El Gobierno anunció un plan de salvamento para los deudores asalariados que enfrentan dificultades para atender sus préstamos, con el objetivo de dotarles de más dinero en sus bolsillos cada mes.
La iniciativa involucra tres frentes: consolidación de deudas, educación financiera, robustecimiento de la información disponible de los deudores y evaluación del esquema de supervisión al sistema financiero.
Esta iniciativa estará a cargo de primera entrada por la banca estatal y el Banco Popular, mediante una directriz del Gobierno, pero a través de un proyecto de ley se pretende abrir el llamado a la banca privada, cooperativas y resto del sistema financiero, explicó Pilar Garrido, ministra de Planificación.
¿Cuáles recursos utilizará la banca estatal para prestar dinero a estos deudores? El Gobierno habilitará el camino para que los bancos públicos puedan solicitar préstamos blandos, sea con organismos multilaterales o no, por ejemplo, emisión de deuda subordinada. “Se busca que tengan recursos frescos, pero no implica riesgos para los bancos”, afirmó Garrido.
El salvamento llega por dos razones: la primera, incentivar el consumo de los hogares en una época de desaceleración económica y la segunda, aliviar las finanzas personales de las personas, explicó el Presidente Carlos Alvarado.
Refundición de deudas
La refundición de deudas está destinada a asalariados que poseen un nivel de endeudamiento mayor al 40% (como proporción de sus ingresos) y consiste en liberar dinero a sus billeteras a través de una consolidación de los préstamos.
Por ejemplo, una persona con una deuda de ¢5 millones con un interés del 20%, paga ¢130.000 al mes, pero con el salvamento del Gobierno pasaría a una tasa del 12% y una cuota mensual de ¢60.000.
La ayuda se brindará únicamente a las personas que cumplan con dos condiciones: un plan de educación financiera de tres años (habrá una multa por incumplimiento) y la no adquisición de nuevas deudas (no podrán hacerlo hasta tanto no amortizar el 50% de las deudas).
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La banca estatal será la encargada de refundir los créditos a quienes quieran optar por este plan, el cual será voluntario.
El deudor con el perfil antes descrito acude al Banco de Costa Rica (BCR) o al Banco Nacional de Costa Rica (BCR) y estas entidades le pagan las deudas que posea tanto en el sistema financiero formal, como en comercios que no (por ejemplo, Gollo o cualquier empresa que posea una cédula jurídica).
De esta forma, el consumidor adquiere un nuevo préstamo con alguno de los bancos estatales, con nuevas condiciones. El nuevo crédito tendrá plazos extendidos de hasta 15 o 20 años y por último, se ofrece una nueva tasa de interés.
La tasa de estos préstamos será Tasa de Referencia interbancaria (TRI) +5,5 puntos (máximo). Este indicador es calculado por la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras.
Según Garrido, ambos bancos estatales acordaron que este indicador y esa tasa era correcto para el manejo de sus riesgos.
El pago de estos préstamos llegará a las arcas de la banca a través de deducciones automáticas al salario de los asalariados. Esto les permitirá mitigar el riesgo, pero para cuidar el flujo de ingresos de los deudores, se estipuló un límite a la porción del salario que puede ser deducido, tomando como fundamento el salario mínimo inembargable estipulado por el Código de Trabajo (¢190.000 correspondientes al salario doméstico).
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El programa de educación financiera será diseñado por el Banco Central de Costa Rica y los bancos estatales serán los encargados de implementarlo con sus clientes.
Una vez incorporado al programa, el deudor recibirá “premios” si se apega al programa a lo largo del tiempo, por ejemplo, una tasa de interés menor, pero si lo abandona, recibirá multas.
Regulación a estudio
Otra medida del Gobierno consiste en mejorar la cantidad y calidad de información que existe en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
Este centro de datos le permite saber a las entidades financieras cuál es el nivel de endeudamiento de las personas y cuál ha sido su desempeño de pago histórico. Sin embargo, su alcance está limitado únicamente a las entidades reguladas por lo que no ingresan casas comerciales que también ofrecen opciones de crédito, como Gollo.
Por lo anterior, se adicionará un artículo 133 bis a la ley 7558. Su objetivo será permitir la creación de una base de datos adicional al CIC que incluya información relevante sobre los créditos otorgados a la población por parte de entidades no supervisadas.
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La insuficiencia de información genera una brecha. El 73,7% de la población tiene acceso a productos financieros de entidades no reguladas, afirman datos del Mideplan.
Una medida adicional es que el Ejecutivo realizará un abordaje con Sugef y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) para conocer cuáles son las mejoras regulatorias.