Si un trabajador decide solicitar un permiso a su empresa para ir a vacunarse en horario laboral ―por limitación de tiempo u otra circunstancia― debe tener claro que el patrono está obligado a facilitarle el permiso. No obstante, eso no significa que también tenga la obligación de pagarle por el tiempo no laborado.
El permiso de vacunación con o sin goce de salario y el tiempo prudencial para que asista a inocularse, queda a decisión exclusiva de la empresa. Asimismo, bajo el principio de “buena fe” del patrono.
Según explicó Daniel Valverde, socio especialista en Derecho Laboral y Derechos Humanos de Ecija Legal, actualmente en Costa Rica no existe una legislación específica o normativa para el tema de vacunación contra la COVID-19 y los permisos.
Por esta raón se dificulta el poder interpretar si efectivamente existe la obligación para que el trabajador asista a un centro de vacunación.
Sin embargo, sí hay una Ley Nacional de Vacunación y un Reglamento del Seguro de Salud que respalda las solicitudes de permisos para citas médicas.
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Según indicó, Graciela Soto, experta en materia laboral de Deloitte, en el inciso c) de artículo 66 del Reglamento del Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), se establece como una obligación del patrono “otorgar permiso a sus trabajadores, para que puedan recibir las prestaciones a que se refiere este reglamento”.
Y por prestaciones se refiere a la atención integral a la Salud de acuerdo con el artículo 15 del reglamento, en el que se encuentra explícitamente la vacunación, explicó Lupita Quintero, especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados.
“Lo que siempre ha pasado es que las vacunas tenían cita, por eso es que se aplica el artículo 66 de la Caja, pero eso no se contempla en la coyuntura actual”, afirmó Quintero.
La Red de Servicios de Salud de la CCSS precisó a EF por medio de correo electrónico, que por ley el vacunarse es un derecho a la salud, por lo que “se deben de brindar las condiciones suficientes y necesarias, para que ese trabajador acuda a vacunarse ―respecto a otorgar vacaciones o días feriados―”.
No obstante, dejó claro que no es competencia de la CCSS, sino es un tema a consultar en las respectivas empresas.
Asimismo, la Red indicó que los diferentes centros de vacunación están habilitados incluso hasta las 7:00 p.m hasta agotar existencia del día, esto como respuesta al hecho de que la mayoría de los horarios que habilitó la Caja para la vacunación “chocan” con horarios laborales.
“Algunos puntos han vacunado hasta 10:00 p.m, y los sábados y domingos hay programación en horarios regulares y variados, hasta el 25 julio. Se puede consultar la página de vacunación de la CCSS para ver lugares y horarios”, señaló la entidad.
Valverde destacó que, lo más lógico que hubiera sucedido ―para tener claridad en este proceso― es que se hiciera una reforma legal o una ley aprobada por la Asamblea Legislativa que autorizara u obligara a los patronos a otorgar un permiso ―ya sea con o sin goce de salario― para asistir a los centros de vacunación.
Como en algún momento pasó con la reducción de jornadas o los contratos suspendidos, a raíz de la pandemia.
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Las reglas claras
Laura Navarrete, gerente senior de EY Law y especialista en Derecho Laboral, precisó que lo primero que las empresas deberían revisar son sus políticas internas, ya que de eso va a depender la condición bajo la cual ciertos permisos se pueden otorgar.
“Establecer un plan de roles o días específicos en que se va a otorgar el permiso de vacunación para cada trabajador, va a hacer que primero por buena fe la empresa proteja a sus trabajadores, pero también que no afecte el giro de negocio y puedan continuar operando con normalidad”, dijo Navarrete.
Por otra parte, el socio de Ecija Legal, explicó que si por alguna razón la empresa se negara a otorgar el permiso al trabajador, se estaría en “terreno inexplorado” de cómo un juez o un tribunal podría interpretar la sanción de una persona que está procurando su dosis para evitar los síntomas graves de una enfermedad como la COVID-19.
