Es usual que en operaciones crediticias se le pida a la persona que intenta obtener financiamiento que disponga de un fiador. Por eso, también es común que amigos o familiares cercanos se aproximen para pedir ese “favor” a terceras personas, con el objetivo de cumplir con ese requisito.
Sin embargo, aceptar ser fiador no debería ser una decisión que se tome a la ligera.
En palabras sencillas, ser fiador se trata de asumir como propia una deuda ajena. De hecho, la persona fiadora acepta hacerse responsable por el crédito en caso de que el deudor principal no pueda terminar de honrarlo por su propia cuenta.
Ser fiador es contraer un compromiso financiero delicado y existen múltiples implicaciones que deben tomarse en cuenta si se acepta ese papel. No pensar en ello podría tener múltiples consecuencias negativas financieras y hasta personales, como la destrucción de una relación con una persona que se estima.
El parentesco familiar o el nivel de cercanía de la amistad no pueden ser los únicos criterios para aceptar ser fiador, debido a que puede arriesgar su patrimonio si no analiza otras cuestiones que van mucho más allá de la afectividad.
EF le explica qué debe tomar en cuenta antes de dar un “sí” definitivo para tomar el rol de fiador.
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¿Qué es ser “fiador”?
El fiador en una operación crediticia es una persona que acepta asumir la deuda adquirida por otra persona si esta deja de cumplir con dicha obligación en determinado momento.
La única diferencia entre ser deudor y fiador, según explica el Banco Nacional a sus clientes, es que la entidad prestamista exige primero el pago del financiamiento al deudor principal y solo recurre al fiador si el primero incumple con el pago de sus obligaciones, si desaparece o si es imposible aplicarle los embargos suficientes.
En otras palabras, el fiador no es el responsable directo del crédito, pero sí debe responder por ese financiamiento si no queda otra opción de cobro.
“La diferencia entre ser deudor y fiador es que la entidad financiera debe exigir el pago primero al deudor, ya sea por medio embargo de inmuebles u otras formas y, en caso de no lograrlo, recurrir al fiador para recuperar el pago de la deuda”, señala el BNCR en su sitio web.
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Las entidades financieras acostumbran solicitar un fiador precisamente para reducir al máximo el riesgo de que un crédito que otorgan termine en condiciones de impago. Es decir, si la persona que adquirió el préstamo no puede o no quiere pagarlo, el banco o la intermediario financiero tendría una “segunda opción” para reclamar el monto.
El fiador no siempre es necesario en una operación financiera; pero es usual que se pida en créditos de consumo y universitarios. Eso se determina cuando la entidad prestamista realiza su evaluación sobre la capacidad de pago del deudor principal, o en casos en que la persona que solicita el crédito no logra garantizar por su cuenta toda la solvencia que debería.
La decisión
La principal pregunta que tiene que hacerse una persona antes de decidir si acepta ser fiador o no, es si esta persona que le pide ese favor realmente tiene la capacidad financiera para asumir esa responsabilidad.
“Lo que siempre se recomienda cuando una persona va a ser fiadora es que se cerciore qué tan buen pagador es quien le pide ese favor; es decir, que tenga acceso a su récord crediticio, ya sea de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) o el récord de crédito”, explicó el abogado de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), Ernesto Solano.
Otra recomendación es que el fiador (o posible fiador) estudie si la persona que le pide participar del crédito tiene a su nombre los bienes muebles o inmuebles suficientes para responder por el crédito, en caso de que la entidad prestamista deba acudir a ellos por incumplimiento de pagos.
Para facilitar la decisión, en algunos casos, el fiador y el deudor pueden ponerse de acuerdo para suscribir un convenio previo entre ellos.
Dicha posibilidad la establece el artículo 513 del Código de Comercio (ley 3.284), el cual señala que “mediante pacto expreso”, el fiador “puede exigirle al deudor una retribución por la responsabilidad que contrae al dar la garantía”.
Otros criterios como la cercanía con la persona que le pide ayuda, o la percepción que se tenga de ella, también pueden ser importantes a la hora de tomar la decisión de si participar o no como fiador en un crédito. No obstante, estas son cuestiones accesorias, las cuales pueden no ser suficientes para evitar un conflicto en el futuro.
Dicho enfrentamiento puede corresponder al pago del propio crédito, pero también puede surgir por otros problemas adicionales.
Por ejemplo, el fiador de un crédito no solo se puede ver afectado si la persona titular del crédito deja de pagarlo por completo. Si el deudor principal paga tarde o tiene otras complicaciones, el fiador también puede terminar con su historial crediticio “manchado”.
¿Qué puedo hacer si ya soy fiador?
Si ya una persona es fiadora de una operación crediticia, tiene varios derechos sobre esta, como si se tratara del propio cliente principal.
Por ejemplo, el fiador puede solicitar la información referente al financiamiento, así como a recurrir a la entidad prestamista para entender cuestiones específicas del mismo.
Además, explicó Solano, si la persona fiadora termina pagando la deuda, entonces puede constituirse como nuevo acreedor ante la persona que incumplió el pago, según el artículo 515 del Código de Comercio.
Este artículo señala que “el fiador (...) puede exigir del deudor el reembolso del capital, y de los intereses por él satisfechos y los que corran con posterioridad, los gastos judiciales y de cualquier otro orden en que él hubiere incurrido por la falta de cumplimiento”.
“Por eso, se le recomienda al fiador que tenga los comprobantes de los pagos respectivos”, afirmó Solano.
En los estrados, incluso se pueden reclamar dineros por concepto de daños y perjuicios sufridos a la hora de sustituir al deudor principal, añadió el abogado.
No obstante, el proceso para convertirse en nuevo “acreedor” toma tiempo y se tiene que realizar hasta que se termina de honrar todo el crédito. Es decir, el fiador primero tiene que pagar el préstamo y luego puede hacer los reclamos respectivos.
Según Solano, en este trámite, el fiador puede solicitar embargos de dinero o de bienes específicos.
“Eso hace más importante que antes de constituirse como fiador, analice si la persona deudora tiene bienes o no para responder en caso de que tenga que asumir la deuda en algún momento”, concluyó.
A pesar de esta posibilidad de recuperación, la mejor opción es que procure evitar problemas desde un inicio y solo acepte responder por créditos de personas a las que tenga una máxima confianza personal y sobre todo información financiera y de la capacidad de pago con recursos líquidos o activos.
Resolver una deuda en los estrados puede dividir familias o romper conexiones de años.