En días recientes, un grupo de vecinos de la calle 78, en Rohrmoser, y la Municipalidad de San José han protagonizado una controversia en torno al cobro que la institución pretende hacer por la remodelación de esa vía.
Se trata de un tipo de tributo temporal bajo la figura de “contribución especial” que la Municipalidad cobraría a 265 dueños de propiedades de la zona, con el fin de sufragar el 50% del costo total, lo que corresponde a unos ¢600 millones, según se divulgó en el diario La Gaceta del 22 de enero anterior.
Dicho monto se dividiría entre los 265 dueños, de acuerdo al valor de cada propiedad, y el pago sería de forma trimestral y por 10 años, a partir de octubre del 2021, mes en que se tiene previsto finalizar la construcción del proyecto.
A continuación, explicamos qué significa una contribución especial y revisamos algunos de los argumentos de ambas partes.
¿Qué es una contribución especial?
El concepto de contribución especial aparece en el artículo 4 del Código Tributario, pero se hace mención en un solo párrafo.
Se define como un tributo “que tiene como hecho generador “beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales ejercidas en forma descentralizada o no; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación”.
Además, el artículo 86 del Código Municipal faculta a las municipalidades a cobrar contribuciones especiales “cuando se realicen obras que se presten a ello y que mantengan una relación apropiada con el beneficio producido”.
Es decir, es un concepto que ya existe en el ordenamiento jurídico del país, pero su aplicación es poco usual, comentó Fabio Salas, socio de impuestos de Deloitte.
Cada municipio tiene la facultad de emitir su propio reglamento para establecer cómo se aplicará este tributo en su territorio.
Sin embargo, la clave es demostrar que los contribuyentes están pagando un precio adicional para tener un beneficio real en el futuro y definir cuáles son esas personas que se verían beneficiadas.
“La contribución especial la habilita tener beneficios privados de una obra pública. La teoría es que yo en particular me beneficio en mayor medida que la comunidad y eso habilita a cobrarme por ese beneficio, pero una obra pública es pública, es de interés general”, aseguró José María Oreamuno, abogado especialista en derecho tributario de Facio y Cañas.
¿Qué dice el reglamento del cantón?
La Municipalidad de San José aprobó el 25 de agosto del 2020 el Reglamento de Contribuciones Especiales y su procedimiento de cobro en el cantón.
En su primer artículo, se lee que aplica cuando la persona obtiene “beneficios o el aumento de valor de sus bienes”. Es decir, son sujetos al pago aquellas personas físicas o jurídicas que resulten beneficiadas de las obras públicas y por lo que se constituirán en “obligados tributarios de la contribución especial”, continúa el texto.
“El reglamento, si bien es cierto es escueto, es claro. Podrá no tener mucho verbo pero es claro de dónde aplica”, defendió Daniel Jaikel, subgerente de provisión de servicios de la Municipalidad.
Según Jaikel, el hecho de tener un aumento de valor justifica la aplicación de la contribución especial en este caso, además de que se trata de una obra no prioritaria para el municipio.
Para Oreamuno, puede caber la posibilidad de que existan dichos beneficios de plusvalía que defiende el gobierno local, pero deberá demostrarse.
“La Municipalidad tendría que demostrar que estos vecinos se benefician más que la colectividad por esta calle, y eso no es fácil”, dijo el abogado.
¿De qué se trata el proyecto?
Las obras que se llevan a cabo en la calle 78 son parte de un corredor vial que conectará el bulevar de Rohrmoser con la ruta 104 (calle principal hacia Pavas).
Va más allá de un arreglo de calle, aseguró Jaikel, pues se trata también de reconstrucción de aceras, bahías para parqueo, mobiliario urbano, entre otras características.
“Nació la idea de hacer un corredor que tomara en cuenta esa morfología que se ha dado en la zona”, dijo el representante municipal, refiriéndose al auge de construcción vertical que se ha desarrollado en ese barrio en los últimos años, impulsado por el plan de repoblamiento de San José.
LEA MÁS: Plan de renta global dual pone nuevamente sobre la mesa las herencias tributarias
No obstante, el proyecto enfrenta la oposición de un grupo de vecinos por el hecho de que entre en la categoría de contribución especial, como se publicó en La Gaceta del 22 de enero.
El cobro se haría con base en el valor de cada inmueble, por lo que los montos varían y van desde unos miles de colones hasta superar el millón de colones en algunos casos.
“Personalmente, y otros vecinos, no estamos dispuestos a poner ni un cinco adicional, porque no es una obra más allá de las obligaciones de la Municipalidad”, argumentó Mauricio Bolaños, presidente de la junta de U Nunciatura, uno de los edificios ubicados sobre la calle 78.
Bolaños reclamó que, en su caso, el pago de impuestos se duplicaría con la contribución especial tal y como está en la propuesta actual.
Jaikel, por su parte, afirmó que el acuerdo publicado en La Gaceta se trata de un borrador que “fue aprobado, pero no está en firme”, para eso la Municipalidad presentará de forma “oficial” los montos, el plazo y los sujetos de cobro.
“El plan de la Municipalidad va a ser demostrar que el proyecto tiene un beneficio específico para los vecinos de la calle 78 (...). Ese es nuestro plan a, b y c”, dijo el subgerente.
Al proyecto se le han hecho objeciones que se tendrán que revisar y hay una moción que busca replantear la posibilidad de suspender los efectos de este mecanismo para este caso en particular, confirmó Ariana Sánchez, regidora del partido Acción Ciudadana (PAC).
“Lo más sano sería detener el proceso de implementación de este mecanismo y realizar una revisión y corrección del proceso”, aseguró Sánchez.
El subgerente manifestó que la Municipalidad está en disposición a negociar con el grupo de vecinos. Sobre la mesa hay varias propuestas, como ampliar el rango de beneficiados para bajar la contribución de cada persona.
De acuerdo con Salas, este tipo de tributos son decisiones de las municipalidades en el ejercicio de sus potestades, pero si existe desacuerdo por parte de los vecinos el tema debería gestionarse a lo interno, aunque podría incluso elevarse el proceso a instancias judiciales.
Según confirmó Jaikel, este mismo esquema de contribución especial se aplicará en otros dos proyectos en barrio Escalante y en la transversal 24, detrás del edificio municipal, como parte de un paquete de inversión proveniente de un préstamo por $12 millones con el Banco Mundial.