El Gobierno de la República impulsa un nuevo proceso de referéndum en Costa Rica. Este 5 de junio el mandatario presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa para realizar una consulta popular sobre temas clave para el Ejecutivo, tal como adelantó en su discurso del 2 de mayo.
En esa ocasión el mandatario enumeró varias iniciativas que pretende llevar a consulta popular si no se logran avances significativos en su trámite legislativo. El listado, que es preliminar y no definitivo, incluye la venta de activos del Estado, las jornadas flexibles 4x3 y las modificaciones legales a las que el Ejecutivo aspira para construir Ciudad Gobierno.
La intención de impulsar un referendo ya había quedado patente en declaraciones del propio presidente. En una reciente entrevista con Multimedios, publicada el 30 de abril, Chaves afirmó desear que los diputados se “alineen” con los intereses del Ejecutivo, pero que, en caso contrario, llamaría a un referéndum.
“El país no los necesita”, manifestó, “el pueblo tiene mecanismos con los que se les puede apartar y yo no los estoy amenazando, (pero) si siguen así, yo voy a llamar a un referéndum con 12 o 15 leyes”.
Hasta ahora, el país solo registra un antecedente de este tipo de votaciones, el cual ocurrió en 2007, cuando la ciudadanía votó a favor del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos. Ese proceso se desarrolló rápidamente, y con la participación de casi un 60% de la población.
¿Cómo funcionan este tipo de procesos de votación popular en Costa Rica, cuáles temas pueden incluirse en ellos y qué tan probable es que el actual Poder Ejecutivo lleve uno a la práctica? EF revisó la legislación y le explica.
Paso a paso
¿Qué es un referéndum?
Un referéndum o referendo es un proceso democrático mediante el cual se somete a votación nacional un proyecto de ley o una reforma parcial a la Constitución Política. En palabras más sencillas, se trata de un proceso electoral en el cual la ciudadanía asume las funciones que usualmente recaen en la Asamblea Legislativa, la cual actúa en su representación.
Este tipo de votaciones existe en múltiples democracias del mundo y en Costa Rica quedó establecida formalmente desde los años 2000. Para ello, primero se tuvo que reformar el artículo 105 de la Constitución Política en 2002 y luego se promulgó la Ley de Regulación del Referéndum (8.492) en marzo de 2006.
¿Cuáles materias se pueden someter a referéndum?
El artículo 105 de la Constitución Política costarricense establece que el pueblo podrá “aprobar o derogar leyes y reformas parciales de la Constitución”, con excepción de aquellos que traten nueve materias restringidas.
Ellas son las cuestiones:
-Presupuestarias
-Tributarias
-Fiscales
-Monetarias
-Crediticias
-De pensiones
-De seguridad
-Aprobación de empréstitos y contratos
-Actos administrativos
Además, la Sala Constitucional rechazó la aplicación de este tipo de procedimientos sobre temas relacionadas con los derechos de poblaciones minoritarias. Por este motivo incluso se llegó a impedir la recolección de firmas para llevar a votación nacional una propuesta sobre uniones civiles de parejas homosexuales en el año 2010.
¿Quiénes (y cómo) pueden convocar un referéndum?
Los referendos pueden ser convocados por tres vías:
Por iniciativa ciudadana, cuando al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral otorgan su firma.
Por iniciativa del Poder Legislativo, cuando lo aprueban dos terceras partes del Congreso; es decir, 38 de los 57 diputados posibles.
Por iniciativa del Poder Ejecutivo, cuando este emite un decreto al respecto y luego recibe el respaldo de al menos la mayoría absoluta de los diputados; es decir, 29 de los 57 posibles.
En todos los casos, el TSE puede remitir el proyecto de ley a la Sala Constitucional para su debido control de constitucionalidad, según la legislación vigente.
Cualquier persona interesada en levantar una recolección de firmas puede solicitar al TSE la autorización. A partir de ella, empieza un período de nueve meses para dicho proceso (prorrogable por un mes adicional) y el Tribunal luego dispone de hasta 30 días hábiles para revisarlas y para verificar su autenticidad.
¿Hay antecedentes de referéndums en Costa Rica?
Desde que se aprobaron las reformas legales de 2002 y 2006, Costa Rica solo tiene el antecedente de un referéndum: la votación para determinar si el país adoptaba o no el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos.
