A partir del próximo 1.° de enero de 2025 se reducen los montos que Hacienda exoneraba del Impuesto sobre la Renta y por ello más asalariados, pensionados, profesionales independientes y empresas estarán sujetas a declarar y pagar este tributo.
Como cada año, Hacienda actualiza los tramos con los que se calcula el gravamen de renta con base en el comportamiento de la inflación. La mayor parte del 2024 este indicador se mantuvo en terreno negativo, por lo tanto las tarifas exentas se redujeron.
Este es el segundo año seguido donde se achican las cantidades “a salvo” de pagar el impuesto.
¿Cuáles son los principales cambios que se aplicarán en 2025? Empecemos por los trabajadores asalariados.
Según el Decreto Ejecutivo Nº. 44772-H, para el 2025 el monto libre del gravamen es de ȼ922.000 brutos mensuales (u ȼ11.064.000 anuales), mientras que para el periodo 2024 era de ȼ929.000 al mes y en 2022 era de ȼ941.000. Es decir, en dos años la cantidad no sujeta al tributo se redujo en casi ȼ20.000.
Veamos un par de ejemplos, teniendo en cuenta que si una persona gana ȼ922.000 brutos al mes en 2025 no tendrá que preocuparse por este tema.
Ignacio es un profesional de informática que trabaja en una empresa de desarrollo web y devenga un sueldo mensual bruto de ȼ1.275.000, es decir, sí estará sujeto al primer tramo del impuesto de la renta. Para saber cuánto le tocará pagar se debe hacer el cálculo con base en el salario y la tabla de porcentajes.
De esta manera, se sabe que al rango entre ȼ922.000 y ȼ1.352.000 se les aplica un 10%, entonces la ecuación es la siguiente: se resta el salario (ȼ1.275.000) del monto exonerado (ȼ922.000) y se obtiene como resultado ȼ353.000. A esa cifra se le aplica el porcentaje y da como resultado que Ignacio debería cancelar ȼ35.300 por concepto de renta mensual.
Otro caso es el de Ericka, quien trabaja en el área de finanzas de una multinacional con un salario de ȼ2.200.000 por mes y en este caso a ella le aplicarían dos tramos. El 10% se calcula de la resta entre ȼ1.352.000 y ȼ922.000, –ȼ430.000– por lo que el tributo corresponde a ȼ43.000. Por otro lado, por la diferencia entre ȼ2.200.000 y 1.352.000 –ȼ848.000– se paga el 15%, que corresponde al segundo tracto, es decir, ȼ127.200.
En total, Ericka tendría que reportar ȼ170.200 por concepto de renta mensualmente.
Un punto importante es que en el caso de los trabajadores asalariados, el patrono es el que se encarga de hacer la retención del impuesto sobre el salario, ya que las empresas tienen la responsabilidad de trasladar el tributo al ministerio de Hacienda.
Además, Hacienda también actualizó los créditos fiscales para asalariados que se aplican cuando la persona tiene hijos o cónyuges. Para 2025 se podrán deducir ȼ1.720 por hijo y ȼ2.600 por el cónyuge.
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Pensionados
Para un jubilado se aplican las mismas reglas que para un asalariado, así que veamos el caso de Leonardo, un educador que recibe una pensión mensual de ȼ1.750.000. Esto significa que se le aplican dos tramos.
Por la diferencia entre los ȼ922.000 y ȼ1.352.000 se cancelan ȼ43.000, correspondientes al 10%, mientras que por la resta entre ȼ1.750.000 y ȼ1.352.000 —ȼ398.000— se paga el 15%, o sea, ȼ59.700. De esta forma, en total Leonardo tiene que declarar de renta ȼ102.700 al mes.
Por otro lado, Luisa también es jubilada y recibe ȼ950.000 cada mes, lo cual la ubica en el primer tramo de renta. Entonces corresponde en este caso restar ese monto de la cifra exenta —da como resultado ȼ28.000— y aplicar el 10%. En total el impuesto corresponde a ȼ2.800 de cada pago mensual.
Profesionales independientes
Conocidos también como personas físicas con actividad lucrativa, los trabajadores por servicios profesionales o profesionales independientes, también tienen la obligación de declarar y pagar este tributo. Los tramos van desde el 10% hasta el 25% y también los montos exentos sufrieron una disminución para el próximo año.
En el 2025, los profesionales que devenguen menos de ȼ4.094.000 al año (o ȼ341.166 al mes) no tendrán que preocuparse por la renta. La cifra libre de gravámenes para 2024 era de ȼ4.127.000, es decir, se presenta una disminución de ȼ33.000.
Ahondemos en la fórmula de cálculo con un par de ejemplos.
Juan es un diseñador gráfico que tiene un portafolio de varios clientes que le generan ingresos anuales por ȼ8.950.000, es decir, se ubica en el tramo del 15%. Para determinar el impuesto primero debemos pasar por el primer tracto, que se obtiene al restar ȼ6.115.000 menos ȼ4.094.000, es decir, ȼ2.021.000 y a esa cifra se le aplica el 10% —ȼ202.100—. Luego, para calcular el segundo escalón se restan los ȼ6.115.000 al salario de ȼ8,95 millones , para un total de ȼ2.835.000.
A esa cantidad se le aplica el 15% —ȼ425.250— y para Juan, el total a pagar es de ȼ627.350 por concepto de renta.
Otro caso que se puede dar es el de Karina, la cual es notaria por servicios profesionales y su renta fue de ȼ15.000.000 en el año. En esta oportunidad a Karina le competen tres tramos de impuesto.
Primero se calcula el 10% (como resultado de restar ȼ6.115.000 menos ȼ4.094.000), equivalente a ȼ202.100, luego el 15% (de la diferencia entre ȼ10.200.000 y ȼ6.115.000), que son ȼ612.750 y finalmente el 20% (que salen de la resta ȼ15.000.000 y ȼ10.200.000), es decir, ȼ960.000.
Luego se suman todos los tramos y da como resultado un impuesto de ȼ1.774.850.
Estos trabajadores independientes también tienen derecho a un crédito fiscal que corresponde para 2025 a ȼ20.640 por hijo y ȼ31.200 por el cónyuge. Los montos son anuales.
Llevar la contabilidad en orden es clave para estos profesionales. También se recomienda contar con apoyo profesional para poder aplicar correctamente las deducciones que la ley permite.
Con el objetivo de dar una mano a los profesionales liberales, este año en la Asamblea Legislativa se propuso un proyecto de Ley para subir las cantidades no sujetas a renta. El plan superó el primer debate legislativo, aunque no así el segundo. La idea era subir el monto libre de gravámenes de ȼ4.127.000 (vigente en 2024) a ȼ6.244.000.
El gobierno y los diputados oficialistas se opusieron a la idea puesto que según Hacienda se creaba un hueco de hasta ȼ7.000 millones en la recaudación al aumentar el exento.
La iniciativa aún no se ha votado en segundo debate y es más que probable que no se haga durante el periodo de sesiones extraordinarias. Incluso, el Ejecutivo mencionó que vetaría el proyecto si llegaba al despacho presidencial.
Impacto para las empresas
Por otra parte, en el caso de las empresas también tienen cambios pues ahora se les empezará a cobrar a partir de los ȼ5.642.000 anuales, mientras que este año el monto era de ȼ5.687.000.
Los tramos van desde el 5% hasta el 20% para las empresas cuya renta bruta no supere los ȼ119.629.000, cuando superen esos ingresos, deberán pagar una tarifa del 30%.