A pocos días de la conmemoración del Día Internacional del Trabajador, surgen las habituales consultas en el sector empresarial y entre los trabajadores sobre el tratamiento del feriado del próximo jueves 1.º de mayo.
Desde la perspectiva económica y laboral, es crucial aclarar el manejo de este feriado para asegurar el cumplimiento de la ley y evitar conflictos.
¿Se traslada el feriado?
La respuesta es clara: no. A diferencia de otros feriados que en años anteriores fueron trasladados a lunes bajo la Ley 9875 para fomentar el turismo interno, el 1.º de mayo de mayo fue explícitamente excluido de dicha medida.
El Código de Trabajo lo establece como un feriado inamovible debido a su relevancia histórica y social. Por lo tanto, el disfrute del feriado corresponde al propio jueves 1.º de mayo de mayo de 2025.
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¿Cómo se paga?
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) reitera que el 1.º de mayo de mayo es un feriado de pago obligatorio, según lo estipula el artículo 148 del Código de Trabajo.
Esto tiene implicaciones directas en la remuneración, independientemente de la modalidad contractual o la forma de pago (semanal, quincenal o mensual):
- Si NO se trabaja:
- Pago mensual o quincenal: Los trabajadores con esta modalidad de pago ya reciben el reconocimiento del salario de todos los días del mes (incluidos descansos y feriados). Por lo tanto, recibirán su salario completo normal, aunque no trabajen el 1.º de mayo. El pago del feriado ya está implícito.
- Pago Semanal (en actividad comercial): A estos trabajadores se les debe pagar el día feriado aunque no lo laboren. Si trabajan de lunes a sábado, recibirán el pago de 7 días en esa semana (6 días laborados + 1 día feriado). Si solo trabajan de lunes a viernes, igualmente recibirán el pago del feriado, sumando un total de 6 días en esa semana (5 laborados + 1 feriado).
- Si SÍ se trabaja:
- Independientemente de la modalidad de pago (semanal, quincenal o mensual), si un trabajador labora el 1.º de mayo, la empresa debe pagarle el salario correspondiente a ese día más un día adicional, lo que comúnmente se conoce como pago doble.
- Ejemplo: Si un trabajador gana ₡20.000 por día, y trabaja el 1 de mayo, ese día deberá pagársele ₡40.000 (₡20.000 por el día trabajado + ₡20.000 adicionales por ser feriado de pago obligatorio).
- Las horas extra laboradas durante este feriado también deben pagarse a tiempo y medio, pero calculado sobre la base del pago doble (es decir, pago triple).
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Implicaciones para las empresas
Las empresas de todos los tamaños y sectores deben ajustar sus planillas para reflejar correctamente el pago de este feriado. El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear sanciones y multas por parte del MTSS, además de posibles reclamaciones laborales por parte de los trabajadores afectados.
Se recomienda a los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad verificar los cálculos y asegurar que se apliquen correctamente las reglas de pago, tanto para quienes disfruten del descanso como para aquellos cuya labor es indispensable y deban trabajar durante el feriado.
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Este artículo fue publicado por un editor de El Financiero con asistencia de un sistema de inteligencia artificial.