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Opinión de Alan Thompson | “Según nuestra ley, aunque no se llegue a un acuerdo, el mero intercambio de información entre competidores es ilegal si tiene por objeto o efecto conductas como: fijar precios, restringir la oferta, repartirse mercados, coordinar ofertas en contrataciones públicas o rehusarse a comprar o vender”.


Es posible que posteriormente exista una tendencia a comprar activos estratégicos aislados, o apostarle a un crecimiento local con fuerzas propias, sin pasar por los ojos -quizá recelosos- de las autoridades de la competencia.