El impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, popularmente conocido como el impuesto a las casas de lujo, se debe declarar y cancelar durante los primeros 15 días del año.
Es decir, de su fecha límite ya pasaron 13 días, y posiblemente haya casos de personas que pasaron ese día por alto.
Si usted es uno de esos, EF acudió a Priscilla Piedra, socia de Impuesto y Servicios Legales de Deloitte, y a Francisco Villalobos, socio de ICS y exdirector de Tributación, para conocer qué pasos debe seguir.
¿Quiénes lo pagan?
En primer lugar, es importante recordar quiénes son los sujetos de pago de este tributo.
Se trata de un impuesto que deben pagar todas aquellas personas que tengan casas de habitación o recreo, cuyo valor de construcción supere los ¢137 millones.
Se cancela de forma anual y cada tres años se debe presentar la declaración que actualiza el valor de las propiedades, cuyo plazo también son las primeras dos semanas del año, cuando corresponda.
¿Qué debo hacer si no cancelé el impuesto solidario a tiempo?
El procedimiento es el regular.
El pago puede realizarlo a través de las entidades financieras que tienen convenio con el Ministerio de Hacienda. Al colocar el número de cédula jurídica o cédula de persona física y seleccionando el concepto de “Impuesto Solidario”, se desplegará el monto adeudado.
En el caso de que se requiera realizar la declaración, esta se hace a través de la plataforma ATV. Allí se debe primero registrar la finca en el apartado denominado “Bienes Inmuebles”.
Una vez que se tenga registrada, la declaración se presenta a través del sistema que la Administración Tributaria ha dispuesto para ese fin.
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¿Hay sanciones?
El pago tardío genera la aplicación de intereses y sanciones.
Si no se realizó el pago del impuesto dentro del plazo, ya se es acreedor de una sanción por presentación tardía por un valor del 50% del salario base (¢231.100).
Esta sanción aplica porque este año los contribuyentes de este impuesto debieron haber presentado la declaración de valor del inmueble, puntualizó Villalobos.
El aspecto positivo es que si se presenta la declaración y se paga esta sanción, se aplica una reducción automática de la sanción de un 80%, por lo que bajaría a ¢46.220.
En el caso de los intereses, estos se calculan desde el día que se debió cancelar el impuesto hasta su efectivo pago, el cual es de un 1% del monto no cancelado por cada mes o fracción de mes transcurrido.
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Si una persona debió declarar y pagar el impuesto y no lo hace, no solo se expone a las sanciones mencionadas, sino también a otro castigo que se calcula en cada caso específico, pero que podría ser al menos de un 50% del impuesto dejado de pagar.
Adicionalmente los contribuyentes de este impuesto que se encuentren morosos no podrán contratar con el Estado o cualquier institución pública y las deudas derivadas de este impuesto constituirán hipoteca legal preferente.