Con el fin de simplificar la oferta de pólizas autoexpedibles para que lleguen a una mayor cantidad de población la Superintendencia de General de Seguros (Sugese) puso en marcha el Reglamento sobre Inclusión y Acceso al Seguro.
La iniciativa pretende que el sector ofrezca coberturas, no solo de menor precio, sino también más fáciles de obtener y de entender.
Por ejemplo, la idea es que las personas puedan ingresar a una aplicación móvil y adquirir de manera fácil y rápida un seguro que les brinde cobertura para sus viajes cortos.
Para Sugese, al ser seguros simples esperan tener un auge en las soluciones para individuos, familias y pequeñas y medianas empresas en relación con riesgos de muerte, accidentes y salud, movilidad, patrimonio esencial y actividades específicas como viajes, deportes o estudios.
Los seguros inclusivos son productos autoexpedibles, o sea pólizas de bajo costo, de fácil suscripción y que no requieren exámenes previos a su emisión que se comercializan masivamente con el fin de darle a las personas una cobertura básica ante la ocurrencia de un siniestro.
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Este tipo de póliza pretende abrirle las puertas a una gran porción de la población que nunca ha logrado acceder a un seguro, en esta ocasión mediante un lenguaje sencillo, con un acceso y uso fácil para que las personas puedan estar cubiertas por riesgos específicos.
La nueva normativa está vigente desde el 1º. de setiembre, pero aún debe emitirse el acuerdo sobre los requisitos para presentar el registro este tipo de seguros.
“Esperaríamos emitir el acuerdo al finalizar este mes (octubre). Luego de eso se estima que comenzarán a registrarse los seguros inclusivos bajo esta nueva modalidad”, destacó Soley
Con este tipo de pólizas se abre una mayor gama de beneficios.
Este nuevo modelo de negocio está basado en varias investigaciones de la Sugese que toman como ejemplo otros países donde hay seguros para la movilidad que se pagan conforme se utilizan. De esta manera la persona tiene acceso a una aplicación en el teléfono celular en la que cada vez que sale de su casa define su trayecto vía gps, su medio de transporte y escoge las coberturas.
En el caso de que la persona se transporte en su propio carro, puede escoger coberturas para daños a terceros, a su auto y sus propios gastos médicos en caso de accidente.
La póliza será ‘inteligente’ de manera tal que cuando la persona termina de escoger su medio de transporte, ruta y acompañamientos se le indica el costo de la prima y se cobra a su tarjeta. Si un fin de semana no se movió de la casa o no quiso comprar seguro, no pagará nada.
Actualmente son cinco las aseguradoras que tienen productos autoexpedibles registrados, Adisa, Instituto Nacional de Seguros (INS), Seguros del Magisterio, Mapfre y Panamerican. Sin embargo, desde la Superintendencia esperan que al menos seis más podrían estar interesadas.
En el INS tiene desde el 2008 en el desarrollo de productos autoexpedibles, por lo que con el nuevo reglamento el INS deberá trabajar para adaptar la oferta de seguros a la nueva normativa.
Además ha incluido a más de 70 operadores de autoexpedibles como parte de su red de intermediarios dentro de los que destacan entidades financieras, como bancos, cooperativas y empresas de ventas retail como Ekono, Tiendas Gollo, entre otros.
Desde Adisa aseguran que aunque el seguro lleve poco tiempo en el mercado han formado alianzas estratégicas para la promoción de este producto.
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Por otra parte, los productos previos al nuevo reglamento mantendrán su vigencia pero no podrán seguir siendo comercializados por los canales alternativos en doce meses.
El desarrollo de una aplicación móvil es una recomendación de parte de Sugese, pero estarán a cargo de cada institución de acuerdo a la valoración de las necesidades del mercado meta al que se dirija el seguro.
Asimismo la normativa toma en cuenta la posibilidad que de parte de las aseguradoras se forme una alianza con gasolineras, pequeñas y medianas empresas, pulperías y diferentes comercios que les permitan promocionar y llegar a un mayor porcentaje de la población.
La responsabilidad de la escogencia idónea de los distribuidores y su capacitación recae en la aseguradora, de igual manera podrán vender mediante máquinas expendedoras y cajeros automáticos, por teléfonos celulares, personas físicas como líderes comunales o vendedores de lotería.
Los riesgos del canal deben ser valorados por la aseguradora y esta deberá aplicar las medidas necesarias para que el consumidor no se vea afectado por una omisión o error del canal y si ello llega a ocurrir quién debe responder por los daños será la misma aseguradora.
Debido a la crisis sanitaria, las actividades de la Superintendencia y el Consejo Nacional de Supervisión al Sistema Financiero (Conassif) se enfocaron durante los primeros meses del año a desarrollar las medidas de alivio por la pandemia, lo que implicó que el reglamento se retrasara unos meses.
“Cuando se superó la fase más intensa no se quiso detener esta reglamentación pues se considera que además de apoyar la capacidad de resiliencia y previsión social también puede conformar un instrumento de aporte a la reactivación económica”, comentó Soley.