“Habría que determinar si es razonable y proporcional negarse rotundamente a que el trabajador se vacune. La recomendación sería aplicar el criterio que se utiliza para los permisos de manera general, en el sentido de que la jurisprudencia ha dicho que en la mera solicitud de un permiso ―con o sin goce de salario― no implica su otorgamiento, si no es hasta que el patrono acepte otorgar ese permiso que el trabajador puede o no ausentarse”, explicó Valverde.
“Ya que en caso de no hacerlo, puede ser amonestado, se le puede eventualmente reducir el día de trabajo e inclusive se puede ejecutar un despedido”, añadió.
Quintero de Nassar Abogados, indicó que el patrono tiene la potestad de solicitar el carné de vacunación y cualquier otra certificación (que ojalá indique el tiempo que la persona estuvo fuera) para justificar debidamente el permiso otorgado.
Navarrete destacó que sería “ideal” que los patronos presenten de forma adecuada la información sobre la vacunación y los centros médicos correspondientes a sus trabajadores, con el fin de mantenerlos a tanto del proceso en el país.
Un incentivo más allá
Cristina Cubero, consultora en transformación organizacional, resaltó que actualmente en las organizaciones se están observando dos vertientes: aquellas empresas que deciden brindarle a su trabajador el permiso con o sin goce de salario, y otras que más bien promueven campañas de vacunación.
“En otros países, hay un mayor impulso de parte del Estado y las empresas por aclarar los temas de vacunación. Incluso, han dictado un espacio pagado por ley para que las personas vayan y se vacunen. Cosa que aquí en Costa Rica no es tan visible”, afirmó Cubero.
De hecho, de manera reciente el Ministerio de Trabajo emitió un comunicado, donde le hace un llamado a la buena fe tanto a las personas empleadoras para facilitar el proceso, como a los trabajadores para que utilicen el tiempo otorgado únicamente para la aplicación de la dosis.
“Las facilidades pueden consistir en el otorgamiento de permisos con goce salarial para asistir a la vacunación o bien permisos que contemplen la recuperación de horas laborales de manera que este tiempo no sea considerado como ausencia injustificada ni represente rebajos salariales para las personas trabajadoras”, informó el Ministerio.
Además, Soto de Deloitte, resaltó que el artículo 3 de la Ley Nacional de Vacunación dice que “son obligatorias las vacunaciones contra las enfermedades cuando lo estime necesario la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, que se crea en esta Ley, en coordinación con el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social”.
Y desde marzo de 2021, la vacuna contra la COVID-19 fue incluida en esa lista, mediante el decreto 42889-S.
Recomendaciones para impulsar el proceso de vacunación en las empresas |
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1. Promover tecnología y aplicaciones para la captura de número de personas trabajadoras vacunadas, y con esto generar campañas más especializadas e incluso proyecciones de retorno más seguras. |
2. Crear una campaña de comunicación informativa sobre recordatorios de las localizaciones de los vacunatorios y rangos de edades que se están cubriendo. |
3. Que el área de talento, personal médico de empresa o personas voluntarias puedan generar una red para atender dudas del proceso. |
4. Diseñar una campaña de concientización en cuanto a la protección no solo para la persona, sino para todas los compañeros y compañeras que comparten las instalaciones laborales. |
5. Promover que una “empresa vacunada” es una empresa más segura para todas las personas trabajadoras y que puede activar más rápidamente la selección del entorno laboral: presencial o virtual siguiendo los protocolos. |
6. Generar confianza en el proceso vacunación y analizar los mitos y realidades de las vacunas, beneficios, efectos secundarios, entre otros. |
7. Generar proyecciones de producción y dinámica de trabajo considerando que gran parte de la fuerza laboral recorrerá este proceso en este y los próximos meses. |
8. Tener como centro a la persona y entender que algunas pueden necesitar reposo luego de ser vacunados, por síntomas como fiebre, dolor de cabeza u otros. |
Fuente: Cristina Cubero, consultora en talento y transformación organizacional. |