Este año entró en vigor la Ley de Protección al Inversionista Minoritario N° 9392, que adicionó el artículo 32 al Código de Comercio, el cual obliga a las empresas, sociedades y otras figuras comerciales, a adoptar políticas de gobierno corporativo y aprobarlas por sus órganos directores.
Según el “Estado de Situación de las pymes en Costa Rica 2015” emitido por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), existen 29.068 pymes de las cuales, un 70,1% corresponden a microempresas, un 13,8% a pequeña empresa y un 16,1% a mediana empresa.
Cabe preguntarse, si la reforma legal puede crear una oportunidad para las pymes organizadas mediante una entidad societaria o similar.
Antes de responder lo anterior, se debe entender qué son las políticas de gobierno corporativo. Estas tienen su origen a inicios de la década de 1990 en países como Estados Unidos, Canadá y Reino Unido, cuando los estados, corporaciones e inversionistas, notan la necesidad en las empresas cotizadas, de informar a los accionistas minoritarios sobre cómo operan y se toman las decisiones de inversión. Necesidad que se acentúo con las crisis financieras mundiales de los años siguientes.
Las políticas de gobierno corporativo son los mejores principios, normas y prácticas para la dirección, operación y control de las empresas y van dirigidas a aumentar su eficiencia, transparencia y permanencia en el tiempo.
No son monolíticas y por el contrario, deben ser flexibles, evolutivas y dinámicas. Una buena política debe poder ser transformada en una mejor y así sucesivamente.
Su finalidad es ordenadora, pues ayudan a que se utilice el capital eficientemente, regulan el funcionamiento de los órganos internos, responsabilizan a la empresa sobre su participación en el mercado, aseguran el trato equitativo a los socios, regulan las remuneraciones de los directores y los conflictos de interés, fortalecen la confianza de los inversionistas y facilitan la atracción de capitales y financiamientos.
Adicionalmente, han procurado lograr una mayor ética y transparencia empresarial, así como concientizar sobre su impacto en los intereses sociales, comunitarios y ambientales.
Específicamente, se han enfocado en los siguientes aspectos:
• Fortalecer el derecho de información de los accionistas sobre la operación de la compañía, las transacciones ordinarias y extraordinarias, los grupos de control, la participación activa en las asambleas sobre agenda, voto, elección de miembros, modificación de estatutos y participación en las utilidades.
• Garantizar el tratamiento equitativo de los socios, sean mayoritarios, minoritarios o extranjeros.
• Regular la interacción con los grupos de interés como empleados, proveedores, acreedores, entes regulatorios, inversionistas, clientes y comunidad local.
• Lograr una comunicación efectiva y transparente sobre el plan estratégico, la información financiera, los riesgos, la participación de grupos de control, la actuación de los consejos directivos y sus planes de compensación.
• Permitir a los directores tener información para mejorar la operación empresarial, con planes de sucesión y control de conflictos de interés.
Poner en práctica las políticas de gobierno corporativo en las pymes costarricenses es difícil porque se alejan muchísimo de las sociedades cotizadas para las cuales inicialmente fueron creadas.
Las pymes carecen de fuentes de financiamiento, tienen estructuras administrativas simples que concentran los procesos de toma de decisiones, existen roles y funciones que no están bien definidos, hay familiaridad o afinidad entre los socios y administradores, conflictúan los intereses personales con los empresariales y hay resistencia al cambio.
No obstante, aún con este panorama, la respuesta a la pregunta planteada, es que este cambio legislativo podría ser una oportunidad para las pymes nacionales que quieran y sepan aprovecharlo. Algunas ideas de cómo hacerlo se presentan a continuación:
• Toda pyme que busque crecer y que no opere mediante una estructura societaria, debe migrar a ella. Esto mejorará la percepción exterior y ayudará a forjar una reputación empresarial.
• Debe haber sensibilidad en los dueños de pymes sobre la necesidad de crear, independientemente de su tamaño, políticas de buen gobierno corporativo y plasmarlas en sus planes estratégicos. Esto no quiere decir que deban tener planes de negocios formales, pero sí, conocer su misión, visión y objetivos organizacionales.
• Crear estructuras administrativas claras y definidas, en que los procesos de toma de decisiones no estén concentrados, sean informales y desarticulados. Esto mejorará la objetividad y la eficiencia empresarial.
• Erradicar el conflicto de interés y separar los problemas personales de los socios, familiares y allegados con los objetivos estratégicos de la empresa.
• Aspirar a la profesionalización y/o capacitación constante de los directores para asegurar el liderazgo, experiencia y competencias para cumplir los objetivos empresariales.
• Crear organigramas sencillos que permitan a los directores y colaboradores entender su rol en la compañía.
• Educar a los socios sobre el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
• Transformar las asambleas de socios en reuniones de trabajo en pro de la compañía.
• Crear políticas que fomenten la capacitación, remuneración y contratación del personal con base en parámetros objetivos y no subjetivos como el parentesco o la afinidad.
• Fomentar la existencia de personas externas que controlen la gestión y retroalimentación empresarial, mediante la participación en reuniones o elaboración de estudios.
La Ley N° 9392 establece obligaciones, que, consideradas aisladamente, podrían ser una carga más para las pymes costarricenses.
No obstante, con un entendimiento adecuado, podría convertirse en un punto de inicio para mejorar la forma de hacer empresa en Costa Rica.