Con el objetivo de evitar puntos de contagio del nuevo coronavirus COVID-19, el Gobierno de Costa Rica canceló vía decreto cualquier evento masivo programado.
La medida aplicará por un periodo dos semanas, pero estaría en constante revisión, lo que dependerá del comportamiento del COVID-19 en Costa Rica.
Conciertos, eventos recreativos y partidos de fútbol (estos se realizarán a puertas cerradas) impactan a los organizadores, por los recursos que dejarán de percibir, pero también a las personas que compraron las entradas.
¿Cuáles son sus derechos como consumidor si fue uno de los que compró entradas a los eventos cancelados?
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¿Cómo aplica la devolución?
Si el evento se encuentra dentro del plazo estipulado por el Gobierno de cancelación de actividades masivas o si bien se va a realizar en una fecha en la que al consumidor no le conviene, debe solicitar la devolución del dinero.
Así está establecido en Decreto Ejecutivo N° 37899-MEIC, Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, del artículo 131 al 139.
El artículo 139 indica: “De presentarse una imposibilidad material para realizar el concierto o espectáculo según las condiciones esenciales originalmente informadas, se deberá proceder a la devolución inmediata de la totalidad de lo pagado por el consumidor por el boleto o tiquete de entrada”.
Adicionalmente, el artículo 140 menciona: “en caso de cancelación del concierto o espectáculo, se deberá proceder a la devolución de todo el dinero cancelado por los consumidores por el mismo medio utilizado para su adquisición”.
En caso de que el pago se haya realizado por medio de tarjeta, sea de tarjeta de crédito o débito, el organizador tiene 24 horas para hacer la devolución, anotó Erick Ulate, abogado de la Asociación de Consumidores de Costa Rica.
Si el pago se realizó en efectivo, es necesario que el consumidor contacte al organizador para solicitar la devolución, por medio del número de teléfono o del correo electrónico que se indica en la entrada, sea física o digital.
La misma regulación estipula que el organizador está obligado a darle esos datos al consumidor en la entrada.
El organizador debe indicarle el lugar, fecha y detalles de la devolución al consumidor que pagó la entrada en efectivo.
El consumidor debe contactar directamente al organizador, no entra a jugar ningún intermediario que se utilizó para la compra, por ejemplo una boletería.
Al respecto, “las empresas tiqueteras o plataformas de venta de entradas, deberán suministrar a las entidades que fungen como adquirentes en las transacciones o compras realizadas mediante tarjetas de crédito o débito, toda la información requerida para la efectiva identificación de las transacciones correspondientes al evento cancelado, de manera inmediata”, detalló el comunicado de prensa emitido por el Ministerio de Economía.
¿La suspensión de eventos por dos semanas permite reclamar el dinero de una entrada?
Sí. Cynthia Zapata, directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor del MEIC, aclaró que todos los eventos masivos están suspendidos en los próximos 15 días y esa situación ya le permite a los consumidores reclamar y recibir el dinero por las entradas que pagó.
“Cualquier alteración en la condición contratada, es decir, yo tengo derecho a a que un concierto se realice para el día que lo compré. Cualquier incumplimiento respecto a las características le otorga al consumidor el derecho inmediato a la devolución del dinero. No es un tema que depende del organizador del evento”, indicó Zapata.
La jerarca subrayó que aunque se trata de una medida excepcional de vigilancia de la salud para evitar las cadenas de contagio del nuevo coronavirus, la suspensión de los eventos en las próximas dos semanas activa de forma automática los sistemas de devolución del dinero por parte de las empresas organizadoras.
“Tenemos dos escenarios: en el primero el consumidor pagó su entrada en efectivo en una boletería, en estos casos las personas deben presentarse a esa boletería para pedir el dinero de vuelta. El segundo caso es la devolución de compras hechas por medio de tarjetas de crédito o débito. En ambos casos de deben efectuar las devoluciones de forma automática”, puntualizó Zapata.
¿Qué hacer si no le devuelven el dinero?
Puede ir a presentar la denuncia en la Dirección de Apoyo al Consumidor (DAC).
Tome en cuenta que no deben pasar más de dos meses para presentar la denuncia, sino vence el plazo.
Debe presentar la prueba, es decir, el estado de cuenta que demuestre la compra las entradas, la entrada y/o la factura.
También, debe presentar el correo donde el organizador le indicó que no le iba a devolver el dinero.
Con toda esta información, puede presentar la denuncia en el sitio web de la DAC.
Nota de los redactores: la noticia fue modificada posterior a su publicación para agregar las declaraciones de Cynthia Zapata, directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor del MEIC.