Uno de los giros de negocio de once fintech en Costa Rica está en las manos de la Procuraduría General de la República (PGR).
Después de que los entes reguladores no pudieran llegar a un consenso, el Consejo Nacional de Supervisión Financiera Financiera (Conassif), la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y el Banco Central de Costa Rica (BCCR) elevaron a la PGR la responsabilidad de definir qué es captación de dinero con el fin de verificar si hay fintech (empresas de tecnología financiera) en el país que estén haciendo este ejercicio sin estar autorizadas.
Dependiendo de cuál sea la respuesta, este tipo de entidades podrían ser denunciadas ante el Ministerio Público.
Las fintech, por su parte, se defienden con que no hacen intermediación financiera ni captación de recursos y que, además, están debidamente inscritas en las instancias correspondientes según la regulación actual.
¿Qué está en discusión?
La definición de captación de recursos o, más específicamente, si la apertura de cuentas IBAN —lo que este tipo de empresas realiza por medio del Sistema de Nacional de Pagos Electrónicos (Sinpe)— se puede considerar como captación de dinero.
Las fintech que están bajo Sinpe funcionan como monederos electrónicos que, a través de la apertura de cuentas IBAN, administran los recursos de sus clientes, normalmente con fines de traspaso de dinero o métodos de pago.
¿Por qué es un tema de discusión?
Porque el artículo 156 Ley Orgánica del Banco Central obliga a la Superintendencia a velar que en el territorio costarricense no operen entidades que realicen actividades de intermediación financiera, de captación de recursos de terceros u operaciones cambiarias sin autorización.
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Sin embargo, a pesar de que este artículo le da esa responsabilidad a la Sugef, dicha ley no define específicamente qué se entiende por captación de recursos.
¿Cuáles son las fintech que están en discusión?
Se trata de las empresas que están registradas como clientes de Sinpe bajo el título de “proveedoras de pago”. Actualmente, en el país son 11 las fintech que están dentro de esta lista.
Todas ellas se promocionan como medios de pago y traspaso de dinero en línea.
A continuación, la lista oficial de Sinpe:
¿Qué dicen las autoridades?
Para los supervisores, hay fintech registradas en Sinpe que podrían estar incurriendo en captación de dinero sin contar con la autorización para hacerlo.
“Nosotros decimos que legalmente las fintech no pueden hacer captación y lo están haciendo. Necesitamos que nos aclaren la definición para saber si lo que hacen estas empresas está permitido”, le dijo Alberto Dent, presidente del Conassif, al periódico La Nación en una publicación del pasado 10 de mayo.
Rocío Aguilar, superintendenta de Sugef, considera que dicha delimitación conceptual tiene el fin de proteger a los usuarios que utilizan estas pasarelas de pago.
“La responsabilidad del país no es desaparecerlas, no es ahorcarlas (a las fintech), es cómo regularlas de tal manera que quien reciba estos servicios esté protegido (...), ahí no hay seguro depósitos, no hay encaje, no hay nada; ese es tu riesgo”, le dijo Aguilar a El Financiero en marzo del 2023.
Básicamente, las autoridades temen que, en caso de que algunas de estas fintech tambalee o caiga, sean los clientes los que vean en peligro sus recursos.
¿Qué consideran las fintech?
La Asociación Fintech de Centroamérica y el Caribe, a la cual pertenecen cinco de las 11 entidades en Sinpe, considera que ni la Sugef ni el BCCR están legalmente facultados para autorizar a ninguna empresa o persona a realizar “captación de recursos del público.”
Esto lo argumentan con que la legislación costarricense no define qué es la captación de recursos como actividad individual o separada, ni tampoco existe un régimen o procedimiento de autorización para realizarla o sancionarla.
Lo que sí está definido es el concepto de “administración de recursos de terceros”, el cual responde más bien a la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no Autorizado, actividades Conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (número 7786) y que obliga a estas fintech a estar reguladas por Sugef.
El acuerdo 11-08 de la Superintendencia define la administración de recursos de la siguiente manera: “acuerdo, contrato, convenio o cualquier otro negocio jurídico, por el cual una persona física o jurídica, como actividad de negocio, recibe recursos de un tercero, en el entendido que dichos recursos son recibidos, custodiados, girados o traspasados de acuerdo con las instrucciones del dueño de los fondos”.
Actualmente, las 11 entidades en cuestión se encuentran autorizadas dentro de lo que pide dicha ley. De hecho, si no lo estuvieran no podrían operar como clientes de Sinpe por reglamento del Banco Central.
