Economía y Política

Leyes Lázaro en Costa Rica permiten revivir sociedades disueltas por impago del impuesto a personas jurídicas

Las sociedades en “coma jurídico”, por no pagar el tributo que estuvo al cobro del 2017 al 2021, podrán cancelar la totalidad del monto, sin multas ni intereses, hasta el 15 de diciembre de 2022

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Una reforma al transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas (9.428): Ley 10.220 y la nueva Ley de Reinscripción de Sociedades Disueltas (10.255) permitirán revivir la operatividad de las sociedades disueltas por morosidad en el pago del tributo a las personas jurídicas, así como por vencimiento del plazo.








Nicole Pérez

Nicole Pérez

Periodista de El Financiero y excolaboradora del proyecto #NoComaCuento de La Nación.

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