El Registro Nacional concluyó el 17 de octubre el proceso de verificación de la información catastral existente de los bienes inmuebles en el cantón central de San José, por medio de una exposición pública. Pero ¿qué pasa si los datos no son correctos?.
En caso de que los propietarios, poseedores o representantes legales de bienes inmuebles no estén conformes con la información que detalla el mapa catastral, pueden realizar un reclamo formal. Los interesados en hacer la gestión tienen un plazo de 15 días hábiles a partir del 18 de octubre (día siguiente del cierre de la exposición pública).
De acuerdo con Mercedes Sancho, experta en derecho inmobiliario de la firma Ecija Legal, en términos de bienes raíces el error en la información catastral “se da por una diferencia de cabida o medida entre lo que establece el Registro Nacional y lo que establece el departamento de Catastro Nacional. Ello implica que la persona afectada debe corregir esa diferencia”.
Los errores catastrales pueden ser materiales o conceptuales. Incluso existe la posibilidad de que se le haya asignado un plano incorrecto al inmueble.
En la rectificación de la información se puede aumentar o disminuir la medida del bien.
¿Quién puede solicitar la rectificación?
Quienes pueden realizar el reclamo formal son: propietario, poseedor, el concesionario inscrito o representante legal probado (si el titular formal no está presente) de cada propiedad según corresponda.
Información necesaria para presentar el reclamo
Según el Registro Nacional, el documento del reclamo formal debe contener la siguiente información:
- Escrito firmado por quien sea propietario o representante legal debidamente acreditado por medio del cual exponga las razones técnicas y jurídicas en las cuales sustenta su reclamo, conforme los artículos 19 y 20 de la Ley de Catastro Nacional (6.545). El escrito tiene que ser dirigido y presentado a la Subdirección Catastral del Registro Inmobiliario.
- Indicar el número de finca. Si tiene plano incluir el número de plano.
- Indicar el motivo del reclamo señalando porque considera que debe ajustarse la propiedad en el mapa catastral.
- Incluir cualquier otra información para justificar el reclamo.
- Indicar dirección detallada para recibir notificaciones.
La experta en derecho inmobiliario de la firma Ecija Legal, Mercedes Sancho, indicó que es necesario “presentar todos los documentos pertinentes que en conjunto prueben que existe inconsistencia: planos catastrados, levantamientos topográficos, estudios registrales, una captura de pantalla que muestre la inconsistencia en el Sistema de Información del Registro Inmobiliario (SIRI), entre otros”.
¿En qué formato se presenta el reclamo formal?
No es necesario acudir al Registro para presentar el reclamo, ya que si cuenta con firma digital puede enviar los documentos al correo electrónico secretariaBienesInmuebles@rnp.go.cr .
Si el interesado no cuenta con firma digital, puede presentar el escrito a mano. En caso de que el propietario no pueda hacer el reclamo de manera presencial ni por correo electrónico, debe asignar a una persona que lo represente y el reclamo debe ir con la autenticación de un abogado.
Lo que pasa después del reclamo
El Registro Nacional tiene como plazo un mes para resolver el reclamo. El plazo inicia desde que se presenta la inconformidad.
“El Registro podría eventualmente solicitarle al interesado presentar más pruebas. Si el reclamo se presenta fuera del plazo, la subdirección catastral emite la resolución correspondiente donde declara extemporáneo el reclamo”, señaló Sancho.