Bajo ese concepto, la Asociación considera que dichas fintech están en línea con lo que expresa la legislación actual.
JPC Solutions, una de las fintech en cuestión, ve con buenos ojos la consulta a la Procuraduría con el fin de aclarar los términos. “Creemos que es necesario aclarar las diferencias de opiniones sobre captación de recursos”, le comunicó la empresa a El Financiero por medio de un correo electrónico.
José Miguel Zamora, abogado y vicepresidente de la Asociación, también está de acuerdo con que haya que definir el concepto de captación de recursos, no obstante lamenta que no haya sido el primer paso que dieran los supervisores.
“Si hubiésemos empezado por ahí y no por el hecho de que ellos (los supervisores) empezaron a disparar contra las fintech que estaban conectadas en Sinpe, diciéndoles: ‘usted está haciendo una actividad para la cual no está autorizado, deje de hacerla’, habría una recepción muy diferente”, dice el representante de la Asociación.
¿A qué se exponen las fintech?
En el primer trimestre del 2022 la Sugef había efectuado una advertencia a las fintech de que si se les encontraba incurriendo en captación de dinero o intervención financiera o cambiaria serían denunciadas ante el Ministerio Público.
La superintendenta Aguilar le ha mencionado en reiteradas ocasiones a El Financiero que su propósito no es ahogar a este tipo de empresas y lo que buscan es, en cambio, dejar claro el perímetro. “Es (saber) hasta dónde llegan y cuáles son las responsabilidades que tienen, si necesitan de una licencia o no para operar, porque hoy lo hacen a la libre. Yo (la Sugef) los superviso exclusivamente para la legitimación (de capitales, ley 7786, artículo 15)”, comentó Aguilar en el primer trimestre del 2023.
Zamora, sin embargo, considera, desde la Asociación, que sí se han sentido ahogados por la Superintendencia y que esta incertidumbre tiene en pausa el crecimiento del sector.
“Esto está impidiendo que llegue mayor inversión y además está impidiendo que las empresas que sí operan puedan hacer nuevos productos. La mayoría de ellas me han dicho: ‘yo tengo el equipo de tecnología parado, no estoy desarrollando nada nuevo porque no sé si voy a tener que dejar de operar o no’”, dice Zamora.
¿Qué proponen las fintech?
Zamora dice que la Asociación le ha presentado a las reguladoras propuestas en materia de seguridad para los depositantes, sin embargo, alega que ni Sugef ni el Conassif estuvieron dispuestos a revisar las iniciativas.
Entre las ideas, el abogado cuenta que la Asociación propuso que las fintech trasladaran el 100% de los recursos de sus clientes a una cuenta central en el BCCR (no a una entidad comercial) y que estas enviaran reportes diarios, semanales o mensuales para que las autoridades pudieran validar que las montos que estaban depositadas en esa cuenta calzaran con los fondos que se les reportaba a los clientes. De esta manera los fondos quedaban resguardados dentro del Central.
Tambien dice que se propuso la creación de una especie de encaje (como el que tienen los bancos), para que alrededor de un 30% de los recursos estuvieran inmovilizados en una cuenta del Banco Central con el fin de proteger al cliente.
Zamora dice que actualmente las cinco fintech miembros de la asociación utilizan una cuenta en el Banco Central para custodiar los fondos, pero también hay otras entidades que tienen alianzas con distintos intermediarios financieros con giros comerciales y que es a través de ellos que también pueden abrir cuentas IBAN para sus clientes.
La tecnología avanza, mas no la regulación
El hecho de que la tecnología crezca a un ritmo más rápido que las leyes es un problema bien sabido incluso por la Superintendencia, la cuál admite que su normativa se ha quedado atrás en el ejercicio de supervisar las fintech.
De hecho, uno de los objetivos de la Sugef en este 2023 era presentar un proyecto de ley para que las pasarelas de pago del sector fintech operen de manera organizada con una licencia.
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“Aquí básicamente lo que se trata es generar el espacio para que las fintech puedan seguir operando en un ambiente de la mayor seguridad posible (...), nos interesa resolver el problema de estos sistemas de pago que están recibiendo dinero del público a través de diferentes instrumentos y por lo menos que entren en regulación”, le dijo la superintendenta a El Financiero en diciembre del 2022.
“Es importante que exista una regulación adaptada a las características de las fintech para garantizar su correcto funcionamiento y proteger a los usuarios”, mencionó JPC Solutions.
Zamora, a título personal, también considera que debería existir un marco regulatorio específico para este tipo de entidades.