No pagar las anualidades a los empleados públicos correspondientes a los periodos 2021 y 2022 le permitiría al Gobierno acceder a ¢67.000 millones para redirigirlos a la atención de la emergencia provocada por el coronavirus.
Pilar Garrido, ministra de Planificación y coordinadora del equipo económico, presentó, la tarde de este miércoles, un texto sustitutivo al proyecto de Adición de un transitorio único a la Ley de salarios de la administración pública (21.917).
La nueva iniciativa busca disipar las dudas de los diputados tras la primera versión del expediente enviada por el Ejecutivo al Congreso el pasado 7 de abril.
El texto sustitutivo explica que no se pagará la anualidad a los trabajadores públicos para los periodos 2021 y 2022. En esos años se realizará la evaluación de desempeño de los funcionarios, pero no creará “ningún efecto pecuniario”.
El impago de este plus salarial a los trabajadores del Gobierno Central generaría ¢44.000 millones, mientras que para los empleados de las instituciones autónomas el ahorro sería de ¢23.000 millones.
“El Consejo Económico también ha propuesto acciones para disminuir el gasto público y resguardar las finanzas públicas, tales como el proyecto de suspensión del pago de la anualidad, el cual será una medida temporal y extraordinaria, en virtud de la emergencia nacional”, apuntó Garrido en un comunicado.
El primer proyecto enviado a la Asamblea Legislativa, el 7 de abril, despertó inquietudes en algunos diputados quienes exigieron al Ejecutivo mayor claridad en las cifras de los recursos que podría generar la medida.
Esa primera versión pretendía no pagar el aumento a la anualidad del 2019 que se deposita en el 2020, se establecía como una acción extraordinaria que se aplicaría por una única vez y excluía a los empleados del Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y los cuerpos policiales.
El nuevo texto elimina esa excepciones, por lo que, en caso de ser aprobado, se aplicaría para todos los trabajadores estatales.
¿Medida inconstitucional?
Sobre las dudas que rodean este controvertido proyecto de ley, EF consultó Esteban Alfaro, abogado especializado en derecho constitucional y administrativo.
Con el cambio que hizo el Gobierno, al dejar intacta la anualidad del 2019 que se pagará este año, no se violenta ningún derecho adquirido para un trabajador y, por ende, el nuevo texto no es inconstitucional.
“Un derecho adquirido se da cuando a un funcionario público le aplican la evaluación de desempeño y le notifican el resultado. En ese momento el trabajador ya cuenta con ese plus porque recibió la comunicación. Mientras que se da una situación jurídica consolidada cuando recibe el pago y tiene el dinero en su cuenta bancaria”, detalló Alfaro.
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A criterio del jurista, este proyecto no violenta ningún derecho adquirido porque las evaluaciones de desempeño del 2020 (que se pagarán en 2021) y del 2021 (que se desembolsarían en 2022) todavía no se realizan.
“Cualquier cambio por medio de una ley de la República en una situación a futuro no generaría ningún roce de constitucionalidad", comentó el abogado.
Alonso López, abogado constitucionalista de la firma Ecija, recordó que la anualidad no es un derecho adquirido per se, de acuerdo con resoluciones de la Sala Constitucional.
“Se indica en la jurisprudencia constitucional que existe la posibilidad de que la anualidad sea sujeta a modificación en reformas posteriores. Sí se podría pensar que existe un vicio de constitucionalidad si se realiza esa suspensión sólo a una parte del sector público, pero sería desde el plano de la discriminación y la violación al principio de igualdad”, añadió López.
Aunque en este caso el Ejecutivo propone aplicar el impago del plus a todos los funcionarios públicos, por lo que no se presentaría ningún vicio relacionado con discriminación.
Para Paola Gutiérrez, abogada especialista en derecho laboral de la firma Caoba Legal, tampoco existen problemas legales con esta segunda versión del proyecto.
“Con el ajuste que el Gobierno acaba de proponer se elimina el riesgo de afectar situaciones jurídicas consolidadas que podrían haberse presentado si se hubiera aplicado para el pago que se tiene previsto este año y que corresponde a la evaluación del 2019”, zanjó la jurista.
El dinero de las anualidades del 2020 y 2021 de las instituciones autónomas se trasladaría a las arca de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), mientras que los recursos de las entidades del Gobierno Central se utilizarían para generar “espacio presupuestario” por la caída en la recaudación de impuestos.