La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica acordó aplicar el Encaje Mínimo Legal (EML) a las cooperativas de ahorro y crédito supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef). Este cambio se dispuso en la sesión del pasado 25 de mayo.
Las cooperativas, a diferencia de otros intermediarios como los bancos, no están obligadas a tener un EML, sino que tienen una reserva de liquidez.
A la fecha, los intermediarios financieros que operan en el país deben trasladar una reserva líquida de sus pasivos (un 15%) a cuentas no remuneradas del Banco Central, esto es lo que se conoce como el EML, sin embargo, las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones solidaristas están exentas de esta figura desde octubre de 1997 y, en cambio, deben mantener una figura llamada reserva de liquidez.
La reserva de liquidez funciona de una manera similar: las cooperativas deben reservar un porcentaje de sus pasivos en colones y dólares (15%) en canales del Banco Central, no obstante, estas entidades pueden hacerlo en instrumentos que sí pagan intereses, a diferencia de los intermediarios encajados.
Al 30 de abril de 2023, las cooperativas de ahorro y crédito mantuvieron Bonos de Estabilización Monetaria (BEM) por ₡429.000 millones. Esos montos representaron el 31,7% del saldo de BEM. Esto tiene un impacto en el déficit financiero del BCCR.
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En ese sentido, la aplicación del encaje mínimo legal a las cooperativas de ahorro y crédito supervisadas implicaría para el Banco Central una reducción en sus gastos financieros.
Las cooperativas estuvieron eximidas del EML porque el Central consideró que el encaje de entidades pequeñas contribuiría poco a la absorción monetaria y encarecería la labor de control monetario. Sin embargo, en los últimos años las cooperativas han crecido en porcentajes importantes. Mientras en diciembre de 1997 el saldo de sus activos representó el 3,5% de los activos totales del sistema financiero nacional, en diciembre de 2022 esa relación alcanzó el 10,7%, según datos del Central.
En mayo de 2022 la Junta Directiva del Central había enviado a consulta pública el encaje a las cooperativas. El entonces presidente del BCCR, Rodrigo Cubero, dijo que este cambio vendría a nivelar las condiciones de competencia entre los diferentes actores de intermediación financiera.
“(En el país) hay muchas cooperativas de ahorro y crédito que han alcanzado un tamaño sistémico, algunas de ella son más grandes que muchos bancos, de manera que ellas tienen una presencia fundamental en el sistema de intermediación financiera y, dado que captan recursos del público y los canalizan vía crédito, no hay ninguna justificación para mantenerlas eximidas del encaje mínimo legal”, comentó Cubero en mayo del 2022.
El encaje se aplicaría de forma gradual a partir de abril del 2024, empezando por un 1,5% hasta llegar al 15% en octubre del 2028. La aplicación se dará de la siguiente manera:
A partir del | Tasa de EML |
---|---|
1.º de abril del 2024 | 1,5% |
1.º de octubre del 2024 | 3% |
1.º de abril del 2025 | 4,5% |
1.º octubre del 2025 | 6% |
1.º abril del 2026 | 7,5% |
1.º octubre del 2026 | 9% |
1.º abril del 2027 | 10,5% |
1.º octubre del 2027 | 12% |
1.º abril del 2028 | 13,5% |
1.º octubre del 2028 | 15% |