Este miércoles 14 de abril, el presidente de la República, Carlos Alvarado firmó la ley concursal (21.436), con el objetivo de proteger y facilitar los procesos a los que se someten las personas y empresas en riesgo de quiebra.
La nueva ley viene a actualizar y modernizar su normativa interna, la cual busca la preservación y el salvamento de las actividades económicas productivas.
Esta regulación propiciará un clima mejorado de competitividad empresarial, para brindar mayor seguridad jurídica a la atención de las crisis de los deudores privados, con sistemas claros, costos reducidos y herramientas modernas.
Eventualmente la legislación permitirá rescatar actividades empresariales, mejorar la valoración de bienes y administración de activos, así como liquidaciones expeditas y recuperaciones de créditos en condiciones razonables.
“En un momento donde la actividad económica busca recuperarse tras las afectaciones ocasionadas, como consecuencia de la pandemia por la COVID-19 y donde desde el Gobierno de la República hemos venido y seguimos impulsando diversas medidas que contribuyan a la reactivación de la economía; la Ley Concursal constituye una poderosa herramienta de ayuda al sector privado, al tiempo que colabora en la modernización del Poder Judicial en el tratamiento de un tema tan importante”, dijo Alvarado.
La construcción de esta ley ha contado con el liderazgo del Poder Judicial y el apoyo del Ministerio de Economía, Industria y Comercio; el Colegio de Abogados de Costa Rica; la Corte Suprema de Justicia y otros órganos consultores nacionales e internacionales.
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¿Qué incorpora la normativa?
Dentro de las novedades que incorpora la ley se incluyen:
- El establecimiento de un único proceso concursal para todo tipo de deudores privados, el cual elimina procesos civiles de insolvencia, de administración y reorganización con intervención judicial, de convenio preventivo y de quiebra.
- Incorporación de la resolución alterna de conflictos (RAC) en materia concursal, de modo tal que los interesados puedan llegar a acuerdos para la resolución de sus controversias.
- Faculta la creación de tribunales especializados en materia concursal y autoriza a la Corte Suprema de Justicia para establecer los tribunales especializados necesarios para la tramitación de los procesos.
“El apoyo al parque empresarial y la inversión privada debe traducirse en medidas que implique lograr regulaciones más simples, que conlleve celeridad en la respuesta del Estado y menores costos para todos”, indicó Victoria Hernández, ministra de Economía, Industria y Comercio.
Asimismo, la ley habilita a los Ministerios de Economía, Industria y Comercio; y de Justicia y Paz, para autorizar y regular Centros de Resolución Alterna de Conflictos (RAC), como un instrumento adicional para procurar la paz social y económica aún ante un conflicto de naturaleza concursal.
También, impulsa la simplificación de trámites, el uso de mecanismos tecnológicos, reduce tiempo y costos para los usuarios.
Para la implementación de la norma, se dispone un plazo de seis meses posterior a la publicación.
“Es una ley que tiene por finalidad determinar y ejecutar soluciones justas y funcionales a las crisis patrimoniales de deudores privados, que se vean impedidos del normal cumplimiento de sus obligaciones. Viene a llenar un vacío de legislación específico, estableciendo el marco para procedimientos por medio de soluciones justas y funcionales de acuerdo con las crisis patrimoniales que viven los deudores, sin dejar de lado los derechos de los acreedores”, agregó Salazar.