El Banco Central de Costa Rica (BCCR) estableció que la tasa máxima que cancelarán los comercios por aceptar pagos con tarjetas bancarias será del 2,50% sobre el valor total de la venta.
Se trata del rebajo de una comisión que pagan los negocios a las entidades adquirientes que les brindan el servicio de datáfono y todo el soporte tecnológico para implementar este sistema.
La tasa máxima para gasolineras, organizaciones benéficas, peajes y servicios de transporte sujetos a las tarifas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), será del 1,50%.
Estas tarifas se conocen como comisión máxima de adquirencia y corresponden a los cobros tope que podrá realizar el proveedor del servicio para la aceptación y el procesamiento de operaciones con dispositivos de pago al comercio.
La comisión porcentual debe incluir todos los cobros acordados en la relación comercial entre el adquirente y el comercio, entre ellos, los pagos netos, descuentos, incentivos o cualquier otro cargo efectuado por el adquirente.
Las tasas máximas fueron publicadas por el BCCR (en su página web) este jueves 24 de setiembre y corresponden a la primera fijación de estas tarifas.
El Central también publicó en el diario oficial La Gaceta el reglamento que normará toda la actividad de este tipo de comisiones en el país.
De acuerdo con La Ley de Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas (9.831), que entró en vigor el pasado 21 de marzo del 2020, es obligación del Banco Central definir las tasas y elaborar el reglamento para implementarlas.
Rodrigo Cubero, presidente del BCCR, considera que la fijación de comisiones máximas busca un adecuado balance entre oferentes y demandantes de los servicios del sistema de tarjetas de pago.
“Se tomó en cuenta la evidencia internacional para países con características similares a Costa Rica, los costos y rentabilidad de proveedores de servicios y afiliados, y el objetivo de seguir profundizando el uso de medios electrónicos de pago”, añadió el jerarca.
Cabe recordar que antes de la aprobación de la ley, las comisiones se definían por acuerdo entre los bancos y la tasa rondaba en 1% para gasolineras, 2% para supermercados y 4% para los comercios restantes. Este modelo encarecía el pago de con tarjetas para los consumidores finales.
La Cámara de Comercio de Costa Rica señaló que el antiguo mecanismo de definición de comisiones permitía que se aplicarán tasas superiores al 4% en algunos casos.
Otros ajustes
El Central también definió en ¢20.000 el cobro máximo por el datáfono y la tecnología de comunicación necesaria para que estos dispositivos operen en los comercios.
Otros de los ajustes, bajo la nueva legislación, es la tasa del 2% a la comisión de intercambio, la que cobra el emisor de la tarjeta al adquiriente (comercio) sobre el monto de la operación de pago realizada por el cliente final (consumidor) por medio de los datáfonos que entrega el mismo banco que emitió el plástico.
Este monto no aplicará para gasolineras y las excepciones antes mencionadas como transportes regulados por Aresep, peajes y organizaciones benéficas.
Carlos Melegatti, director de la División Sistema de Pagos del Banco Central, recordó que el reglamento le da forma al ecosistema de pagos sin contacto y mejora la experiencia del cliente.
“Además, define un conjunto de protecciones financieras y operativas para el tarjetahabiente, delimita responsabilidades para los diferentes actores que intervienen en la transacción de pago, crea las condiciones para que nuevos participantes ofrezcan servicios de valor agregado, y permite disponer de información para la toma de decisiones, entre otras ventajas”, concluyó.
La nueva normativa de comisiones a los pagos con tarjeta buscan que Costa Rica tenga tarifas cercanas a las de otras naciones con sistemas financieros comparables, donde la tasas rondan entre 1,25% y 1,75% para la adquirencia.