Los contribuyentes que tienen deudas tributarias, por ejemplo aquellos que no pagaron el impuesto sobre la renta, tienen el derecho de acercarse al Ministerio de Hacienda para solicitar un fraccionamiento de pago.
El procedimiento consiste en dividir el monto adeudado para realizar pagos mensuales por un periodo máximo de 24 meses, si las autoridades aceptan la solicitud.
Esto significa que la persona física o la empresa tiene más tiempo para hacer el pago del impuesto, la sanción, los intereses y el cargo por mora.
Para conocer qué deben hacer los contribuyentes que tienen deudas con Hacienda EF conversó con Marcelo Guevara, director de la firma Confianz y a Fabio Salas, socio de impuestos de Deloitte.
¿Cuál es el primer paso?
El contribuyente debe buscar en la página del Ministerio de Hacienda un documento llamado Solicitud de Fraccionamiento de Pago, para plantear su situación y pedir un arreglo de pago.
La recomendación es redactar una nota donde el obligado explique su situación, por ejemplo, que atraviesa una situación difícil y no puede asumir el pago. También debe aportar un flujo de efectivo proyectado a 24 meses para evidenciar de manera contable que se atraviesa por una situación complicada, esta proyección debe hacerla un contador público autorizado.
También se debe adjuntar el comprobante de autoliquidación y el pago de la sanción administrativa por morosidad en el pago. En caso de que el contribuyente no pueda cumplir con este requisito el monto se tomará en cuenta como parte de la solicitud de fraccionamiento del pago.
Tributación cataloga las deudas entre aquellas que son superiores a 100 salarios base y las que son inferiores a ese monto. Para este 2021 el salario base es de ¢462.200, lo que significa que las deudas se cateogrizan entre las que son superiores e inferiores a los ¢46,2 millones.
Si la deuda es inferior a ese monto con solo presentar esos requisitos en la plataforma tramitevirtual.hacienda.go.cr (conocida como TRAVI) se puede iniciar el proceso, pero si es mayor es posible que se le solicite una garantía al contribuyente.
La garantía puede ser un compromiso incondicional de pago que emita una empresa o aseguradora bancaria; o bien un aval bancario o fianza solidaria emitida por una institución financiera, según consta en el artículo 182 del Reglamento de Procedimiento Tributario.
También se solicita el pago de una prima que puede ser el total de los intereses o el 20% del monto total que se pide a fraccionar. Es importante tener presente que cuando se da un incumplimiento, Hacienda cobra una multa de medio salario base (¢231.100), 1% por mora por mes o fracción de mes sobre lo dejado de pagar y el pago de intereses que para el 2021 es del 10,31% anual.
Ahora bien, el plazo máximo para pagar la deuda puede ser de 24 meses pero la Administración Tributaria puede determinar un plazo menor que podría ser de 12 o 18 meses, manifestó el socio de impuestos de Deloitte.
Una vez que el contribuyente envía todos los requisitos a la plataforma TRAVI debe darle seguimiento constante, en ocasiones la Administración Tributaria puede tardar en contestar y si este es el caso hay que apersonarse a Hacienda, recomienda el director de la firma Confianz.
La institución tiene un plazo de 10 días hábiles para resolver la solicitud e informar la aprobación o denegatoria al contribuyente, según consta en la página web del ministerio.
Es necesario estar al día con otras obligaciones tributarias
Las personas físicas o empresas que soliciten un fraccionamiento deben de estar al día con otras obligaciones. Por ejemplo, si se solicita un arreglo de pago por el impuesto sobre la renta, el interesado debe estar al día con el impuesto del valor agregado (IVA).
¿En cuáles casos no se puede hacer un arreglo de pago?
La Administración Tributaria define varios casos en los cuales no se puede solicitar un fraccionamiento de pago. Se trata de:
- Las deudas por concepto de timbres, aranceles, contribuciones, tasas o los cánones que son requisitos para la validez de un acto jurídico, o cuando se otorga una concesión o el disfrute de un servicio público.
- Las deudas que son menores a un salario base, que para el 2021 es de ¢462.200.
- Tampoco se puede hacer un arreglo de pago por concepto del impuesto del valor agregado (IVA), por retenciones o percepciones o por cualquier tributo que haya sido cobrado al contribuyente.
El motivo por el que el IVA no es sujeto de un arreglo de pago es un tema jurídico.
Si un contribuyente posee una pizzería y por cada pizza que vendió cobró el 13% del IVA, el obligado ya cobró el impuesto al consumidor y ese porcentaje cobrado no le pertenece porque es dinero del Estado. En caso de no pagar el impuesto, el contribuyente estaría usando fondos que no le corresponden y por eso no se puede llegar a un arreglo de pago, indicó Guevara.
Pagar voluntariamente tiene beneficios
Acercarse a pagar una deuda tributaria de forma voluntaria (sin que llegue una notificación de Hacienda sobre el impago) trae sus beneficios, pues algunas sanciones pueden tener rebajas.
“Desde un punto de vista de recomendación es bueno (pagar de forma voluntaria) porque se ahorra dinero. Si Hacienda me notifica voy perdiendo esa posibilidad de reducción de sanciones”, dijo Guevara.
Si el contribuyente presenta alguna declaración de forma tardía o no la presenta del todo la sanción es de medio salario base (¢231.100). Por lo que deberá de pagar el impuesto, más los intereses moratorios y la multa de medio salario. Si realiza el pago de forma voluntaria puede obtener un descuento del 80% en la sanción, por lo que pagaría ¢46.220.
También hay disminución de las sanciones cuando hay omisión de la presentación de las declaraciones, cuando no se comunican los cambios de la información del contribuyente (por ejemplo si hay un cambio de domicilio), por morosidad en el pago del tributo. Todas estas infracciones son penadas con medio salario base.
Además se contempla una disminución para el pago de la sanción cuando hay incumplimiento en el suministro de información. El artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios pena con un 2% de los ingresos brutos del contribuyente (hasta un tope de 100 salarios base), cuando la Administración Tributaria requiera información y el contribuyente no conteste.
Las sanciones que no tienen posibilidad de disminución son aquellas que presentan inconsistencias o errores para pagar menos impuestos, dijo Salas. En este caso la sanción puede ser del 50%, 100% o 150% sobre el impuesto dejado de pagar.
¿Qué pasa si no se paga la deuda?
En caso de que el contribuyente no busque pagar la deuda de manera voluntaria, el Ministerio de Hacienda inicia el proceso de cobro. Una vez que se inicie el proceso se envía un mensaje o una notificación al contribuyente para recordarle que tiene pendiente el pago.
Si llega una notificación se le da 15 días de plazo para pagar, de lo contrario se procedería con medidas más pesadas como lo es un cobro judicial. Si no hay pago, se traslada el caso a instancias judiciales para solicitar el embargo de las cuentas y los bienes del deudor.
La última etapa consiste en el remate de los bienes por parte de un juez. Si el contribuyente pasa a esta etapa además de pagar la sanción, deberá desembolsar los honorarios profesionales que es un 10% del monto total.