es que prácticamente todo plástico se puede reciclar, ya sea para producir el mismo producto o bien para ser parte de otro proceso. Lastimosamente, la ley, no toma en cuenta el reciclaje como una opción para los que utilicen este plástico”, argumentó.
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Otros participantes en la promoción de la Ley, como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), presentan un panorama opuesto al que vislumbra Aciplast. José Vicente Troya, representante residente del PNUD en el país, afirmó que la prohibición es una respuesta al mercado y por esto debería crear escenarios de producción nacional, con materias primas locales que abaraten los costos.
“Esto es una muestra de la importancia que tiene el diálogo entre consumidores y productores que ocurre día a día, con el poder de la demanda. Esta información que brindan los clientes es esencial: sería una oportunidad importante para los productores tener una lectura clara sobre cómo evolucionan las preferencias de los consumidores”, recomendó Troya.
En esto coincide la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas y Afines (Canacodea), que es uno de los representantes del sector en la Estrategia de Sustitución de Plástico de un solo uso.
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Punto en común: más incentivos
Aunque las diferentes partes involucradas con la prohibición del poliestireno expandible tienen criterios encontrados en temas como costos, opciones de sustitución, mercado y gestión de residuos, hay un área en la que están de acuerdo: el proceso necesita incentivos que aún no existen.
Shirley Soto Montero, de la Dirección de gestión de calidad ambiental (Digeca) del MINAE, comentó que la estrategia contempla cinco líneas de acción:
- Se instruye a las proveedurías institucionales para sustituir compras de productos plásticos de un solo uso por alternativas renovables y compostables.
- Acción municipal para generar incentivos con miras a sustituir el plástico de un solo uso por productos renovables y compostables.
- Sensibilización del consumidor y dotación de incentivos para el cambio.
- Investigación y desarrollo de alternativas renovables y compostables.
- Inversión en actividades productivas para la sustitución.
Troya, del PNUD, destacó el papel que juegan las autoridades nacionales y locales como posibilitadoras de las diferentes medidas que se tomen.
“El sector público es estratégico en términos de facilitar políticas, ordenanzas y regulaciones para la transición hacia materiales sustitutos. No solo se avanza por el lado de la prohibición, sino de los incentivos, porque si todo es prohibición, el impacto a corto plazo podría influir en una recesión. Por eso también quienes hicieron la ley decidieron que entre en vigor en dos años”, recalcó.
Aciplast insiste en que 24 meses resultarán insuficientes, pues el sector del plástico lleva ya años de investigación en busca de opciones viables para reemplazar ciertos productos, sin encontrar posibilidades compatibles con la sostenibilidad ambiental y financiera. Esto les hace conocer, además, los costos asociados con una transformación como la que busca la ley.
“Dos años son insuficientes para que la industria desarrolle opciones, y tampoco hay un panorama favorecedor en temas de innovación a quien quiera desarrollar otras alternativas, lo cual es necesario. Me refiero a tasas preferenciales en energía, reducción temporal en cargas sociales, entre otros”, sugirió Luconi.
En este panorama, el consumidor también deberá intervenir en el proceso y asumir costos económicos (parciales o totales) y operativos del cambio de dinámica con los envases. Conocer las opciones actuales y entender cómo interactúan con diferentes productos, como los alimentos, puede ser una vía para alinearse a la nueva realidad que entrará a regir por estas fechas del año 2021.
RECUADRO
¿Cuáles son las opciones?
El presidente Carlos Alvarado firmó la ley 9703 el 15 de julio, pero esta entrará en vigencia 24 meses después de su publicación en La Gaceta.
A partir de entonces será ilegal importar, comercializar o entregar recipientes y envases hechos a partir del poliestireno expandido (estereofón).
Ya existe un listado en construcción de empresas y productos con oferta que se cataloga técnicamente como compostable. La lista está disponible en el portal http://estrategia.zonalibredeplastico.org/
Ahí también, las empresas que desarrollen nuevas opciones pueden inscribirse para ser valoradas y considerar su inclusión en la lista de oferentes.
Por ejemplo, las opciones de contenedores de comida se concentran en cuatro materiales:
- Almidón de maíz, ácido poliláctico (7 productos)
- Hojas de plantas (2 productos)
- Bagazo de caña / madera (9 productos)
- Papel /cartón celulosa (9 productos)
Fuentes: MINAE, PNUD