El Ministerio de Salud autorizó este viernes 24 de diciembre la comercialización de autopruebas como estrategia de detección de la COVID-19. Las empresas interesadas en importar y vender este tipo de pruebas deberán gestionar la solicitud ante la Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de Salud.
“Las autopruebas autorizadas para la comercialización y uso, son aquellas que cuenten con registro sanitario o con una autorización temporal de ingreso del Ministerio de Salud y aplica únicamente a aquellas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS/OPS) o autorizadas por las ‘autoridades reguladoras estrictas para la precalificación de pruebas in vitro’”, comunicó el Ministerio.
Algunos de los requisitos que tienen que cumplir las autopruebas son: tener una sensibilidad igual o mayor a 80% (probabilidad de que el resultado sea positivo si tiene la enfermedad) y una especificidad igual o mayor de 95% (probabilidad de que los resultados sean negativos en caso de no tener la enfermedad).
“La persona que obtenga un resultado positivo de esta prueba debería autoaislarse, de igual forma debería acudir a un servicio de salud para verificar por RT-PCR su resultado, así como para determinar los ordenamientos sanitarios”, recomendó la institución.
Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento vigente para una actividad de venta de este tipo de productos, serán los que puedan comercializar las autopruebas.
Los interesados deben cumplir una serie de lineamientos para obtener la aprobación de importación de este producto. El Ministerio de Salud publicó el documento en su sitio web www.ministeriodesalud.go.cr
En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.