Las personas jurídicas y físicas obligadas deben presentar sus declaraciones e ir a una entidad bancaria para pagar lo que les corresponde.
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Según lo dicho por la Administración Tributaria, al día de hoy está pendiente de implementarse el formulario de declaración de autoliquidación de ganancias de capital para no domiciliados. Se deberá proceder con el pago del impuesto mediante el recibo oficial de pago Formulario D-110.
Los constantes cambios de criterio de la Administración Tributaria en los últimos meses en Costa Rica justifica la necesidad de contar con un órgano garante de los derechos de los contribuyentes.