¿Cómo puedo producir energía para el autoconsumo de mi casa o empresa?, ¿cuáles son los beneficios?, ¿cómo opera este sistema en el país? y ¿cuál es el camino de trámites que debo seguir?
Animarse a generar electricidad mediante paneles solares para satisfacer las necesidades de su hogar o empresa es una opción todavía cargada de incógnitas.
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Desde el 8 de abril, se publicó un reglamento que define las reglas y el camino de trámites que deben seguir todos aquellos interesados en la generación distribuida para autoconsumo.
Comenzar a generar su propia electricidad no puede convertirse en una actividad lucrativa, pues el objetivo de la reglamentación es permitir solo el autoconsumo.
Si usted quiere instalar paneles solares en su casa o empresa y luego conectarse a la red de la empresa que le vende electricidad, tendrá que sujetarse a algunas reglas y requisitos.
Lo primero que debe hacer es analizar los beneficios de instalar un sistema de generación distribuida como los paneles solares.
Si su factura eléctrica mensual supera los ¢65.000 es posible que los paneles sean una buena opción para ahorrar en su consumo energético.
Si ya tomó la decisión de apostarle a la generación distribuida, tendrá que acercarse a su empresa distribuidora –la que le vende electricidad como la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL)–. Ahí tendrá que presentar una solicitud para conectar su sistema de paneles a la red local.
La compañía distribuidora hará un estudio técnico para definir si el sistema de paneles que usted quiere instalar cumple con los requisitos.
Luego la misma empresa le informará si puede aceptar o no su proyecto de generación.
Si recibe la autorización tendrá que firmar un contrato con la empresa distribuidora para luego interconectar su sistema de paneles a la red eléctrica.
Esto le permitirá generar la electricidad para su casa o empresa. Lo que no use se inyectará a la red de la empresa distribuidora.
El contrato de interconexión a la red será inscrito en la Dirección de Energía del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
Si se instala un sistema de paneles solares en una casa, ese mecanismo podrá generar energía para cubrir el consumo durante el día cuando hay luz solar.
El excedente, es decir, la energía que se produjo y no se usó durante el día, será inyectado a la red eléctrica de distribuidor.
El reglamento define que solo se podrá inyectar un máximo del 49% de la energía producida a la red como excedente. Esto debido a que el objetivo es que la generación se utilice para el autoconsumo.
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Cuando el dueño de los paneles necesite electricidad, tendrá que pagar por lo que consuma a pesar de que su excedente ya fue inyectado a la red previamente. Eso sí, a una tarifa mucho más baja.
El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), cobra ¢79 por cada kilovatio hora (kWh) en la modalidad residencial, mientras que una persona con paneles interconectados a la red pagaría ¢28,3 por cada kWh.
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Carlos Montenegro, subdirector de la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR), considera que la generación distribuida va despacio en el país porque las autoridades tardaron más de un año en definir la reglas.
De acuerdo con Montenegro, la modalidad de autoconsumo cerró la puerta para que los dueños de los paneles vendan sus excedentes y eso eliminó la posibilidad de sacarle ganancia a la inversión.Desde el 8 de abril a la fecha, las empresas distribuidoras de electricidad en el país han recibido poco más de 320 solicitudes de hogares o empresas interesados en instalar sistemas de generación distribuida.
Ya hay 39 abonados conectados a la red y produciendo su propia electricidad.
Los datos se desprenden de una consulta hecha por EF a las ocho empresas distribuidoras de electricidad del país.