Economía y Política

Sobre la amnistía

Columna Tributaria

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La amnistía tributaria establecida en el transitorio VI de la Ley de Fortalecimiento para las Finanzas Públicas establece la posibilidad de que las empresas paguen los impuestos –administrados por la Dirección General de Tributación, de Aduanas, el Instituto Nacional de Desarrollo Rural, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal y del Instituto Mixto de Ayuda Social–, para las deudas generadas en periodos anteriores al 1 de octubre de 2017, con exoneración total de intereses y con reducción de sanciones.








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