La Superintendencia General de Valores (Sugeval) ordenó a Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S. A. presentar la solicitud para la autorización de oferta pública y la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. Según el regulador, dicha empresa ofrece productos que tienen carácterísitca de un valor. Específicamente, mencionó que la decisión aplica para los productos MACAB (Ingreso, Capitalizable, Empresarial y Vencimiento) u otros similares ofrecidos por Transcomer.
La orden fue dada a conocer al público este lunes 13 de enero por medio de un comunicado de prensa de Sugeval.
La superintendencia justificó su decisión conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Mercado de Valores y los acuerdos Sugeval 7-06 y 18-16. Según la legislación, un valor se define como “todo derecho de naturaleza patrimonial susceptible de ser transado en el mercado de valores, que tenga por objeto o efecto obtener recursos del público”.
Actualmente Transcomer opera en la Bolsa de Comercio S.A. (Bolcomer), bajo la vigilancia del Banco Central de Costa Rica (BCCR), según lo exige el Código de Comercio y con el Reglamento Operativo y de Funcionamiento de Bolcomer. No obstante, este documento indica en su artículo 5, inciso f), que “no serán bienes negociables en Bolcomer aquellos que estén prohibidos por las leyes o reservados a las bolsas de valores, de conformidad con la Ley Reguladora del Mercado de Valores y en el Reglamento de Oferta Pública de Valores”.
La orden fue por parte de Sugeval fue emitida originalmente el 19 de marzo del 2024, sin embargo, la empresa presentó un recurso de apelación en abril de ese mismo año, el cual fue rechazado por la Superintendencia en mayo. Luego fue elevado al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), entidad que lo declaró sin lugar el 28 de noviembre pasado.
El 2 de diciembre, Transcomer remitió al Conassif una solicitud de adición y aclaración, pero el Consejo la declaró inadmisible el 20 de ese mismo mes, por lo que la empresa ahora tiene dos meses de plazo para acatar lo ordenado por la Sugeval. La fecha límite sería el 24 de febrero del 2025.
“Dentro de las labores de supervisión de la Sugeval, se encuentra la potestad de establecer los criterios conforme a los cuales se precise si una oferta de valores es pública o privada y velar por que sólo puedan realizar oferta pública los sujetos autorizados, ante lo cual Transcomer tiene la oportunidad de regularizarse para cumplir lo establecido en la normativa”, declaró Tomás Soley, superintendente de Sugeval, en el comunicado de prensa.
Luis Guillermo Cardoce es un periodista y productor audiovisual graduado de la Universidad Autónoma de Centroamérica. Tiene experiencia en la cobertura de cine y políticas públicas y actualmente es redactor en El Financiero.
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