La Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) detuvo la aprobación o desaprobación de concentraciones de empresas desde el pasado 19 de marzo.
Esa decisión se tomó luego de que la entidad se enterara que la Sala Constitucional admitió una acción inconstitucional en la que se impugnan los artículos 12 inciso f, 16, 16 bis, 16 ter y 27 incisos h e i de la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor 7274.
Dichos artículos se refieren a los procedimientos que sigue la Coprocom al tomar decisiones sobre fusiones y adquisiciones en el país.
Todos los acuerdos de compra entre las compañías, que no sean del sector de telecomunicaciones, deben ser analizados y avalados por dicha Comisión. Mientras se analizan los casos, ninguna parte puede finiquitar la adquisición.
Rodolfo Chevez, presidente de la Comisión, confirmó a EF que al enterarse de la apertura de dicho proceso decidieron abstenerse de emitir criterio sobre cualquier caso pendiente, pues no tienen claro si al hacerlo incurren en un desacato a la ley.
“Tenemos discrepancias en cuanto a la interpretación. (…) qué es lo que nos está señalando la Sala Cuarta. Esperamos tener mañana (4 de abril) una conclusión al respecto, no es que dejemos de sesionar solo que no podríamos decidir sobre concentraciones”, agregó Chevez.
No obstante, en un comunicado a partes interesadas y firmado por Yanina Montero, secretaria de Coprocom, se informa que la Comisión no emitirá ninguna resolución final que agote la vía administrativa en aquellos casos que obedezcan a lo dispuesto en los artículos antes mencionados. EF tiene copia de este documento.
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“En aplicación de los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional no puede dictarse resolución final en los procesos o procedimientos relacionados con las normas que se impugnan, mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso”, cita el documento.
Coprocom tiene dos solicitudes de concentraciones con resolución pendiente.
El presidente de la Comisión no indicó cuáles empresas están involucradas, pero mostró su preocupación pues ambos casos están cerca de vencerse y no está seguro si podría aplicarse lo que se conoce como “silencio positivo”.
“Eso quedaría como una especie de precedente, porque dado que no podríamos sesionar, quién sabe qué cantidad de casos irían haciendo fila con las mismas condiciones”, destacó Chevez.
Detalles de la acción de inconstitucionalidad
En el expediente 18-019669-007-CO, del cual EF tiene copia, se solicita declarar inconstitucional la omisión en la Ley 7472 de una norma expresa que garantice el ejercicio del derecho de defensa y el debido proceso para terceros en los casos donde corresponda aprobar concentraciones o fusiones de empresas.
“Al no existir una norma que resguarde ambos derechos, la Comisión para Promover la Competencia deniega la intervención de terceras personas, sean agentes económicos que participan en la misma actividad económica o bien, presuntos consumidores que se sientan perjudicados con dicha aprobación, convirtiendo el procedimiento en una especie de secreto de estado”, cita el expediente.
La acción fue presentada el 6 de diciembre del 2018 por un ciudadano de apellido Zeledón.
Abogados constitucionalistas consultados por EF explicaron que, pese a la admisión por parte de la Sala Constitucional, Coprocom puede ejercer sus labores normalmente. Incluso tendrían la capacidad de llegar casi hasta el final de procesos.
“Podrían seguir sesionando, conocer todos los asuntos, la tramitación, todo lo necesario e incluso podrían tomar una decisión. (…) Tramita todos los casos recibe pruebas, celebra audiencias y deja terminados los procesos esperando la resolución final”, dijo Fabián Volio, abogado constitucionalista de Artavia y Barrantes.
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Por su parte, el constitucionalista Rubén Hernández coincidió en que la Comisión puede laborar normalmente, pero que solo debería abstenerse de resolver apelaciones.
Uno de los casos más recientes que analizó la Comisión fue el acuerdo de venta del Grupo Empresarial de Supermercados (Gessa) -propietario de los formatos Peri, Super Compro y Saretto- por parte de Walmart de México y Centroamérica.
Ese negocio fue desaprobado por Coprocom debido a que consideraba que una de las partes ya tenía poder relativo en el mercado detallista.