Cuando una persona enfrenta dificultades económicas y no cuenta con los recursos necesarios para hacerle frente a sus deudas, tiene la opción de declararse en insuficiencia patrimonial. Este paso desencadena un proceso concursal, el cual tiene consecuencias tanto para el deudor como para sus acreedores.
Lo importante que tiene este proceso es que le ofrece al deudor la protección legal y la oportunidad de reorganizar su situación financiera. El objetivo es que de manera transparente enfrente las deudas y proteja los derechos de los acreedores involucrados.
Para llevar a cabo este proceso es importante conocer que la Ley Concursal de Costa Rica (9.957), la cual establece las condiciones para determinar si una persona o empresa está en este tipo de situación, en su artículo 5.
Ernesto Solano, abogado de la de la Oficina del Consumidor Financiero, explicó que el término de “quiebra” ya no se utiliza. Ahora lo correcto es llamarlo insuficiencia patrimonial.
La Ley 9.957 recién se promulgó en abril de 2021; es decir, se trata de una normativa relativamente novedosa para Costa Rica.
Los criterios
Como punto de partida para determinar el estado de insuficiencia patrimonial, se debe entender que es un término que se asigna a una persona o empresa cuando no tiene suficientes bienes para pagar las deudas que adquirió previamente.
Para que exista una declaración de insuficiencia se debe interponer un proceso concursal ante un Juez de la República; aunque las partes (el deudor y sus acreedores) también pueden acudir a un proceso de resolución alterna de conflictos extrajudicial, según recordó Adrián Mora, asesor legal de CS Ahorro y Crédito.
Según la Ley 9.957, los indicios que permiten presumir que el deudor (persona o empresa) está en una situación de insuficiencia son:
- Admita su estado de insuficiencia patrimonial y solicite su propio concurso o inicio del proceso.
- Haya dejado de cumplir dos o más obligaciones vencidas, en perjuicio de acreedores distintos, sin que se evidencien bienes suficientes para responder por su pago.
- Cese su actividad empresarial, o todos sus representantes legales se oculten o ausenten, sin haber adoptado las previsiones necesarias para cumplir puntualmente sus obligaciones.
- Realice actos de disposición patrimonial, que beneficien a uno o varios acreedores o terceros, con los cuales pueda comprometer el pago puntual de sus demás obligaciones.
- Recurra a actos o procesos ruinosos, fraudulentos o ficticios, para obtener recursos económicos o dejar de cumplir sus obligaciones.
- Que concurran otras circunstancias que evidencien su insuficiencia patrimonial.
“Con la nueva entrada en vigor de la nueva ley ya existen esos presupuestos, que van a determinar si una persona tiene una insuficiencia patrimonial”, especificó Solano.
Si bien legalmente ya no se utiliza la frase de estar o caer “en quiebra”, la insuficiencia patrimonial se refiere a esa situación.
“Cuando la persona deudora se declara oficialmente incapaz de cumplir con sus obligaciones financieras mensuales y busca protección legal para reorganizar su deuda o liquidar sus activos se dice que está en quiebra”, explicó Estefany Alfaro, asesora de finanzas personales y economista.
Con la Ley 9.957 se reemplazaron los antiguos procesos de quiebra, acreedores, administración y convenio preventivo. Ahora se aplican procesos de concurso y pequeños concursos, los cuales se aplican a personas físicas no empresarias y a personas empresarias con menos de diez trabajadores y diez acreedores comunes, según lo establece el artículo 61 de la norma.
El proceso de concurso
Cuando una persona se declara con insuficiencia patrimonial en Costa Rica, se inicia un proceso legal que tiene varias implicaciones.
En primer lugar, el deudor obtiene protección contra los cobradores y los procesos judiciales de cobro. Esto le brinda un alivio y permite a la persona en cuestión tomar un respiro financiero.
El deudor también se somete a un proceso de reorganización de sus finanzas. Esto implica trabajar junto a un administrador concursal designado por el tribunal para desarrollar un plan de pago y reestructuración de las deudas. El objetivo es establecer un plan realista que permita al deudor hacer frente a sus obligaciones dentro de sus posibilidades económicas.
Las autoridades revisan que las deudas o la declaración de insuficiencia no estén relacionados con casos de fraude o actos delictivos. Por esta razón, se supedita a una estricta auditoría de los movimientos del deudor.
Si el deudor no está realizando actividades económicas, existen ciertos efectos que se aplican durante el proceso concursal. En primer lugar, el deudor deberá obtener el permiso del interventor para realizar cualquier acción relacionada con los bienes involucrados en el concurso.
