En Costa Rica, una empresa de análisis de calidad industrial requiere la regencia de un profesional en microbiología, incluso si cuenta con el personal de otras especialidades capacitado para sus tareas. Esta limitación opera como barrera de entrada para nuevos negocios en el campo de laboratorios privados y es uno de los argumentos del proyecto de ley 21.840, que busca la reforma de varios artículos de la Ley General de Salud 5395 , y otras normas, para que acojan a un número mayor de especialistas.
El proyecto recibió criterio técnico positivo de la Escuela de Biología del Instituto Tecnológico del Costa Rica (TEC) y se enfrenta a la negativa del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos, que de aprobarse, argumenta que vería disminuida su capacidad para fiscalizar la actividad de laboratorios públicos y privados.
El proyecto de ley busca el reconocimiento como profesionales de la salud para una base más amplia de especialidades, siempre y cuando estos tengan un grado académico de licenciatura o superior y se hayan formado en el área de salud, tomando como base clasificaciones internacionales, como la de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
En este momento el proyecto se encuentra en la Comisión Permanente de Asuntos Sociales y durante el 2020 recibió
Mientras el TEC defiende la necesidad de actualizar la ley y señala que las regencias están monopolizadas, el Colegio advierte el riesgo de intrusismo y poca rigurosidad en temas de salud, entre otros.
La posición del centro educativo coincide con las valoraciones hechas en julio de 2020 por representantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre la necesidad de incluir a los colegios profesionales en el alcance de las leyes de competencia de Costa Rica.
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Barrera de entrada
Una de las modificaciones principales de proyecto de ley, de cara a la apertura de nuevos negocios, es la del artículo 83 de la Ley General de Salud, que pasaría de definir un único concepto de “laboratorios de Microbiología y Química Clínica” a referirse en términos de “laboratorios que realicen actividades de salud”, y aumentaría de tres a siete los tipos de operaciones reconocidas.
El ingeniero Carlos Alvarado Ulloa, director de la escuela de Biología del TEC, argumentó que la reforma busca un distribución “lógica” de las regencias entre las profesiones que tienen la “capacidad, aptitud científica y profesional para hacerlo”.
“El tema de las regencias ha afectado sensiblemente al grupo de profesionales desfavorecidos con la desactualización de las leyes en cuestión y se cuenta con varios testimonios y procesos administrativos formales sobre personas afectadas con despidos de su trabajo e inequidad de oportunidades laborales y de desarrollo profesional”, advirtió Alvarado.
En el campo de los negocios, uno de los casos es el de Mauren Monge Mora, ingeniera en biotecnología del Instituto Tecnológico de Costa Rica,y una de las fundadoras del laboratorio Microbiología y Calidad Industrial (MCI), para quien la regencia obligatoria de microbiólogos es más bien un costo para la apertura de empresas de alta especialización o que requieren capacitación específica fuera del país.
Al momento de comenzar a operar, hace casi una década, Monge tenía acumulados nueve años de experiencia en control de calidad microbiológico en industria médica, y su socio, Roberto Ávila, había tenido experiencia en microbiología de alimentos y sistemas de calidad: esto último fue lo que posibilitó el emprendimiento.
“Yo no hubiera podido emprender si no contrato un microbiólogo, que en ese momento no hubiera aportado nada más que su regencia (su firma) a la creación de la estructura del emprendimiento. La idea de negocio fue mía. Si hubiera tenido que contratar un regente, hubiera sido alguien que tenía que llegar a que yo le enseñara lo que había que hacer”, enfatizó Monge.
Hasta la fecha, Ávila sigue siendo el único microbiólogo en la empresa, los demás colaboradores a lo largo de nueve años han sido ingenieros biotecnólogos, biólogos o químicos.
La fundadora enfatizó en que sus clientes, empresas nacionales e internacionales de dispositivos médicos y farmacia, le aplican auditorías que por lo general están a cargo de profesionales de diferentes ramas: químicos, microbiólogos, biólogos, ingenieros industriales, entre otros.
“Ninguno nos ha solicitado una regencia microbiológica, ni nos ha preguntado si tenemos un regente, ni mucho menos si la regencia debería ser de un microbiólogo colegiado. Lo que han podido constatar a través de sus auditorías es que contamos con la capacidad técnica para ejecutar los ensayos de forma correcta, con resultados confiables, y que contamos con un sistema de calidad robusto, y que además el servicio que les ofrecemos suple sus necesidades específicas”; subrayó Monge.
Alvarado defiende que la modificación a las leyes permitiría a campos como la biotecnología médica asumir un rol directo en la reactivación socioeconómica.
“Con la reforma propuesta, se lograría una ley más inclusiva, estratégica, integral y justa, todo en beneficio del país y apoyado en fundamentos científicos y congruentes con el fortalecimiento y evolución de nuestro sistema de salud”, afirmó Alvarado.
Negativa
Las razones por las que el Colegio de Microbiólogos se opone a la incorporación de las personas graduadas en biología, biotecnología y otros campos como profesionales de la salud se basan en la reforma que se hizo a la ley en 2004 y en la identificación de riesgos potenciales.
La presidenta de la junta directiva del Colegio, Pilar Salas Chaves, se cuestionó si los profesionales en biotecnología pueden contribuir con su preparación académica dentro de los perfiles profesionales de las carreras del área de la salud, o si pueden responder a los acuerdos firmados por el país en esa área, sobre todo en temas de atención integral de poblaciones vulnerables.
“En el año 2004, a través del artículo 1 de la Ley No.8323 del 7 de octubre del 2004, se reformó el artículo 40 de la Ley General de Salud. Por medio de esta reforma, no se incluyó ni tampoco se excluyó a los profesionales en biología dado que en ningún momento estuvieron comprendidos, dentro de los profesionales del área de la salud. En el año 2018 la Sala Constitucional había declarado sin lugar una acción de inconstitucionalidad presentada por los profesionales en biología que pretendían realizar cambios en artículos de la Ley General de Salud, pues los magistrados aseguraron que “ese no era el medio idóneo para ese caso, ya que de declararse con lugar la acción, esta no podía modificar automáticamente la normativa en sentido positivo para incluir a profesionales de Biología como parte de ciencias de la salud”, enumeró Salas.
Las leyes vigentes establecen que el Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos es el único que cuenta con las potestades legales para aprobar la operación de laboratorios, mediante el cumplimiento de normativa legal y técnica, así como de exigir revisión de resultados de los laboratorios y, finalmente, ordenar el cierre, con las autoridades correspondientes, de aquellos locales que incumplan. Esta exclusividad se terminaría si se aprueba el proyecto 21.840.
“¿Quién se hará responsable de esas labores cuando se brinden resultados sin la calidad requerida al tratarse de profesionales que no pertenecen a un colegio profesional? El Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica contempla dentro de sus funciones sancionatorias la suspensión o inhabilitación de laboratorios que no cumplen con la normativa. El ámbito de aplicación de nuestra ley aplica no solo para el ejercicio liberal de la profesión, sino también para instituciones públicas como privadas, por lo que ni siquiera la CCSS puede desconocer lo dispuesto en dicha ley”, advirtió Salas.