Dicho proceso ocurrió el 7 de octubre de 2007 y ganó el “sí” con un 52% de los votos, sobre el “no”, que obtuvo el 48% restante. Fue una votación histórica, en la que participó poco menos de 60% del padrón y cuya discusión previa dividió al país por varios meses.
Para que los resultados de un referéndum sean vinculantes en Costa Rica, la participación mínima debe de ser el 30% en temas de legislación ordinaria y 40% en asuntos que requieran la aprobación legislativa por mayoría calificada. Este último sería el caso del proyecto para la venta del Banco de Costa Rica (BCR), que pretende el Ejecutivo en la actualidad.
¿Cómo se vota en un referéndum?
Según establece la ley, la decisión del votante se debe expresar como “sí” o como “no” en relación con el proyecto de ley consultado.
En 2007, por ejemplo, la papeleta preguntaba: “¿Aprueba usted el Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica-Estados Unidos?”; es decir, una pregunta que solo se podía responder afirmativa o negativamente.
Cuando un proyecto de ley es aprobado por la vía del referéndum se convierte en Ley de la República de forma casi inmediata.
Según la normativa vigente, la votación surtirá efectos desde el día en que dicha norma lo designe o, en su defecto, diez días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
Intención polémica
La intención del presidente de avanzar en múltiples proyectos de ley dejando de lado la Asamblea Legislativa ya ha generado el rechazo por parte de múltiples diputados, principalmente en las bancadas del Partido Liberación Nacional (PLN) y del Frente Amplio (FA).
También fue uno de los principales motivos que impulsaron a los legisladores Vanessa Castro y Carlos Felipe García, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), a descartar cualquier posible alianza con los legisladores de gobierno para este 1.° de mayo y a dar su votos para la reelección del liberacionista Rodrigo Arias como presidente legislativo, según ellos mismos contaron.
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Tras resultar elegido como jerarca del Congreso, este miércoles, Arias señaló que el parlamento “no puede bajar la guardia cuando se alzan voces desde posiciones de poder, que ponen en entredicho el valor de nuestro Estado de derecho” y además señaló que la Asamblea “tiene que estar alerta para que se cumplan todas las normas de nuestra Constitución y las leyes que nos exigen cumplir”.
Este panorama de oposición hace muy difícil que el Gobierno pueda impulsar un referéndum por la vía ejecutiva. Sin embargo, la diputada Pilar Cisneros ya avisó de que en Zapote también se plantean la opción de impulsar una recolección de firmas si es necesario sortear al Congreso.
“No tiene que ser vital el apoyo del Congreso”, indicó a Radio Monumental. “Nosotros hemos esperado pacientemente dos años para avanzar con una serie de proyectos de ley que no avanza por intereses pequeños, estrechos o mezquinos de algunas fracciones; entonces, si el Congreso no quiere ayudar al Gobierno, diay, el pueblo yo estoy seguro de que sí lo va a querer ayudar”.
La legalidad de que el Ejecutivo impulse un referéndum por esta vía, en lugar del procedimiento hecho para él específicamente, es una cuestión que tendrían que analizar las autoridades electorales. Sin embargo, más allá de eso, la administración Chaves tendría que actuar rápidamente, pues le queda poco tiempo.
Este tipo de votaciones nacionales no se pueden desarrollar durante los seis meses previos ni durante los seis meses posteriores a las elecciones presidenciales nacionales, las cuales ocurrirían el próximo 1.° de febrero de 2026. Esto da un margen de solo un año y tres meses al actual gobierno.
El camino para el referéndum de 2007 fue relativamente rápido. Los diputados aprobaron la solicitud del gobierno del presidente Óscar Arias el 23 de abril de 2007, solo cinco meses y pocos días antes de que se terminó realizando esa votación. Sin embargo, en aquel entonces el partido de gobierno (el PLN) tenía una presencia mucho mayor en la Asamblea Legislativa y únicamente se planteó a discusión un proyecto de ley, no varios.
El Gobierno de la República mantiene actualmente una relación tensa con múltiples diputados de oposición (aunque no con todos, pues algunas fracciones como la de Nueva República le son más afines) y con entes reguladores como la Contraloría General de la República. A los primeros, el presidente Chaves les recrimina por no respaldar sus iniciativas; a la segunda, porque supuestamente entorpece trámites gubernamentales a partir de “leguleyadas” e interpretaciones “antojadizas”.