Opinión de Francisco Salas|Abogado expone cuáles son las limitaciones dadas por ley de alguien que deja de laborar para algún patrono y cuáles son los acuerdos a los que puede llegar en un convenio.
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El Código de Trabajo no establece ningún plazo al patrono para hacer el pago de la liquidación laboral, pero la jurisprudencia ha resuelto que se considera prudencial el tiempo de un mes.