Ecuador dio luz verde a la extradición de ecuatorianos requeridos por otros países en el referendo del domingo, con el cual el presidente Daniel Noboa impulsó reformas legales y constitucionales para endurecer su guerra contra el crimen organizado y la violencia narco que asola a la nación.
El Sí se impuso con un 65% de los votos válidos, según un conteo rápido oficial, en la pregunta sobre modificar la Constitución de corte socialista de 2008, que establece que en ningún caso se concederá la extradición de nacionales.
Este es el segundo intento de un gobierno en un año por sacar adelante esta medida.
En febrero de 2023, el exmandatario Guillermo Lasso (2021-2023) propuso una consulta similar que fue rechazada con un 52% de los sufragios.
La jornada electoral estuvo marcada por el asesinato de Damián Parrales, director de la cárcel de la costera Portoviejo (suroeste). El funcionario, quien había asumido el cargo hace cinco días, fue baleado mientras almorzaba con su familia en un restaurante del cercano poblado de Jipijapa, según medios. Además, al final del día las Fuerzas Armadas informaron de un amotinamiento que dejó cuatro presos lesionados en una penitenciaría de la también costera Quevedo (suroeste).
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A continuación las principales claves para entender los alcances de la extradición en Ecuador:
1. ¿Desde cuándo se aplicará?
La entrega de ecuatorianos vinculados con el crimen organizado transnacional es la bandera de lucha de Noboa, de 36 años, y decidido a enfrentar con mano dura las bandas locales asociadas con cárteles colombianos, mexicanos y albaneses.
Convertido en centro de operaciones del narco por su estratégica ubicación en el Pacífico oriental y economía dolarizada, el pequeño país encara su peor crisis de seguridad. La tasa de homicidios escaló de 6 por cada 100.000 habitantes de 2018, al récord de 43 por cada 100.000 del año pasado.
Al triunfar el Sí se modificarán la Constitución y la ley de extradición.
“Desde el día que se proclamen los resultados (del referendo) en el Registro (Diario) Oficial, en Ecuador oficialmente habrá la extradición de ecuatorianos a suelo extranjero”, dijo a la AFP el constitucionalista Ismael Quintana.
Perú y Colombia, vecinos de Ecuador y los mayores productores de cocaína del mundo, permiten la extradición de connacionales.
2. Tipos de extradición
En Ecuador actualmente está vigente la extradición "activa". Es decir, que la justicia puede pedir la entrega de un nacional o extranjero a territorio ecuatoriano para ser procesado.
Con la reforma aprobada se establece “la extradición de ecuatorianos a suelo extranjero, eso en el plano jurídico se llama extradición pasiva”, explicó Quintana.
En adelante, un ecuatoriano que haya cometido un delito en otro país puede ser entregado en caso de ser requerido.
La Constitución de 2008 prohíbe la extradición de connacionales y señala que su juzgamiento se sujetará a las leyes ecuatorianas.
"La extradición que plantea Noboa es una extradición completa", lo que significa que "por cualquier delito un ciudadano ecuatoriano podría ser extraditado", aunque convenios internacionales como los de Caracas y Montevideo "establecen ciertas excepciones", sostuvo el experto.
Para Mauricio López, un empleado privado de 36 años que votó en Quito a favor de la extradición, la medida causará “miedo” entre los delincuentes como mecanismo de persuasión y será “una forma más rigurosa para que se sancione a la gente”, según comentó a la AFP.
3. Los límites
"No se concederá la extradición por delitos políticos y conexos, con la exclusión del terrorismo, los delitos contra la humanidad y otros establecidos en los convenios internacionales", precisa la enmienda autorizada en las urnas.
Quintana señaló que “la extradición tiene algunos límites” establecidos por tratados internacionales.
"No se puede extraditar a alguien que va a ser juzgado para recibir o ser objeto de tratos inhumanos, crueles o penas degradantes", señaló el constitucionalista.
Las normativas internacionales excluyen extradiciones por razones de persecución política, delitos militares o de orden religioso.
Hay otra condición para que proceda la extradición, según el constitucionalista, y es la denominada “doble criminalidad”, que equivale a que el delito por el que se solicita a una persona también debe estar tipificado en la legislación nacional.
Al “conceder una extradición hay que observar los mínimos requisitos que establece la legislación interna y los instrumentos internacionales de los cuales Ecuador es suscriptor”, advirtió.