Una modificación a Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) eliminó el fideicomiso que administraba una parte de los activos del Sistema de Banca para el Desarrollo y que se destinan a préstamos para pequeñas y medianas empresas.
El fideicomiso es administrado en este momento por el Banco de Costa Rica.
Al 28 de febrero de este año, este fondo mantenía recursos para colocar por ¢26.174 millones y un presupuesto aprobado para este año de ¢29.500 millones para el otorgamiento de créditos.
A partir de ahora, queda obsoleto el Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (Finade) y se crea el Fondo Nacional para el Desarrollo (Fonade), que será administrado por el propio SBD.
El Finade reportó un total de activos de ¢176.440 millones al final del 2017. Para diciembre del 2018, el patrimonio era de ¢203.000 millones.
Fue manejado en primera instancia por el Banco Crédito Agrícola (Bancrédito) y luego su administración pasó al Banco de Costa Rica el 13 de setiembre del 2013, cuando se firmó un contrato con el Consejo Rector del Sistema.
Durante la administración del Banco de Costa Rica y con corte al 31 de diciembre, el Finade colocó una cartera de crédito por más de ¢99.000 millones, según datos suministrados por ese banco.
La ley publicada en La Gaceta el pasado 18 de marzo le da un año de plazo al SBD para hacer todos los preparativos necesarios para iniciar con la operación del fondo.
Los recursos de este fideicomiso provenían de otros que existían anteriormente y con ellos se daban financiamiento, avales y servicios no financieros.
En una auditoría realizada por el Área de Fiscalización de Servicios Económicos de la Contraloría General de la República a 166 operaciones de crédito del Fideicomiso, se encontró que en el 92% de los casos se incumplió al menos una condición requerida para su otorgamiento, según informó el periódico La Nación, en noviembre del año pasado.
En ese momento, también se descubrió que en 11% de los créditos se incumplió al menos una de las condiciones financieras relacionadas con tasas, límite máximo de financiamiento, plan de inversión y plazo máximo de financiamiento.
Según explicó Álvaro Camacho de la O, subgerente del BCR, la comisión correspondiente al 2018 que recibió el BCR por el fideicomiso del SDB fue equivalente al 1% de los activos administrados.
“La comisión se calcula con base al patrimonio fideicometido. La valoración es el resultado de 1,25% hasta ¢75.000 millones, y, por encima de ese monto, un 1%”, explicó Camacho.
La regulación contempla un traslado de la administración de los recursos para que ya no sea un banco público el administrador, sino que los recursos se gestionen directamente desde la secretaría técnica del sistema.
SBD paga por la administración del fideicomiso ¢2.200 millones anuales.
LEA MÁS: Video: Así funciona el Sistema de Banca para el Desarrollo
Según explicó Renato Alvarado, presidente del Consejo Rector del SBD y ministro de Agricultura, con la nueva forma de administrar los recursos, se ahorrarían ¢1.400 millones, que serían destinados a apoyar proyectos para los beneficiarios de los recursos del sistema, como financiamiento, apoyo a emprendimientos, o bien, para capacitación, asistencia técnica y promoción de las empresas.
A pesar de que desaparece la figura del fideicomiso, esto no implica un cambio en la forma en que se administran los recursos. Ahora, el SBD se nutrirá del Fonade, el Fondo de Financiamiento para el Desarrollo (Fofide), el Fondo de Crédito para el desarrollo (FCD) y los establecidos en la Ley del Sistema Bancario Nacional.
Al igual que el anterior, se abastece de las recuperaciones de los créditos otorgados, la rentabilidad del Fondo de Crédito para el Desarrollo y del impuesto a la ‘banca de maletín’ creada en la Ley 9.274.
El BCR podrá seguir colocando recursos del Sistema ya que es un operador autorizado y coloca también recursos de Fofide y el FCD.
Gestión de los recursos
La Ley del SBD no establece los mecanismos específicos para la gestión de sus propios recursos. No obstante, establece lineamientos mínimos para niveles de riesgo y endeudamiento del fondo.
Primero, destaca que los recursos del fondo tienen la “garantía solidaria del Estado” para establecer o contratar líneas de crédito.
En cuanto a las políticas de endeudamiento, el Consejo Rector de la secretaría estará facultado para negociar, contratar y ejecutar de forma autónoma los endeudamientos internos y externos de mediano y largo plazo hasta un nivel máximo equivalente a 5,5 veces el patrimonio del Fondo.
El endeudamiento que no se ejecute en cualquier año lo deberán usar en los periodos siguientes, integrándolo al endeudamiento del año correspondiente.
Según la ley publicada, si el Fondo de Crédito tiene una mora consolidada que supere el 5%, no se podrán negociar o contratar nuevos endeudamientos.
Además, indica que la Secretaría Técnica del Sistema trabajará con el Banco Central de Costa Rica para desarrollar los canales digitales que permitan que los sujetos de crédito paguen sus operaciones, a través del Sistema Nacional de Pagos (Sinpe).
Los recursos que forman parte del sistema están exentos de todo tipo de impuestos, según establece la ley y son considerados como parte del encaje mínimo legal.