El deudor requerirá autorización judicial, además, cuando:
- Pretenda vender bienes inmuebles que no están relacionados con la actividad normal de la empresa o negocio.
- Intente vender activos de cualquier tipo que sean indispensables para la actividad empresarial y económica.
- No llegue a un acuerdo con el interventor con respecto a la realización de cualquier otro acto legal que pueda afectar los objetivos del concurso.
- Busque terminar un contrato que está en proceso de ejecución.
Las consecuencias de un proceso concursal pueden variar, según cada situación particular. No obstante, Alfaro señaló que “es posible que la persona deudora enfrente restricciones financieras como limitaciones en su capacidad de obtener crédito o realizar transacciones importantes”.
“La insolvencia tiene posibles efectos sobre la reputación crediticia que en última instancia afecta la confianza de los prestamistas y proveedores”, comentó.
La persona o empresa insolvente también puede evitar el concurso mediante convenios con sus acreedores, siempre y cuando lleve al día sus libros de contabilidad, no haya sido condenada por delitos contra la propiedad o la fe pública, y no haya sido declarada en concurso o admitida a ese procedimiento en los últimos cinco años.
Las propuestas de convenio presentadas por los deudores, recordó Alfaro, podrán consistir en el perdón parcial de las deudas, el otorgamiento de plazos más amplios para el cumplimiento, un plan de reestructuración empresarial, la refinanciación o readecuación de deudas, la entrega de bienes, la capitalización de activos, el aumentos del capital social, la liquidación patrimonial, cualquier otro tipo de solución lícita o la combinación de ellas.
¿Qué pasa con las deudas? ¿Se “perdonan”?
Cuando una persona presenta un proceso concursal, sus deudas no se “perdonan” automáticamente. Lo que sucede es que se suspenden los procesos de cobro y ejecución de deudas que se hayan iniciado antes del inicio del proceso concursal.
Específicamente, las implicaciones del inicio de este tipo de procesos consisten en:
- Los créditos en moneda extranjera se deben convertir a la moneda nacional.
- No se permiten ajustes legales o indexaciones en los créditos.
- Se suspende el derecho de retención sobre los bienes del deudor.
- Los intereses de las deudas se suspenden a partir del día en que se declara el concurso.
- Los plazos de caducidad y prescripción se suspenden y se interrumpen.
- Las cláusulas de pago automático de créditos quedan sin efecto, lo cual significa que no se deducirán automáticamente los pagos de fuentes de ingresos del deudor.
Los procesos judiciales y extrajudiciales de cobro se detienen temporalmente, pero aquellos trámites adicionales que no están relacionados con el cobro de bienes del deudor continuarán hasta su conclusión final, manifestó Solano.
“Al final, el proceso concursal precisamente lo que busca es que una persona que tenga insuficiencia patrimonial pueda salir adelante y hacerle frente a esas deudas sin perjuicio de quedar en una situación económica difícil. Con la entrada en vigor de esta nueva ley lo que se busca más bien es la conservación y el salvamento de la actividad económica productiva de las empresas y de las personas”.
— Ernesto Solano, abogado de la de la Oficina del Consumidor Financiero.
¿Cómo se recupera un deudor después de esto?
Después de este tipo de procesos, es recomendable que la persona o empresa busque asesoría profesional, para evitar caer nuevamente en una situación similar y para limpiar su historial crediticio.
También, dentro del convenio o si se llega a un acuerdo extrajudicial con las entidades prestamistas, la persona puede comprometerse a recibir educación financiera.
Sin embargo, existen señales evidentes para determinar cuando una persona se dirige a una situación de “quiebra”, las cuales permiten tomar acciones para corregirlo o enfrentarlo.
La falta de liquidez para cubrir necesidades básicas, la incapacidad para pagar deudas mensuales (como préstamos, tarjetas de crédito o facturas), la acumulación de deudas para el pago de obligaciones anteriores, el cierre de cuentas bancarias o la cancelación de tarjetas de crédito, o —en el peor de los casos— el sufrimiento de embargos y demandas son evidencia suficiente para determinar que existen problemas económicos.
También existen alertas tempranas. Usualmente se dice una persona o empresa puede estar ante una situación financiera problemática cuando sus pagos mensuales por endeudamiento superan el 40% o 50% de sus ingresos o bien, cuando su deuda total supera el 30% o el 40% de su patrimonio.
“Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos porcentajes pueden variar según las circunstancias individuales y las metas financieras de cada persona o empresa”, aclaró la economista.