El Gobierno plantea la posibilidad de posponer por un año el cobro del 1% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos de la canasta básica. Este tributo se empezaría a aplicar a partir del próximo 1.° de julio ya que así lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9.635).
La propuesta del Ejecutivo también incluye un medida para compensar el impacto fiscal que se generaría con la no recaudación del IVA a los bienes básicos. La idea es aplicar el impuesto sobre la renta al salario escolar que reciben los empleados públicos.
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Este año, por ejemplo, el Gobierno depositó ¢145.000 millones a 152.656 funcionarios. El Ministerio de Hacienda informó que en 2018 la exoneración a este beneficio representó 0,12% del gasto tributario.
Elián Villegas, ministro de Hacienda, explicó en un comunicado, que el proyecto de ley presentado este jueves ante la Asamblea Legislativa busca acudir a una fuente de recursos que permita compensar los ingresos que se se dejarían de recibir si se aplica la moratoria de un año sobre el IVA a la canasta básica.
"De ahí nuestra propuesta para que a partir del próximo año se grave con renta el salario escolar, en las mismas condiciones en que se encuentran gravados los salarios en todo el sector laboral costarricense. Eso significa que se mantendría un monto exento y a partir de ahí se aplicaría el mismo porcentaje de impuesto escalonado que ya se utiliza para gravar los salarios”, aseveró el jerarca.
De acuerdo con Hacienda, al salario escolar se le aplicará el mismo monto exento y las mismas tasas escalonadas del tributo sobre las utilidades que se fijan para gravar los sueldos de todos los trabajadores públicos y privados del país, esto se traduce en que únicamente quienes perciban salario escolar superior a los ¢840.000 tendrá que pagar el impuesto.
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Pilar Garrido, ministra de Planificación y coordinadora del equipo económico del Gobierno, recordó que el salario escolar es una porción de un incremento de remuneración que se paga diferido, según la Sala Constitucional, por lo que se le pueden aplicar impuestos de la misma manera que a un sueldo mensual.
La propuesta de ley presentada este jueves busca reformar el inciso 3 del artículo 11 de la reforma fiscal para que la aplicación del IVA a los bienes de consumo básico se postergue del 1.° de julio del 2020 al 1.° de julio del 2021.
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica recordó que si este apartado de la Ley 9.635 entra en vigor a partir del próximo mes junto con otros transitorios de esa normativa, se generaría un impacto en la economía de los costarricenses por el aumento en los costos de compra de algunos productos y servicios.
Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, apuntó que el conjunto de medidas de la reforma fiscal que están listas para implementarse a partir de julio del 2020 introducen tarifas de entre 1% y 4% a diferentes bienes básicos y servicios que actualmente están exentos.
Algunos de los servicios que tendrá tasas de impuesto son los relacionados con la construcción o la recolección de reciclaje, en ambos casos se les aplicará una tasa reducida del 4% que aumentará al 8% en julio del 2021 y llegará al 13% en julio del 2022.
Lo mismo ocurrirá con los servicios turísticos inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
Estos ajustes, salvo el IVA a la canasta básica en caso de que se apruebe la moratoria en el Congreso, implicarán cambios en los sistemas de facturación, cobro y declaración del IVA por parte de los negocios.